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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 160637
Acuerdo de Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca de fecha 26 de abril de 2021, relativo a la convocatoria de provisión de seis puestos de trabajo de Secretario/a de Consejero de Consell Insular de Menorca por libre designación

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Texto

Mediante el Decreto de la Presidencia del Consell Insular de Menorca núm. 423/2019, de 10 de julio, se determina la estructura interna de los departamentos.

Para dar cobertura a los puestos de trabajo que se quieren proveer, de acuerdo con lo establecido en el Catálogo de puestos de trabajo del Consell Insular de Menorca, el procedimiento es la provisión por libre designación, regulada por el artículo 80 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del EBEP; por el artículo 79 y siguientes de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la CAIB, y por el Decreto 33/1994, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios al servicio de la Administración de la CAIB.

En la presente provisión de puestos de trabajo pueden acceder los funcionarios de carrera.

El Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca, en fecha de 19 de octubre de 2020, aprobó la convocatoria de provisión de cuatro puestos de trabajo de secretario/a de consejero del Consell Insular de Menorca por libre designación, publicada en el BOIB núm . 190 de 5 de noviembre de 2020.

Estos puestos corresponden a:

- Secretario/a de la conselleria de Medio Ambiente y Reserva de Biosfera

- Secretario/a de la conselleria de Economía y Territorio

- Secretario/a de la conselleria de Bienestar Social

- Secretario/a de la conselleria de Movilidad

Un único aspirante funcionario de carrera se presentó a la convocatoria de provisión, y renunció mediante el escrito con registro de entrada núm. 7444 de 22.03.2021, por lo que la convocatoria quedó desierta.

También se presentaron cuatro aspirantes funcionarios interinos y dos aspirantes que no eran funcionarios.

Por Decreto de la Presidencia del Consell Insular de Menorca núm. 69/2021, de 26 de febrero, se nombraron el señor José Pastrana Huguet como consejero ejecutivo de Economía y Territorio y la señora Noemí Gomila Carretero como consejera ejecutiva de Servicios Generales.

En fecha 23/03/2021 la secretaria del Departamento de Servicios Generales presentó un escrito en el que manifestaba su intención de no seguir ocupando dicho puesto de trabajo, por lo que ha quedado vacante el puesto de secretario/a de la consejera de Servicios Generales.

El puesto de secretario/a del consejero de Cultura, Educación, Juventud y Deportes también quedará vacante el próximo 5 de abril de 2021.

El artículo 87 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la CAIB, de comisión de servicios forzosa, establece que «La comisión de servicios con carácter forzoso se procedente cuando es urgente proveer un puesto de trabajo que ha quedado vacante tras una convocatoria de provisión y no hay personal funcionario interino en condiciones de ocuparlo.»

Por lo que, visto que es urgente proveer estos puestos de trabajo, se da la oportunidad al personal interino de manifestar su disponibilidad.

Vista la propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Servicios Generales,

El Consejo Ejecutivo, por unanimidad y en votación ordinaria, adopta los siguientes acuerdos:

Primero. Declarar desierta la convocatoria de provisión de cuatro puestos de trabajo de secretario/a de consejero del Consell Insular de Menorca por libre designación, publicada en el BOIB núm. 190 de 5 de noviembre de 2020.

Segundo. Aprobar las bases y la convocatoria para la provisión de los puestos de trabajo de secretario/a de las consellerias:

1. Secretario/a de la Consejería de Medio Ambiente y Reserva de Biosfera: 1 puesto

2. Secretario/a de la Consejería de Economía y Territorio: 1 puesto

3. Secretario/a de la Conselleria de Bienestar Social: 1 puesto

4. Secretario/a de la Conselleria de Movilidad: 1 puesto

5. Secretario/a de la Conselleria de Cultura, Educación, Juventud y Deportes: 1 puesto

6. Secretario/a de la Consejería de Servicios Generales: 1 puesto

Tercero. Ordenar la publicación de la nueva convocatoria y de las bases mencionadas que se transcriben a continuación.

