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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 164251
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de mayo de 2021 por el que se autoriza la ocupación urgente de los terrenos afectados por la expropiación correspondiente al proyecto de rotonda en la Ma-11, acceso a Raixa, dentro del término municipal de Bunyola

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Texto

El 19 de marzo de 2021 tuvo entrada en la Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad del Gobierno de las Illes Balears un escrito del consejero de Movilidad e Infraestructuras del Consejo Insular de Mallorca en el que solicita la declaración de urgente ocupación los terrenos necesarios para ejecutar las obras del proyecto de rotonda en la Ma-11, acceso a Raixa, dentro del término municipal de Bunyola. Con dicho escrito se enviaban los documentos relativos a la solicitud de declaración de ocupación urgente con el fin de que el Consejo de Gobierno, en su caso, haga esta declaración.

La documentación aportada por el Consejo Insular de Mallorca es la siguiente:

1. La Resolución del consejero de Movilidad e Infraestructuras de 11 de junio de 2020 sobre la aprobación inicial del proyecto de rotonda en la Ma-11, acceso a Raixa, dentro del término municipal de Bunyola, con clave 17.05-ML, de la relación de bienes y derechos afectados y de apertura de un período de información pública. En esta Resolución también se dispone someter el proyecto al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; aprobar inicialmente la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados del término municipal de Bunyola; someter dicha relación de bienes y derechos afectados al trámite de información pública previsto en los artículos 118 y siguientes de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa, y en otros artículos del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa; ordenar la apertura de un plazo de información pública de veinte días, con la inserción previa de un anuncio en el BOIB, en la web del Consejo de Mallorca y en un diario de ámbito insular, y disponer que durante este plazo el proyecto y la relación de bienes y derechos afectados se pueden consultar en las dependencias del Departamento de Movilidad e Infraestructuras del Consejo Insular de Mallorca y en la web de la institución, así como disponer el envío al Ayuntamiento de Bunyola de un anuncio con la relación de bienes y derechos afectados, a los efectos que la inserte en su tablón de anuncios por un plazo de veinte días.

2. La Resolución del consejero ejecutivo de Movilidad e Infraestructuras del Consejo Insular de Mallorca de 15 de diciembre de 2020 de aprobación definitiva del proyecto de rotonda en la Ma-11, acceso a Raixa, dentro del término municipal de Bunyola, con clave 17 -05.0-ML, y de la relación de bienes y derechos afectados. En esta Resolución se aprueban definitivamente el proyecto de rotonda en la Ma-1, acceso a Raixa, y la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados; se declara la necesidad de ocupación en relación con las fincas del término municipal de Bunyola indicadas, y se solicita al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la declaración de urgente ocupación de bienes y derechos afectados para llevar a cabo las expropiaciones relativas a dicho proyecto.

3. El informe del ingeniero del Servicio de Obras, Planificación y Supervisión de 1 de junio de 2020 sobre la urgencia de la obtención de los terrenos afectados por las obras correspondientes al proyecto mencionado.

4. El certificado de la jefa del Servicio de Expropiaciones de la Dirección Insular de Infraestructuras, por delegación de la secretaria general, de 1 de diciembre de 2020, relativo a los hechos siguientes: que el proyecto de rotonda en la Ma-11, acceso a Raixa, dentro del término municipal de Bunyola, ha sido sometido a información pública durante veinte días, con la inserción previa de un anuncio en el BOIB, en la web del Consejo de Mallorca y en uno de los diarios de mayor circulación de la isla; que se remitió al Ayuntamiento de Bunyola un anuncio con la relación de bienes y derechos afectados, a los efectos que la insertara en el tablón de anuncios por un plazo de veinte días; que el 27 de junio de 2020 se publicó el anuncio de aprobación inicial en el BOIB núm. 115, en el diario Última Hora y en la web del Consejo de Mallorca, y que, de acuerdo con el certificado emitido por el Ayuntamiento de Bunyola, el anuncio relativo a la relación de bienes y derechos afectados se publicó en el tablón de anuncios desde el 9 de julio al 5 de agosto de 2020, y, finalmente, que en el plazo de información pública no se presentó ninguna alegación.

5. El certificado de la interventora delegada del Departamento de Economía y Hacienda del Consejo de Mallorca de 16 de marzo de 2021 de existencia de crédito adecuado y suficiente para atender los gastos derivados de la expropiación de los bienes afectados por la ejecución del proyecto de rotonda en la Ma-11, acceso a Raixa, de acuerdo con las retenciones de crédito para el ejercicio 2021.

