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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 185342
Prórroga de nombramiento en comisión de servicios y por libre designación, del subinspector de la policía local del Ayuntamiento de Son Servera (Illes Balears)

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Texto

La Alcaldía del Ayuntamiento de Son Servera (Illes Balears), mediante el Decreto núm. 2021-0702, de 14 de mayo, ha resuelto lo siguiente:

Expediente núm. 892/2019

Vista la Resolución de Alcaldía núm. 2019-0542, de 10 de abril, de convocatoria y aprobación de las bases para la cobertura de una plaza vacante de subinspector de la Policía Local de Son Servera, por comisión de servicios restringida y por el sistema de libre designación.

Visto el Decreto de Alcaldía núm. 2020-0567, de 15 de mayo, mediante el cual se prorroga la situación de comisión de servicios de José Luis Soler Manchón, con DNI núm. 43019902N, en comisión de servicios y por libre designación, como subinspector de la policía local de Son Servera, grupo A2, por un plazo de un año de acuerdo con lo establecido en la resolución de la Alcaldía núm. 2019-0542, de 10 de abril, de convocatoria objeto de la presente, y de acuerdo al artículo 88 ter de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el artículo 22 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de las policías locales de las Illes Balears y, el artículo 46 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de los policías locales de las Illes Balears y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Illes Balears.

Dicha situación de prórroga se agota en fecha 16 de mayo de 2021.

Dado que la Alcaldía, mediante providencia de fecha 12 de mayo de 2021, ha dispuesto prorrogar la comisión de servicios, y por libre designación, de José Luis Soler Manchón, como subinspector de la policía local de Son Servera. Visto el informe de Secretaría de fecha 13 de mayo de 2021. Considerando asimismo, el informe de fiscalización y crédito, en conformidad, de la Intervención municipal de fecha 14 de mayo de 2021.

Dada, además, la situación provocada por la Covid-19 y, por ello, dado el Decreto ley 6/2020, de 1 de abril, por el que se establecen medidas sociales urgentes para paliar los efectos de la situación creada por la Covid-19 y de fomento de la investigación sanitaria, publicado en el BOIB núm. 48, de fecha 1 de abril de 2020, concretamente el Capítulo II, artículo 4, referente a medidas relativas a la selección de personal para atender servicios esenciales. Considerando que la policía con las medidas de desarrollo para la lucha contra esta pandemia, se considera como servicio esencial y, de igual importancia es que dicho cuerpo disfrute de la jefatura adecuada.

De acuerdo con la legislación vigente en materia de personal, tales como el artículo 88 ter de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el artículo 22 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de los policías locales de las Illes Balears y, el artículo 46.3 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, papel que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de los policías locales de las Illes Balears y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Illes Balears.

Asimismo, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y el artículo 41.14 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, papel que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de Régimen jurídico de las Entidades locales

RESUELVO

Primero.- Prorrogar el nombramiento de JOSÉ LUIS SOLER MANCHÓN, con DNI núm. 43019902N, en comisión de servicios y por libre designación, como subinspector de la policía local de Son Servera, grupo A2, por un plazo de un año de acuerdo con lo establecido en la Resolución de la Alcaldía núm. 2019-0542, de 10 de abril, de convocatoria objeto de la presente, y de acordar en el artículo 88 ter de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el artículo 22 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de las policías locales de las Illes Balears y, el artículo 46.3 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, papel que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Illes Balears. Y por la situación provocada por la Covid-19, dado el Decreto ley 6/2020, de 1 de abril, por el cual se establecen medidas sociales urgentes para paliar a los efectos de la situación creada por la Covid-19 y de fomentar la investigación sanitaria, publicado en el BOIB núm. 48, de fecha 1 de abril de 2020, concretamente el Capítulo II, artículo 4, referente a medidas relativas a la selección de personal para atender servicios esenciales. Considerando que la policía con las medidas de despliegue para la lucha contra esta pandemia, se considera como servicio esencial y, de igual importancia es que dicho cuerpo disfrute de la jefatura adecuada.

Segundo.- Que los efectos de la presente contarán a partir de la fecha 17 de mayo de 2021 y acabarán en fecha 16 de mayo de 2022.

Tercero.- Publicar esta resolución al Boletín Oficial de les Illes Balears (BOIB) en acuerdo con el artículo 49.2 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, así como en la sede electrónica del Ayuntamiento de Son Servera.

Cuarto.- Dar cuenta cuanto de la presente en el Departamento de Intervención y al Servicio de Personal, para su conocimiento y efectos.

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde / sa de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso - administrativo, ante el juzgado o la sala que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, De conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso – Administrativa, si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso - administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que estime más conveniente en su derecho.

 

Son Servera, documento firmado electrónicamente (17 de mayo del 2021)

La alcaldesa

Natalia Troya Isern