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA PROVEER PUESTOS DE LIBRE DESIGNACIÓN

Primero. El objeto de esta convocatoria es la provisión mediante libre designación, por personal funcionario del Consell Insular de Menorca, los puestos de trabajo siguientes:

1. Secretario/a de la Consejería de Medio Ambiente y Reserva de Biosfera: 1 puesto

2. Secretario/a de la Consejería de Economía y Territorio: 1 puesto

3. Secretario/a de la Conselleria de Bienestar Social: 1 puesto

4. Secretario/a de la Conselleria de Movilidad: 1 puesto

5. Secretario/a de la Conselleria de Cultura, Educación, Juventud y Deportes: 1 puesto

6. Secretario/a de la Consejería de Servicios Generales: 1 puesto

Con las siguientes características:

DENOMINACIÓN: Secretario/a de Presidencia o Consejería

1. Plazas de plantilla que pueden ocupar el puesto:

CLASE DE PERSONAL: Funcionario

GRUPO: C1 / C2

TITULACIÓN: Graduado escolar o equiparable

Bachillerato o equiparable

ESCALA: Administración general

SUBESCALA: Administrativa / auxiliar

CLASE: Administrativa / auxiliar

2. Requisitos para la provisión del puesto

- REQUISITOS DE DESEMPEÑO: Tener el certificado del nivel C1 de conocimientos de la lengua catalana.

- FORMACIÓN ESPECÍFICA: Formación en trabajo de base en la prestación de servicios de secretaría a la Administración pública o el sector privado.

- REQUERIMIENTOS ESPECÍFICOS: Dedicación plena, disponibilidad fuera del horario habitual de trabajo.

3. Régimen retributivo

- NIVEL DE COMPLEMENTO DE DESTINO: 14/12

- COMPLEMENTO ESPECÍFICO: 490/440 puntos

Segundo. Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria deben presentarse en el formato oficial que el Consell Insular de Menorca pone al alcance de los candidatos.

Las solicitudes se presentarán únicamente telemáticamente, según el artículo 14.2 y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, mediante DNI electrónico o un certificado digital válido. La solicitud queda registrada directamente.

El plazo de presentación de solicitudes es de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

A efectos informativos, también se publicará en la web del Consell Insular de Menorca y en el tablón de anuncios.

En la solicitud se consignará con claridad el lugar o los lugares a los que se quiere optar y, mediante un número, en su caso, el orden de preferencia entre ellos. Se debe adjuntar la documentación que acredite la titulación o titulaciones, el curriculum vitae y los demás requisitos exigidos en el Catálogo de puestos de trabajo.

La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos alegados es el día que termine el plazo de presentación de solicitudes.

Tercero. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la consejera ejecutiva de Servicios Generales, tras escuchar los consejeros de los respectivos departamentos, dictará resolución por la que se aprobará la lista de los aspirantes designados y la asignación específica de los aspirantes seleccionados en cada lugar de trabajo que ha sido convocado.

Cuarto. Si no hubiera suficientes aspirantes funcionarios de carrera, se nombrarán, de acuerdo con el artículo 87 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la CAIB, los candidatos funcionarios interinos que manifiesten su disponibilidad.

Quinto. La incorporación al puesto de trabajo asignado debe ser inmediata, salvo razones debidamente justificadas.

Esta incorporación supone la pérdida del puesto de trabajo de procedencia.

Contra la convocatoria y bases se puede interponer recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación.

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de tres meses. Si, una vez transcurrido este plazo, no se ha dictado una resolución, se podrá entender desestimado el recurso, salvo en el supuesto previsto en el artículo 24.1, tercer párrafo, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Ante la desestimación se puede interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a partir del día de su publicación ante la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares.

 

Mahón, 4 de mayo de 2021

Por delegación de la presidenta, El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019)