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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 153610
Anulación prórroga 2021 del plan de actuación de transporte público de viajeros en vehículo turismo para los años 2018 y 2019 en el municipio de Eivissa

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Texto

Decreto de Alcaldía núm. 2021-3065, de fecha 3 de Mayo de 2021, en el que se aprueba la anulación prórroga 2021 del Plan de Actuación de Transporte Público de Viajeros con Vehículos Turismo para los años 2018-2019 del municipio de Eivissa.

DECRETO.-

Mediante Decreto de Alcaldía núm. 1279 de fecha 07/03/2018 se aprobó el Plan de Actuación de Transporte Público de viajeros en vehículo turismo para los años 2018-2019 del municipio de Eivissa (BOIB núm. 32 de fecha 13 de marzo de 2018 y posterior modificación del apartado IV 1.4 (BOIB núm. 45 de 12 de abril de 2018).

En el apartado II del Plan, “características de las licencias de carácter temporal” se determina: “El presente Plan regulador tendrá una vigencia de dos años consecutivos, 2018 y 2019 prorrogable a un año más (2020) en las mismas condiciones, si así lo determina la Corporación con anterioridad a la fecha de vigencia del 2º año del Plan (15 de octubre de 2019)”.

Mediante Decreto núm. 5857 de fecha 25/09/2019 se aprobó prorrogar por un año mas (2020), en las mismas condiciones, el Plan de Actuación de Transporte Público de viajeros en vehículo turismo para los años 2018 y 2019 del municipio de Eivissa, al preverse una temporada turística similar a la de los años anteriores que hacia necesaria la existencia de licencias estacionales de auto-taxi.

No obstante, la situación generada por la evolución del COVID-19 (coronavirus), que motivó la declaración del estado de alarma, según se prevé en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, supuso que las autoridades competentes acordaran importantes restricciones que afectaron a la libre circulación de las personas, con las consecuentes limitaciones del tráfico marítimo y aéreo nacional e internacional y que hicieron que para la temporada turística de 2020 ni siguiera estuviera garantizada la presencia de turistas en nuestra isla.

En este sentido, dada la evidencia de que en la temporada estival de 2020 no habría un incremento de demanda de taxistas que motivara la prórroga del plan de licencias estacionales acordada el mes de setiembre de 2019, junto con el hecho de que atendiendo a las restricciones derivadas del estado de alarma los titulares de licencias estacionales, que en principio debían comenzar a prestar el servicio el 15 de mayo, no habían podido ni siquiera realizar las actuaciones previstas en el Plan y resto de normativa, encaminadas a la preparación de los vehículos y a la prestación del servicio, hicieron que la prorroga acordada resultara inviable e innecesaria y mediante Decreto núm. 2020-2604 de fecha 08/05/2020, se resolvió´dejar sin efecto esta prórroga del Plan de actuación de Transporte Público de viajeros en vehículo turismo para los años 2018 y 2019 del municipio de Eivissa, para el año 2020, acordada mediante Decreto núm. 5857 de 25/09/2019 y dada la inviabilidad de que la prorroga del Plan de actuación de Transporte Público de viajeros en vehículo turismo para los años 2018 y 2019 del municipio de Eivissa, se llevara a termino la temporada 2020, se acordó la prórroga del Plan para la temporada 2021, efectuándose en las mismas condiciones del Plan de Actuación de Transporte Público de viajeros en vehículo turismo para los años 2018 y 2019 del municipio de Eivissa, aprobada por Decreto núm. 1279 de fecha 7/03/2018, siempre que fuera viable y necesaria para cubrir el aumento de demanda en temporada estival.

Esta resolución se publicó en el BOIB (núm. 80 de 12 de mayo de 2020), así como en el tablón de anuncios y la página web del Ayuntamiento.

A la vista de la situación actual, y previendo que no se producirá el incremento de la demanda de taxis que motive la necesidad de activar la prorroga del Plan de Actuación de Transporte Público de viajeros en vehículo turismo para los años 2018-2019 del municipio de Eivissa para el año 2021, acordada mediante Decreto núm. 2020-2604 de fecha 08/05/2020, se considera que procede dejar sin efecto la prórroga del Plan.

No obstante, en el supuesto de que mejore la situación sanitaria y se verifique que durante la temporada estival, la oferta de taxis no fuera suficiente para cubrir la demanda, se podría aprobar un nuevo Plan de Actuación adaptado a las circunstancias existentes en ese momento, a fin de poder atender las necesidades del sector.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, y haciendo uso de las atribuciones que me han sido delegadas mediante Decreto de Alcaldía núm. 2019-3897 de fecha 20 de junio de 2019 (BOIB núm. 86, de 29 de junio de 2019),

 

RESUELVO:

PRIMERO.- Dejar sin efecto la prórroga del Plan de actuación de Transporte Público de viajeros en vehículo turismo para los años 2018-2019 del municipio de Eivissa, para el año 2021, acordada mediante Decreto núm. 2019-3897 de fecha 20 de junio de 2019.

SEGUNDO.- En el caso de que se produjeran circunstancias de desequilibrio entre la oferta y la demanda que motivaran la adopción de un nuevo Plan adaptado a las necesidades existentes para cubrir el aumento de la demanda del servicio del taxi durante la temporada estival se aprobará, de forma urgente, un Plan de actuación de Transporte público de viajeros en vehículo turismo para el año 2021.

TERCERO.- Acordar la devolución del depósito de quinientos euros (500€) efectuado previa acreditación de que se ha procedido a retirar del vehículo todos los signos externos identificativos.

CUARTO.- Publicar esta resolución en el BOIB, así como en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento.

Eivissa,

EL ALCALDE,                                               P.D. SECRETARIO ACTUAL

 

Eivissa, documento firmado electrónicamente al margen (5 de mayo de 2021)

El concejal delegado

Aitor Morrás Alzugaray