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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE DEIÀ

Núm. 159225
Resolución alcaldía para convocar Ayudas del Ayuntamiento de Deià destinadas a autónomos y PYMEs para paliar los efectos económicos derivados de la crisis sanitaria provocada por la COVID19

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Por la presente, y en ejercicio de la competencia propia de desarrollo económico local que tiene encomendada el Ayuntamiento de Deià, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.2 t de la Ley 20/2006,

RESUELVO

convocar las Ayudas del Ayuntamiento de Deià destinadas a autónomos y PYMEs para paliar los efectos económicos derivados de la crisis sanitaria provocada por la COVID19, con su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, además del tablón de anuncios, la página web y las redes sociales del Ayuntamiento de Deià.

  

Deià, 6 de mayo de 2021

El alcalde de Deià

Lluís Enric Apesteguia Ripoll

 

BASES DEL AYUNTAMIENTO DE DEIÀ QUE DEBEN REGIR EL OTORGAMIENTO DE AYUDAS DESTINADAS AUTÓNOMOS Y PYMES PARA PALIAR LOS EFECTOS ECONÓMICOS DERIVADOS DE LA CRISIS SANITARIA PROVOCADA POR LA COVID19

Convocatoria de mayo de 2021

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Como consecuencia de la emergencia de salud pública ocasionada por la COVID-19, desde que el Gobierno de España declaró el Estado de Alarma en todo el territorio del Estado mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, el impacto económico que ha tenido y tiene esta situación de excepcionalidad en amplios sectores de nuestra economía obliga a esta Administración, en el ámbito de sus competencias, a adoptar las correspondientes medidas para paliar los efectos de esta crisis en nuestro pueblo y adoptar las correspondientes medidas de estímulo de la economía local, adaptándonos al tejido empresarial local.

Es por eso que de nuevo establecemos una línea de ayudas directas a los empresarios y autónomos del municipio de Deià que puedan ser beneficiarios de conformidad con lo dispuesto en las presentes bases para la concesión de ayudas directas a empresarios y autónomos como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Para ello se cuenta con la ayuda del Govern de las Illes Balearss, que dentro del Pacto de Reactivación Económica y Social, ha aportado al Ayuntamiento de Deià 7.736,91 € para paliar los efectos económicos derivados de las restricciones adoptadas para detener la expansión de la crisis sanitaria provocada por la COVID-19. También se cuenta con la ayuda del Consell de Mallorca, que a través de la Convocatoria de subvenciones 2021 del Consejo de Mallorca dirigida a los ayuntamientos de Mallorca para paliar las consecuencias de las restricciones motivadas por la crisis sanitaria de la COVID-19 en los sectores económicos ha otorgado al Ayuntamiento de Deià 7.736,91 € con la misma finalidad. Estas cantidades se suman a los 20.536,50 € que aporta el Ayuntamiento de Deià de fondos propios.

El Ayuntamiento de Deià sacará, en la medida que sigan las consecuencias derivadas de esta crisis, nuevas convocatorias a lo largo de 2021.

PRIMERA.- OBJETO DE LA SUBVENCIÓN

Con esta subvención se pretende otorgar liquidez a las empresas de Deià para contribuir a facilitar el cumplimiento de sus obligaciones empresariales, mantenimiento de la actividad y trabajo y compensar, en cierta medida, la reducción de ingresos que han sufrido. Con ello se pretende proteger el interés general de las deianenques y los deianencs, dando apoyo a las personas autónomas, microempresas y pequeñas empresas para contribuir a una reactivación de la economía deianenca.

SEGUNDA.- RÉGIMEN JURÍDICO

El Ayuntamiento de Deià tiene, como competencia propia, la de desarrollo económico local, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.2 t de la Ley 20/2006.

La concesión de la presente subvención está sometida a lo dispuesto en el Reglamento municipal regulador de Subvenciones, adoptado en sesión plenaria del día 10 de noviembre de 2017.

Asimismo, será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los arts. 25 y 72 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de la CAIB.

TERCERA.- CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS

Esta convocatoria de subvenciones cuenta con el presupuesto máximo siguiente: 36.010,32 euros.

Las obligaciones económicas derivadas de la concesión de subvenciones de esta convocatoria van a cargo de la aplicación presupuestaria 479.00 / 430 Ayudas dinamización, desestacionalización y diversificación económicas del presupuesto de este Ayuntamiento para el año 2021.

