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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGALIDA

Núm. 176660
Modificación convocatoria de ayudas directas a personas físicas y jurídicas que tengan establecimiento abierto al público o desarrollen su actividad en el término de Santa Margalida, que se hayan visto afectados por la crisis económica derivada de la crisis Sanitaria provocada por la COVID-19 (BOIB Núm. 53 de día 22/04/2021)

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Texto

El Pleno, en fecha 7 de mayo de 2021, ha modificado la cláusula 3, añadiendo un apartado 8, de la convocatoria de ayudas directas a personas físicas y jurídicas que tengan establecimiento abierto al público o desarrollen su actividad en el término de Santa Margarita, que se hayan visto afectado por la crisis económica derivada de la crisis Sanitaria provocada por la Covidien-19 aprobada en la sesión de día 25 de marzo de 2021 (que había sido enviada a la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el número de código 555695 y publicada en el BOIB Núm. 53 de 22 de abril de 2021) de acuerdo con lo siguiente:

«Modificar la cláusula 3 de la convocatoria añadiendo un apartado, el número 8, con el siguiente contenido:

«2.8.- La concesión de ayudas de esta convocatoria estará sujeto al Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda a empresas y autónomos consistentes en subvenciones directas, anticipos reembolsables, ventajas fiscales, garantías de préstamos y bonificaciones de tipo de interés en préstamos destinados a apoyar la economía en el contexto de la actual brote de Covidien-19, aprobado el 26 de marzo de 2020 por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos y declarado compatible con el mercado interior para la Comisión Europea el 2 de abril de 2020 por Decisión SA.56851 (2020 / N), sin perjuicio de mencionar que la prórroga (hasta el 30 de junio de2021) del sistema de ayudas mencionado ha declarado compatible con el mercado interior por la Comisión Europea el 22 de octubre de 2020 por Decisión SA.58778 (2020 / N).

De acuerdo con este Marco Nacional Temporal, las ayudas no se podrán conceder a empresas y autónomos que hayan estado en crisis el 31 de diciembre de 2019, según la definición contenida en el efecto en el apartado 18 del artículo 2 del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 i108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, »

Lo que se hace público para general conocimiento.

 

Santa Margarita, en el día de la firma electrónica (13 de mayo de 2021)

El alcalde

Joan Monjo Estelrich