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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE BINISSALEM

Núm. 192008
Aprobación definitiva modificación ordenanza municipal reguladora de la instalación de terrazas de veladores

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Transcurrido el plazo de exposición pública de la modificación de la “ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA INSTALACIÓN DE TERRAZAS DE VELADORES”, sin que se haya presentado ninguna reclamación, el acuerdo de aprobación inicial se ha transformado en definitivo y se transcribe a continuación el texto íntegro de la citada modificación, todo ello en cumplimiento de lo establecido en el articulo 103 de la Ley 20/2006 de 15 de diciembre Municipal y de régimen local de las Illes Balears, entrando en vigor una vez transcurrido el plazo previsto en el articulo 113 de la citada Ley.

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA INSTALACIÓN DE TERRAZAS DE VELADORES

“...”.

Art. 6.

Donde dice:

3. En plazas:

Únicamente se autorizará la colocación de veladores en establecimientos con fachada en la plaza o acceso público desde ella.

Debe decir:

Únicamente se autorizará la colocación de veladores en establecimientos la entrada del público de los cuales sea en la propia plaza o a no más de 20 metros de distancia de la plaza.

“...”.

Lo que se hace público por general conocimiento.

 

Binissalem, en el día de la firma electrónica (18 de mayo de 2021)

 El alcalde

Juan Victor Marti