6. Los planos parcelarios de los bienes afectados. Hay que referirse al informe técnico de los ingenieros de Actuación Vial de 1 de junio de 2020 sobre la urgencia de la tramitación de la obtención de los terrenos afectados por las obras correspondientes al proyecto de rotonda en la Ma-11, acceso en Raixa, dentro del término municipal de Bunyola, clave: 17-05.0-ML .Este informe justifica la declaración de ocupación urgente de los terrenos afectados por este expediente de expropiación forzosa en los siguientes términos:

El projecte « Rotonda a la Ma-11, accés a Raixa» defineix les actuacions necessàries per millorar l'estat actual de la intersecció d'aquesta carretera amb el camí d'accés a Raixa en el punt quilomètric 12. Com s'indica en la memòria del projecte, es projecta la construcció d'una nova rotonda en aquesta intersecció, que actualment es configura com una intersecció en « T» amb carril central d'espera en alguns dels moviments. L'existència de l'actual configuració coincidint amb l'accés a Raixa fa que sigui insegura l'entrada i sortida dels vehicles que visiten la finca pública. La justificació per realitzar l'obra es resumeix en els següents punts:

El projecte pretén donar solució a l'accés a la finca pública de Raixa millorant les condicions de seguretat i funcionalitat en el tram considerat; augmentar la seguretat en la intersecció de la Ma-11 d'accés a l'Hospital Joan March i al camí de Caubet; millorar la seguretat de la zona de parada d'autobusos actual, dotant d'unes zones d'aturada ambdós costats de la Ma-11.

Aquesta situació de perillositat i necessitat de millora de seguretat es fa evident amb les dades d'accidents de què es disposa. En el període 2015-2019, per al tram de menys de d'un quilòmetre on s'ubica el projecte, es varen produir un total de 14 accidents, amb les següents dades:

Número d'accidents: 14

Número de vehicles implicats: 31

° Turismes: 23

° Pesants: 2

° Motocicletes: 3

° Ciclistes: 3

Número de vianants implicats: 1

Número de víctimes: 21

° Ferits: 20

° Morts: 1

Les mesures proposades en aquest projecte, doncs, augmenten la seguretat i la funcionalitat dels vehicles que transiten pel tram afectat.

Per tot allò exposat anteriorment, l'enginyer que subscriu aquest informe considera necessària la tramitació per urgència de l'expedient d'expropiacions de béns i drets afectats per les obres esmentades.

Una vez examinado el expediente del Consejo Insular de Mallorca, la Dirección General de Relaciones Institucionales y Cooperación Local emitió un informe jurídico el 9 de abril de 2021. Este informe expone que, para declarar la ocupación urgente, son necesarios ciertos requisitos , como, en el caso de que concurran circunstancias excepcionales, que estas circunstancias estén debidamente motivadas y documentadas en el expediente administrativo y que, además, imposibiliten que la Administración cumpla los objetivos que pretende alcanzar si utiliza el procedimiento ordinario.

Estos requisitos generales se fundamentan en la jurisprudencia del Tribunal Supremo en relación con el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa y el artículo 56 del Reglamento de la Ley de expropiación forzosa. Esta jurisprudencia del Tribunal Supremo consta en las sentencias de la Sala de lo Contencioso Administrativo de 30 de septiembre de 1992 (recurso 1581/1990), de 3 de diciembre de 1992 (recurso 1797/1989), de 9 de marzo de 1993 (recurso 8333 / 1990), de 23 de septiembre de 1997 (recurso 14176/1991), de 10 de diciembre de 1997 (recurso 4575/1993), de 22 de diciembre de 1997 (recurso 782/1996), de 3 de diciembre de 1998 (recurso 5821/1994), de 14 de noviembre de 2000 (recurso 2939/1996), de 18 de mayo de 2002 (recurso 628/1998), de 25 de abril de 2003 (recurso 318/1999), de 16 de junio de 2004 (recurso 6068/1999), de 14 de febrero de 2005 (recurso 2381/1999) y de 11 de octubre de 2006 (recurso 5909/2003), entre otros.

