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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 157411
Aprobación inicial del expediente de modificación de crédito núm. 10/2021

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Ajuntament de Son Servera, en la sesión extraordinaria y urgente de 28 de abril de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:

"Título: APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO N.º 10/2021

Expdt. 1375/2021

PROPUESTA DE ALCALDIA

Visto el expediente de modificación de créditos número 1375/2021 elaborado por los servicios municipales.

Visto los informes de Intervención de fecha 26 de abril de 2021.

Visto lo dispuesto en el artículo 177 y concordantes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Por todo ello, esta Alcaldía propone al Pleno del Ajuntament la adopción del siguiente 

ACUERDO

PRIMERO. - El suplemento de créditos que se acuerdan son los siguientes:

 Suplemento de créditos

PROG.

ECON.

DESCRIPCIÓN

PREV. INICIAL

MODIFICACIÓN

PREV.FINAL

4500

61903

Obra plaza tercera edad

270.857,120

139.893.44

410.750,56

4500

21000

Conservación y reparación infr. Y bienes naturales

17.500,00

80.000,00

97.500,00

4500

21901

Rep. otro inmovilizado (caminos)

21.066,51

18.933,40

40.000,00

 

 

TOTAL

 

238.826,93

 

SEGUNDO. Respecto al estado de ingresos, los conceptos del Presupuesto de ingresos quedarán de la siguiente manera:  

CONCEPTO

EXPRESIÓN

PREVISIÓN ANTERIOR

MODIFICACIÓN

PREVISIÓN DEFINITIVA

87000

Remanente de Tesorería

40.380,47

238.826,93

279.207,40

 

TOTALES

 

238.826,93

 

 

TERCER. Someter este expediente de modificación de créditos a información pública por el plazo de quince días hábiles previo anuncio en el BOP y en el Tablón de Anuncios de esta Casa Consistorial, y una vez transcurrido el plazo, en el caso de no presentarse ninguna reclamación contra el mismo, se considerará aprobado definitivamente. Todo ello de conformidad a lo previsto en los artículos 169-1, y 177-2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

CUARTO. Dar cuenta de esta resolución al departamento de Intervención.

Sin embargo, el Pleno de la Corporación acordará lo que estime más pertinente. "

Son Servera, 5 de mayo de 2021

 

La alcaldesa

Natalia Troya Isern