Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 158240
Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 30 de abril de 2021 de rectificación de errores de la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 13 de abril de 2021, a propuesta de la dirección gerencia de la Escuela Balear de la Administración Pública, por la que se convoca un concurso para constituir una bolsa extraordinaria para cubrir, con carácter de interinidad, plazas vacantes del cuerpo ayudante facultativo, escala de apoyo profesional especializado, especialidad delineante, del Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en la isla de Mallorca (BOIB núm. 54, de 24 de abril de 2021)
Antecedentes
1. En el BOIB núm. 54, de 24 de abril de 2021, se publicó la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 13 de abril de 2021, a propuesta de la dirección gerencia de la Escuela Balear de la Administración Pública, por la que se convoca un concurso para constituir una bolsa extraordinaria para cubrir, con carácter de interinidad, plazas vacantes del cuerpo ayudante facultativo, escala de apoyo profesional especializado, especialidad delineante, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares , en la isla de Mallorca.
2. Se ha advertido un error en el apartado 4.2.d) del Anexo 1 sobre el importe de la tasa a satisfacer por las personas interesadas en participar en la bolsa.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
2. El Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
3. El artículo 59. bis de la La Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
4. La Resolución de la Consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 4 de enero de 2021 por la que se establece la actualización de las bases, los tipos de gravamen y las cuotas tributarias de las tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2021.
5.El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que estas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio oa instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
6. Por otra parte, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativos corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.
7. El Decreto 9/2021, de 13 de febrero, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB extraordinario núm. 20, de 14 de febrero).
8. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB extraordinario núm. 21, de 15 de febrero).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Rectificar el apartado 4.2.d) del Anexo 1 de la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 13 de abril de 2021, a propuesta de la dirección gerencia de la Escuela Balear de la Administración Pública , por la que se convoca un concurso para constituir una bolsa extraordinaria para cubrir, con carácter de interinidad, plazas vacantes del cuerpo ayudante facultativo, escala de apoyo profesional especializado, especialidad delineante, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en la isla de Mallorca para la isla de Mallorca (BOIB núm. 54, de 24 de abril de 2021), en los siguientes términos:
Donde dice,
«D) El resguardo del pago de la tasa efectuado según la vía seleccionada (telemática o manual). El importe de la tasa es de 14,44 €. (Cuantía actualizada para el año 2021 por Ley de Presupuestos vigente). »
Debe decir,
«D) El resguardo del pago de la tasa efectuado según la vía seleccionada (telemática o manual). El importe de la tasa es de 7,21 €. (Cuantía actualizada para el año 2021 por Ley de Presupuestos vigente). »
2. Otorgar un nuevo plazo de quince días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, para que los interesados puedan presentar las solicitudes para participar en el concurso para constituir una bolsa extraordinaria para cubrir, con carácter de interinidad, plazas vacantes del cuerpo ayudante facultativo, escala de apoyo profesional especializado, especialidad delineante, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en la isla de Mallorca convocado por Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 13 de abril de 2021, a propuesta de la Dirección Gerencia de la Escuela Balear de la Administración Pública (BOIB núm. 54, de 24 de abril de 2021).
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y en la página web http://oposicions.caib.es.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29 / 1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.
Palma, 30 de abril de 2021
La consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad Mercedes Garrido Rodríguez