CUARTA.- LÍNEA DE AYUDAS Y CANTIDAD

Los beneficiarios de las ayudas que cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria recibirán una ayuda fija la cuantía dependerá de cuál de las siguientes situaciones se hubiera encontrado durante el estado de alarma:

A. Bares, restaurantes, cafeterías y análogos, afectadas por la obligación de cierre por el Decreto 2/2021, de 11 de enero, de la Presidenta de las Illes Balears, por el que se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19 en las islas de Mallorca y de Eivissa, al amparo de la declaración del estado de alarma y siguientes: 2.000,00 euros;

B. Tiendas, farmacias, establecimientos hoteleros y análogos: 1.000,00 euros.

C. Resto de actividades económicas que hayan sufrido una disminución de ingresos en los meses de enero, febrero y marzo de 2021 igual o superior al 50% respecto a los mismos meses de 2019: 500,00 euros.

Si las solicitudes válidas con derecho a recibir la subvención superaran la suma total de las ayudas, la Comisión Evaluadora podrá formular, con el objetivo de atender todas las solicitudes presentadas que cumplan los requisitos, una Propuesta de Resolución que incluya el prorrateo proporcional entre todas ellas.

En caso de que hubiera presupuesto suficiente para atender a todas las solicitudes válidas y, además, existe un cantidad sobrante, la Comisión Evaluadora podrá proponer una Propuesta de Resolución que incluya un aumento proporcional y equitativo de las cantidades a percibir.

QUINTA.- BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, en los términos y requisitos establecidos en estas bases, las microempresas, pequeñas empresas y autónomos que ejerzan su actividad en el municipio de Deià mediante establecimiento físico y / o que tengan su domicilio social y fiscal en Deià y que cumplan con los siguientes requisitos:

- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, incluidas las de la Hacienda Local.

- No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en los apartados 2 y 3 del art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

SEXTA.- PLAZOS DE LA CONVOCATORIA

El plazo de presentación de las solicitudes será el que se indica a continuación:

La presentación de la solicitud, junto con la documentación exigida, será de 20 días naturales a partir de la publicación del extracto de las bases en el BOIB y en el Portal Web del Ayuntamiento de Deià. En caso de que el último día sea inhábil, el plazo se prorrogará hasta el siguiente día hábil.

La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido y la falta de presentación de la documentación exigida en estas bases será causa de inadmisión.

SÉPTIMA.- COMISIÓN EVALUADORA

La Comisión Evaluadora estará formada por la alcaldía y la secretaría-intervención del Ayuntamiento de Deià.

OCTAVA.- PROCEDIMIENTO Y RESOLUCIÓN

La subvención se concederá a las solicitudes que reúnan todos los requisitos establecidos en las presentes bases que rigen la convocatoria.

Una vez finalizado el plazo de presentación, la Comisión Evaluadora comprobará las solicitudes y requerirá las enmiendas o la resolución de cualquier duda que le surja respecto de las solicitudes presentadas.

Si del examen de la solicitud por la Comisión Evaluadora se comprueba que no reúne los requisitos establecidos en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y / o que no aporta la totalidad de la documentación requerida en esta convocatoria, se requerirá, sobre la base del art. 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Entidad solicitante, o en su caso la designada como responsable, para que subsane la falta o aporte los documentos preceptivos, en un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al requerimiento, con la indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Además, se realizarán de oficio cuantas actuaciones estimen necesarias y convenientes para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos que figuran en las solicitudes en virtud de las cuales se deberán valorar las mismas para la resolución del expediente de concesión de ayuda.

Transcurrido el plazo de los diez días hábiles para subsanar o aportar nueva documentación, la Comisión Evaluadora, una vez comprobado qué solicitudes reúnen los requisitos establecidos en la presente convocatoria, elevará informe al órgano competente para su resolución y que corresponde al Alcalde.

El plazo máximo para resolver y notificar el acuerdo será de dos meses desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Este acuerdo pondrá fin a la vía administrativa y se podrá interponer contra dicha resolución recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que dictó la resolución, o bien recurrir directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa en la forma y plazos establecidos en la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

NOVENA.- DOCUMENTACIÓN NECESARIA

Para poder participar en la convocatoria, los solicitantes deberán presentar la siguiente documentación de carácter obligatorio:

  • Anexo I: Solicitud de subvención.
  • Anexo II: Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 LGS.
  •  Acreditación de la identidad del solicitante:

Si el titular es persona física: copia del DNI / NIE.

Si el titular es persona jurídica o agrupación de personas físicas o jurídicas sin personalidad jurídica propia: copia del Número de Identificación Fiscal, junto con documento acreditativo de la representación legal del que suscribe la solicitud y su copia de DNI / NIE .

  • Para acreditar la reducción de un 50% en la facturación (sólo para las ayudas incluidas en la letra "C" de la base cuarta de esta convocatoria) información contable que lo justifique (libro registro de facturas emitidas y recibidas; libro diario de ingresos y gastos; libro registro de ventas e ingresos; libro de compras y gastos; etc).
  • Documento bancario que acredite el número y la titularidad de la cuenta corriente donde efectuar el ingreso de la subvención.
  • Certificado de situación censal de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

El Ayuntamiento de Deià podrá requerir en cualquiera de los momentos de tramitación de las solicitudes de los documentos que considere necesarios para garantizar la correcta adjudicación de la ayuda, según los criterios de evaluación establecidos.

