Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Núm. 171044
Resolución de la consejera de Salud y Consumo de 30 de abril de 2021 por la que se modifica la composición del Comité Autonómico de Gestión de Enfermedades Infecciosas de las Illes Balears
El Comité Autonómico de Gestión de Enfermedades Infecciosas de las Illes Balears es un órgano colegiado adscrito a la Consejería de Salud y Consumo creado por resolución de la consejera de Salud y Consumo de 14 de febrero de 2020.
El objeto y función de dicho Comité es informar a la población y asesorar y coordinar la acción de las unidades asistenciales del sistema sanitario público y privado de las Illes Balears, con el objeto de garantizar la correcta aplicación de los procedimientos de actuación establecidos por el Ministerio de Sanidad, la Organización Mundial de la Salud o la propia Consejería de Salud y Consumo, cuando se active una alerta o emergencia de salud pública local, nacional o internacional que afecte a un gran número de ciudadanos o que tenga suficiente entidad para provocar la movilización de recursos de prevención, asistenciales y de coordinación por encima de los considerados ordinarios.
Dada la persistencia de la situación de emergencia de salud pública provocada por la COVID-19, el Comité debe mantenerse activo y se considera precisa la incorporación de nuevos miembros permanentes.
En consecuencia, según lo dispuesto en los artículos 17 y 19 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, dicto la siguiente
Resolución
1. Incorporar como miembros permanentes del Comité Autonómico de Enfermedades Infecciosas de las Illes Balears a las siguientes personas:
2. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano dictante, en el plazo de un mes a contar desde su publicación, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o, alternativamente, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar desde su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 3 de mayo de 2021
La consejera de Salud y Consumo Patricia Gómez Picard