Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA
Núm. 185135
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos núm. 04/2021 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de créditos, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio 2020
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario fecha 21 de abril de 2021, sobre el expediente de modificación de créditos núm. 04/2021 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de créditos, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio 2020, como sigue a continuación:
Suplementos en Aplicaciones de Gastos
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA |
DESCRIPCIÓN |
Euros |
|
Progr. |
Económica |
||
3260 |
22799 |
Trabajos realizados por otras empresas |
25.167,69 |
9200 |
22799 |
Gestión nóminas y seguridad social |
955,90 |
4300 |
47900 |
Otras subvenciones comercio a empresas privadas |
49.927,00 |
1532 |
62201 |
Adecuación parcial del edificio de Can Gual |
635.104,44 |
|
TOTAL GASTOS |
711.155,03 |
Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
Estado de Ingresos
ECONÓMICA |
DESCRIPCIÓN |
Euros |
Concepto |
||
87000 |
Remanente de tesorería para gastos generales |
711.155,03 |
|
TOTAL INGRESOS |
711.155,03 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso- administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, según lo fijado en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Bunyola, documento firmado electrónicamente (17 de mayo de 2021)
El regidor de Hacienda, Tesoreria y Comunicación Miquel Pasqual Garcias