Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO
Núm. 183847
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la que se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de igualdad de las Illes Balears, y la publicación del Acta de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo de la empresa Neonet Illes SL, de 22 de marzo de 2021 (código de convenio 07100052012012)
Antecedentes
1. El 22 de marzo de 2021 los miembros de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo de la empresa NEONET ILLES SL se reunieron para acordar la prórroga del convenio desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2026, así como un incremento de los salarios.
2. El 26 de marzo de 2021, el Sr. Antonio Linde Olmedo, en representación de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo, solicitó el registro, el depósito y la publicación de la citada Acta.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 90.3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.
2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
3. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Inscribir y depositar el Acta de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo de la empresa NEONET ILLES SL de 22 de marzo de 2021 en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de igualdad de las Illes Balears.
2. Publicar el Acta en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
3. Hacer constar que la versión castellana del texto es la original firmada por los miembros de la Comisión Paritaria y que la versión catalana es su traducción.
4. Notificar esta Resolución a la persona interesada.
Palma, en fecha de la firma electrónica (7 de mayo de 2021)
La directora general de Trabajo y Salud Laboral Virginia Abraham Orte Por delegación del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo (BOIB 97/2019)
ACTA DE NEGOCIACION DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA NEONET ILLES, S.L.
En Palma de Mallorca a 22 de marzo de 2021, siendo las 12:00 h., se reúnen en la sede de la Empresa, D Juan Manuel Sayago Maya con DNI 43*****4-L en representación de la Empresa NEONET ILLES, S.L. y Dª Antonia Pavo Tribaldos con DNI 43*****4-T, como representante de los trabajadores.
Ambas partes se reconocen de nuevo plena capacidad legal para negociar un Convenio Colectivo de Empresa, constituyendo la comisión negociadora al efecto y actuando bajo el principio de buena fe.
El Convenio Colectivo de empresa código 07003052012012 finaliza su vigencia el 31/12/2021. El artículo 4 prevé que en caso de falta de denuncia el convenio quedará prorrogado por un año. No obstante ambas partes acuerdan iniciar en este acto las negociaciones formales al respecto, por invitación de la Empresa, después de algunos contactos informales.
La Empresa manifiesta que ante la situación económica actual y de incertidumbre provocada por la pandemia del COVID-19, es imprescindible renegociar el Convenio Colectivo y ampliar su duración al menos 6 años más.
La representación de los trabajadores estaría dispuesta a una prórroga inferior, de 3 o 4 años, siempre y cuando los salarios se revisen anualmente al menos en un 3 % anual.
La Empresa reitera su intención de no realizar cambios sustanciales en el Convenio Colectivo salvo ampliar la duración a 5 años y accedería a revisar los salarios vigentes ahora en un 1,5 % para el año 2022 pero sin fijar incrementos para los sucesivos 5 años.
La representación de los trabajadores manifiesta que estaría de acuerdo en mantener el mismo Convenio Colectivo prorrogado pero solo por 5 años si se incrementan los salarios actualizan adecuadamente hoy totalmente desfasados.
Tras un amplio debate, ambas partes acuerdan:
PRIMERO.- Prorrogar la vigencia del actual Convenio Colectivo por cinco años, desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2026 en sus mismos términos a excepción de los aspectos económicos que a continuación se dirán.
SEGUNDO.- Los salarios se incrementarán a partir del 1 de enero de 2022 con el 2 % sobre los vigentes en 31/12/2021.
SALARIOS 2022
Grupos profesionales SALARIO BASE HORA COMPLEMENTARIA HORA EXTRA HORA FESTIVA Importe sustitutivo Hora Nocturna
1. PERSONAL ESTRUCTURA Y OFICIOS VARIOS 970 7,43 8,18 9,29 8,18
2. MANDOS INTERMEDIOS 1.077 8,26 9,09 10,32 9,09
3. ADMINISTRATIVOS 1.023 7,84 8,63 9,80 8,63
Igualmente el plazo del pago de salarios debe entenderse que se realizará en los 5 primeros días hábiles del mes siguiente a su devengo.
Para los cuatro años restantes de vigencia (2023, 2024, 2025 y 2026), los incrementos salariales de todos los conceptos se incrementarán un 2 % anual sobre los vigentes el año anterior, es decir:
SALARIOS 2023
Grupos profesionales SALARIO BASE HORA COMPLEMENTARIA HORA EXTRA HORA FESTIVA Importe sustitutivo Hora Nocturna
1. PERSONAL ESTRUCTURA Y OFICIOS VARIOS 989,4 7,58 8,34 9,48 8,34
2. MANDOS INTERMEDIOS 1.099 8,43 9,27 10,53 9,27
3. ADMINISTRATIVOS 1.043 8,00 8,80 10,00 8,80
Salarios 2024
Grupos profesionales SALARIO BASE HORA COMPLEMENTARIA HORA EXTRA HORA FESTIVA Importe sustitutivo Hora Nocturna
1. PERSONAL ESTRUCTURA Y OFICIOS VARIOS 1.009,19 7,73 8,51 9,67 8,51
2. MANDOS INTERMEDIOS 1.120,51 8,59 9,46 10,74 9,46
3. ADMINISTRATIVOS 1.064,33 8,16 8,98 10,20 8,98
SALARIOS 2025
Grupos profesionales SALARIO BASE HORA COMPLEMENTARIA HORA EXTRA HORA FESTIVA Importe sustitutivo Hora Nocturna
1. PERSONAL ESTRUCTURA Y OFICIOS VARIOS 1.029,37 7,88 8,68 9,86 8,68
2. MANDOS INTERMEDIOS 1.142,92 8,77 9,65 10,95 9,65
3. ADMINISTRATIVOS 1.085,62 8,32 9,16 10,40 9,16
SALARIOS 2026
Grupos profesionales SALARIO BASE HORA COMPLEMENTARIA HORA EXTRA HORA FESTIVA Importe sustitutivo Hora Nocturna
1. PERSONAL ESTRUCTURA Y OFICIOS VARIOS 1.049,96 8,04 8,85 10,06 8,85
2. MANDOS INTERMEDIOS 1.165,78 8,94 9,84 11,17 9,84
3. ADMINISTRATIVOS 1.107,33 8,49 9,34 10,61 9,34
Sin nada más que tratar, ambas partes dan conformidad a lo acordado, facultando a la empresa a redactar un texto nuevo con los cambios introducidos.
Una vez leída el acta y encontrada conforme, se firma por ambas partes la presente acta en duplicada ejemplar siendo las 14:15 h. del día del encabezamiento.
Por la empresa La delegada de personal