NOVENA.- COMPATIBILIDAD CON OTRAS SUBVENCIONES

Las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria serán compatibles con otras ayudas, subvenciones o recursos destinados a la misma finalidad, procedentes de cualquier otra Administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacional, siempre y cuando no lo indiquen las bases de aquellas ayudas.

 

ANEXO I SOLICITUD AYUDAS DEL AYUNTAMIENTO DE DEIÀ DESTINADAS AUTÓNOMOS Y PYMES PARA PALIAR LOS EFECTOS ECONÓMICOS DERIVADOS DE LA CRISIS SANITARIA PROVOCADA POR LA COVID19

Ayudas que se solicita:

□ A. Para bares, restaurantes, cafeterías y análogos, afectadas por la obligación de cierre.

□ B. Para tiendas, farmacias, establecimientos hoteleros y análogos.

□ C. Para el resto de actividades económicas que hayan sufrido una disminución de ingresos en los meses de enero, febrero y marzo de 2021 igual o superior al 50% respecto a los mismos meses de 2019.

DATOS DEL BENEFICIARIO

Nombre y apellidos: ____________________________________________________________

Nombre de la empresa (si es necesario): ____________________________________________

Dirección: ____________________________________________________________________

Teléfono fijo: __________________________________________________________________

Teléfono móvil: ________________________________________________________________

Correo electrónico: ____________________________________________________________

Fecha de nacimiento: ____ / _____ / _____

DNI / NIF: ___________________________________________________________________

DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA

□ Solicitud completa y correctamente cumplimentada y presentada dentro de los períodos establecidos en las presentes bases. (ANEXO I)

□ Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 LGS (ANEXO II)

□ Fotocopia DNI del solicitante.

□ Copia del Número de Identificación Fiscal, junto con documento acreditativo de la representación legal del que suscribe la solicitud

□ Solicitud de transferencia bancaria (ANEXO III)

Libro registro de facturas emitidas y recibidas; libro diario de ingresos y gastos; libro registro de ventas e ingresos; libro de compras y gastos; etc (SÓLO PARA LA AYUDA «C»)

Certificado de situación censal de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

Deià, ______ de _______________________ de 2021

(Firma solicitante o representante legal, según el caso)

 

 

ANEXO II  DECLARACIÓN RESPONSABLE

DATOS BENEFICIARIO/A:

Nombre y apellidos de la persona beneficiaria

 

Sr./a o Entidad:

 

DNI/CIF:                                             Domicilio:

Localidad:                                             CP:                                      Teléfono:

Correo electrónico:

 

Datos del representante (si es necesario)

 

Nombre y apellidos:

DNI/CIF:

DECLARO, bajo mi responsabilidad que la citada entidad o persona,

Tiene conocimiento de la normativa aplicable al Ayuntamiento de Deià en materia de subvenciones y las obligaciones del beneficiario de las mismas y en especial las señaladas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, y que n'acata el estricto cumplimiento .

No se encuentra sometida a ninguna de las causas de prohibición de la obtención de la consideración de beneficiario señaladas en el artículo 13 puntos 2 y 3 de la Ley 38/2003.

El / la solicitante no tiene pendiente de justificar ninguna subvención fuera de plazo.

No ha solicitado o recibido cualquier otra subvención para la misma finalidad. En caso de haber solicitada o recibida alguna, hay que indicar la cuantía y la entidad a la que se ha solicitado o de la que se ha recibido.

Se encuentra al corriente de sus obligaciones con las administraciones públicas y en especial con el Ayuntamiento de Deià y la Seguridad Social.

Y para que así conste ya los efectos oportunos, firmo la presente declaración.

Deià, ______ de ______________ de 2021

Firma

 

 

ANEXO III

SOLICITUD DE TRANSFERENCIA BANCARIA

 

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LA VERACIDAD DE DATOS BANCARIOS

 

A. DATOS DE LA PERSONA FÍSICA O JURÍDICA SOLICITANTE

Nombre y apellidos:

Domicilio:

 

Localidad:

Código postal:

B. DECLARACIÓN RESPONSABLE

 

Que es titular de la cuenta bancaria correspondiente a los datos siguientes, a los efectos del ingreso derivado de la concesión de la subvención.

 

Nombre de la entidad: _________________________________

Dirección: ________________________________________

IBAN

BANCO

OFICINA

CUENTA NÚM.

 

 

 

 

 

Que se puede acreditar documentalmente, en caso de que se exija

Deià, ______ de ______________ de 2021

Firma