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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 177056
Enmienda de error de la convocatoria de subinspector/a por movilidad

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por Decreto de la Alcaldía de 12 de mayo de 2021, se ha resuelto el siguiente:

DECRETO

Antecedentes

1. Bases y convocatoria de la provisión por movilidad para cubrir como funcionario de carrera 1 plaza vacante de la categoría de subinspector o subinspectora del Ayuntamiento de Manacor.

En las mencionadas bases se prevé:

PRIMERA. Objeto de la convocatoria, procedimiento de provisión y normativa

Las bases de esta convocatoria se tienen que publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares

..…

TERCERA. Presentación de solicitudes. Las solicitudes se tendrán que presentar dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en extracto, de esta convocatoria, en el Boletín Oficial del Estado, previa publicación íntegra de estas bases en el BOIB.

2 Resolución que aprueba provisionalmente la lista siguiente de aspirantes admitidos para tomar parte a la la convocatoria de la provisión por movilidad para cubrir como funcionario de carrera una plaza vacante de la categoría de subinspector/a del Ayuntamiento de Manacor:

Fundamento de derecho

Artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que establece que las administraciones públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Por todo el expuesto,

RESUELVO

1. Enmendar el error observado y modificar las Bases de la convocatoria para la provisión por movilidad para cubrir como funcionario de carrera 1 plaza vacante de la categoría de subinspector/a de el Ayuntamiento de Manacor publicadas en el BOIB n.º 42 de 27 de marzo de 2021, que pasará a tener la siguiente redacción:

«TERCERA. Presentación de solicitudes.

Las solicitudes se tendrán que presentar dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de esta resolución en el BOIB.»

2. Abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes, significando sin embargo, que aquellas solicitudes que fueron presentadas, cumpliendo todos los requisitos legales, en el plazo abierto por el anuncio de la convocatoria publicada en el BOIB, se consideran válidas a todos los efectos.

3. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y a la página web del Ayuntamiento de Manacor.

4. Comunicar esta resolución a la Junta de Personal.

Contra esta resolución - que pone fin a la vía administrativa – podéis interponer, de forma alternativa, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contador desde el día siguiente en la publicación de esta resolución en el tablón de edictos del Ayuntamiento, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente en su publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.”

  

Manacor, 14 de mayo de 2021

El delegado especial de Personal

Joan Gaià i Mascaró