El informe jurídico que se ha mencionado considera procedente la declaración de ocupación urgente que ha solicitado el Consejo Insular de Mallorca, dado que queda acreditada la concurrencia de circunstancias de carácter excepcional que aconsejan recurrir al procedimiento de urgencia y que se fundamentan en la seguridad. De acuerdo con el informe técnico mencionado, la actuación sobre el terreno se justifica de la siguiente manera:

El proyecto pretende dar solución al acceso a la finca pública de Raixa mejorando las condiciones de seguridad y funcionalidad en el tramo considerado; aumentar la seguridad en la intersección de la Ma-11 de acceso al Hospital Joan March y al camino de Caubet; mejorar la seguridad de la zona de parada de autobuses actual, dotando de unas zonas de parada ambos lados de la Ma-11.

De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, mejorar una carretera para evitar el peligro grave que supone el estado o el trazado de la vía y para garantizar la seguridad de los usuarios se considera una motivación suficiente que justifica la utilización del procedimiento excepcional de la artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Por lo tanto, la declaración de urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación de los terrenos afectados por el proyecto de rotonda en la Ma-11, acceso a Raixa, dentro del término municipal de Bunyola, tiene como finalidad mejorar la seguridad vial, en particular, en lo que se refiere a aumentar las condiciones de seguridad y funcionalidad en el tramo considerado. Los argumentos que se han expuesto justifican la declaración de ocupación urgente que ha solicitado el Consejo Insular de Mallorca.

Hay que tener en cuenta lo que dispone el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, en cuanto a la excepcionalidad de la declaración de urgente ocupación, en relación con el artículo 56 del Reglamento que la aplica .

Asimismo, se debe considerar que la competencia que otorga el artículo 52 en el Consejo de Ministros se transfirió a la Comunidad Autónoma mediante el Real Decreto 2612/1982, de 24 de julio, sobre transferencia de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado al Consejo General Interinsular de Baleares en materia de administración local, y se debe prever lo que disponen el artículo 32.1 de la Ley orgánica 2/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de autonomía para las Illes Balears, y el Decreto 81/1984, de 30 de agosto, por el que se asumen y se distribuyen las competencias transferidas por el Real Decreto 2612/1982.

El artículo 2.2.b) del Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, atribuye el ejercicio de la competencia en materia de relaciones de colaboración, cooperación y coordinación con los entes territoriales a la Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad, mediante la Dirección General de Relaciones Institucionales y Cooperación Local. En consecuencia, ejerce también las competencias en materia de expropiación forzosa y, por tanto, la propuesta de declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados en todos los expedientes que tramiten las corporaciones locales que lo soliciten.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, en la sesión del día 10 de mayo de 2021, adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primero. Declarar la ocupación urgente de los terrenos afectados para llevar a cabo la expropiación relativa al proyecto de rotonda en la Ma-11, acceso a Raixa, dentro del término Municipal de Bunyola, dada la solicitud del Consejo Insular de Mallorca y al efectos de lo establecido en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. Los bienes y derechos afectados por la declaración de urgente ocupación se enumeran, de manera individualizada y con la indicación de los titulares, en el anexo 1 de este Acuerdo.

Segundo. Fundamentar la urgencia en la documentación que ha presentado el Consejo Insular de Mallorca y en el informe jurídico de la Dirección General de Relaciones Institucionales y Cooperación Local, el cual considera procedente la declaración de urgencia del Consejo de Gobierno, para que en el caso hay concurren circunstancias excepcionales que motivan la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa y que se basan en la seguridad, de acuerdo con los argumentos que constan en los informes mencionados. En concreto, se justifica para dar solución al acceso a la finca pública de Raixa mejorando las condiciones de seguridad y funcionalidad en el tramo considerado.

Tercero. Hacer constar que, durante el periodo de información pública al que se ha sometido la solicitud de ocupación urgente, no se han presentado alegaciones.

Cuarto. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Quinto. Notificar a las personas que constan como interesadas en el expediente que contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación del Acuerdo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso‑Administrativa

 

Palma, 10 de mayo de 2021

La secretaria del Consejo de Gobierno Mercedes Garrido Rodríguez

 

ANEXO Lista concreta e individualizada de los bienes, los derechos y las personas afectadas por la expropiación en relación con el proyecto de rotonda en la Ma-11, acceso a Raixa, dentro del término Municipal de Bunyola

Finca

Pol.

Parc.

Referencia catastral

Titular

M2 a expropiar

M2 servidumbre

M2 ocupación temporal

1

9

49

07010A009000490000SI

Lorenzo Roses Abrines

167

 

145

2

9

9008

07010A009090080000SX

Ajuntament de Bunyola

143

 

 

3

9

45

07010A009000450000SK

Lorenzo Roses Abrines

247

 

107

4

9

85

07010A009000850000SJ

Equinatura, SL

 

1.130