Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Núm. 163598
Resolución de la directora general de Personal Docente de 6 de mayo de 2021 por la que se hace pública la adjudicación definitiva de plazas a los funcionarios docentes de los cuerpos de inspectores al servicio de la Administración educativa y de inspectores de educación que participan en el concurso de traslados de ámbito estatal convocado por resolución de la directora general de Personal Docente de 19 de octubre de 2020
Hechos
En el BOIB núm. 186, de 29 de octubre de 2020, se publicó la Resolución de la directora general de Personal Docente de 19 de octubre de 2020 por la que se hace pública la convocatoria de concurso de traslados de ámbito estatal para la provisión de plazas vacantes en los cuerpos de inspectores al servicio de la Administración educativa y de inspectores de educación.
En el BOIB núm. 8, de 19 de enero de 2021, se publicó la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación del Gobierno de las Illes Balears de 13 de enero de 2021 por la que se publican las plantillas y se publica la relación de puestos de trabajo vacantes del cuerpo de inspectores de educación. Estos puestos de trabajo vacantes son los que, de acuerdo con lo que determina la base segunda de la convocatoria, se han ofrecido en el concurso de traslados y en los procesos previos convocados por la Resolución mencionada en el punto anterior.
Con fecha 4 de marzo de 2021, se publicó la Resolución de la directora general de Personal Docente de 4 de marzo de 2021 por la cual se hace pública la adjudicación provisional de plazas a los funcionarios docentes de los cuerpos de inspectores al servicio de la Administración educativa y de inspectores de educación que participan en el concurso de traslados de ámbito estatal convocado por resolución de la directora general de Personal Docente de 19 de octubre de 2020.
Fundamentos de derecho
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 340, de 30 de diciembre), determina, en el punto 1 de la disposición adicional sexta, que es base del régimen estatutario de los funcionarios públicos docentes la provisión de puestos de trabajo mediante concurso de traslados de ámbito estatal.
La Resolución de la directora general de Personal Docente de 19 de octubre de 2020 por la que se hace pública la convocatoria de concurso de traslados de ámbito estatal para la provisión de plazas vacantes a los cuerpos de inspectores al servicio de la Administración educativa y de inspectores de educación (BOIB núm. 186, de 29 de octubre), hace pública dicha convocatoria.
El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 21, de 15 de febrero), atribuye a la Dirección General de Personal Docente de la Consejería de Educación y Formación Profesional, entre otras competencias, la ordenación y la gestión del personal docente.
La Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 19 de marzo de 2021 de delegación de determinadas competencias en materia de gestión del personal docente en la directora general de Personal Docente (BOIB núm. 41, de 25 de marzo), delega en la directora general de Personal Docente, entre otras competencias administrativas en materia de gestión de personal docente, la facultad de convocar y resolver los procedimientos ordinarios de provisión de puestos de trabajo, establecer las bases y nombrar los miembros de los órganos de valoración.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Aprobar y hacer pública, en el anexo de esta Resolución, la lista de adjudicaciones con carácter definitivo y ordenada alfabéticamente, con la puntuación total y por apartados, y con indicación de la modalidad en que han participado, del destino que han obtenido los participantes admitidos en el concurso de traslados convocado por la Resolución de 19 de octubre de 2020 mencionada.
Declarar desestimadas, si no figuran resueltas expresamente en esta Resolución, las reclamaciones presentadas contra la Resolución de la directora general de Personal Docente de 4 de marzo de 2021 mencionada por la que se aprobó la adjudicación provisional de destinos del cuerpo de inspectores.
Señalar que, si en la resolución del proceso se ha adjudicado erróneamente un destino a un docente que no cumple los requisitos exigidos en la convocatoria o que no posee los méritos suficientes para obtener el puesto asignado, la administración debe anular de oficio el destino obtenido.
Disponer asimismo que, si hay vacantes o resultas inexistentes o erróneas, el destino en estas plazas quedará anulado y los docentes afectados tendrán la misma consideración que los procedentes de un puesto de trabajo suprimido y les serán de aplicación todos los preceptos del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes que prevé la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos.
Informar que, de conformidad con lo que disponen el artículo 19 del Real Decreto 1364/2010 y la base vigesimosegunda de la Resolución de la directora general de Personal Docente de 19 de octubre de 2020 mencionada, los destinos adjudicados mediante esta Resolución son irrenunciables. No obstante, cuando, de acuerdo con lo que establece la base decimoquinta de la Resolución mencionada, se participe simultáneamente por diferentes cuerpos docentes y se obtenga destino en más de uno, se deberá optar por uno de ellos en el plazo de diez días naturales siguientes a la publicación de esta Resolución, mediante un escrito dirigido a la Administración educativa a la que pertenece la plaza a la que el concursante no se quiere incorporar. Si no se hace esta opción, se debe tomar posesión en la plaza obtenida correspondiente al cuerpo desde el que se ha participado en situación de servicio activo.
El cese de los participantes en el destino de procedencia se producirá el 31 de agosto de 2021 y la toma de posesión en el nuevo destino tendrá lugar el 1 de septiembre de 2021.
6. Publicar esta Resolución y su anexo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso potestativo de reposición ante la directora general de Personal Docente en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 25.5 y 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También pueden interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Palma, 6 de mayo de 2021
La directora general de Personal Docente Rafaela Sánchez Benítez Por delegación del consejero de Educación y Formación Profesional (BOIB núm. 41, de 25/03/2021)