Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY
Núm. 152831
Modificación de la resolución de Alcaldía sobre creación de concejalías delegadas, nombramiento de concejales delegados, y delegación de competencias en los concejales delegados para el mandato 2019-2023
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se hace público el Decreto núm. 1270 de fecha 3 de mayo de 2021, de modificación del decreto de concejalías delegadas, nombramiento de concejales delegados, y delegación de competencias en los concejales delegados para el mandato 2019-2023.
Dada cuenta del Decreto núm. 2037 de fecha 12 de julio de 2019, sobre creación de concejalías delegadas, nombramiento de concejales delegados, y delegación de competencias en los concejales delegados para el mandato 2019-2023, así como de los Decretos núm. 2116 de fecha 29 de julio de 2019 y núm. 152 de fecha 30 de enero de 2020, en los que se modifica aquel decreto.
Atendida la necesidad de mejorar la eficiencia de la organización del ayuntamiento, y habida cuenta de la toma de posesión de la concejal Dña. Eva María Prats Costa tras renuncia al cargo de D. Francisco Cardona Ramón.
En uso de las facultades que me confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con los artículos 43, 44, 45 y 51 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
RESUELVO
PRIMERO. Modificar el apartado primero de la parte dispositiva del Decreto núm. 2037 de fecha 12 de julio de 2019, quedando como sigue:
Estructurar la organización de los servicios administrativos del ayuntamiento en las siguientes concejalías delegadas, en virtud de lo que establece la disposición adicional cuarta del Real Decreto 2568/1986.
PRIMERO. Modificar el punto segundo de la parte dispositiva del Decreto núm. 2037 de fecha 12 de julio de 2019, quedando con la siguiente redacción:
«Considerar que a cada una de las concejalías indicadas, le corresponde la gestión de las competencias relacionadas con las siguientes materias.
A. Concejalía delegada de Gobernación y Medio Ambiente.
Engloba las áreas siguientes:
1. Policía local, tránsito, seguridad ciudadana.
2. Protección civil y bomberos.
3. Protección del Medio Ambiente.
4. Residuos urbanos y limpieza de la vía pública.
5. Control y prevención de la contaminación atmosférica, contaminación de aguas y contaminación edáfica.
6. Entorno natural y riesgos ambientales. Prevención de incendios.
7. Playas.
8. Sanidad vegetal y control de plagas.
9. Jardinería y arbolado urbano.
10. Relación con las empresas concesionarias de limpieza del municipio.
11. Seguimiento del contrato de gestión de servicio público de abastecimiento de agua potable y saneamiento en el municipio de Sant Antoni de Portmany.
12. Fiscalidad ambiental.
13. Implantación de Sistemas de Gestión Ambiental (ISO, EMAS…).
14. Gestión ZPAE.
B. Concejalía delegada de Interior, Fomento de Empleo, Sanidad, y Bienestar animal.
Engloba las áreas siguientes:
1. Recursos humanos: personal funcionario, personal laboral, personal eventual, bolsas de contrataciones temporales...
2. Padrón y Estadística.
3. Organización interna del ayuntamiento.
4. Fomento de Empleo, formación y desarrollo local.
5. Sanidad
6. Censos y licencias de tenencia de animales.
7. Sanidad animal.
C. Concejalía delegada de Economía, Hacienda.
Engloba las áreas siguientes:
1. Economía y Hacienda.
D. Concejalía delegada de Nuevas Tecnologías, Participación Ciudadana, Oficina de Atención al Ciudadano, Agricultura y Pesca.
Engloba las áreas siguientes:
1. Sistemas de información y comunicaciones.
2. Seguridad de la información y protección de datos.
3. Participación ciudadana. Relación con asociaciones de vecinos, agrupaciones o asociaciones municipales, a excepción de las relacionadas con la cultura popular ibicenca.
4. Relaciones con la cooperativa de agricultores y otras asociaciones relacionadas con la agricultura.
5. Relaciones con cofradía de pescadores y asociaciones relacionadas con la pesca.
6. Caminos rurales.
7. Atención ciudadana y servicio de Atención al Ciudadano (OAC).
E. Concejalía de Servicios Sociales, Igualdad, Educación, Cultura y Patrimonio.
1. Servicios sociales y bienestar social (atención a las personas, servicios sociales públicos de asistencia primaria: mayores, inmigrantes, reinserción social, menores, trabajo social, etc.).
2. Políticas de igualdad.
3. Educación: relación con el mundo educativo en el municipio, incluido el Consell Escolar Municipal.
4. Cultura.
5. Bibliotecas.
6. Espacios culturales y educativos
7. Patrimonio histórico y etnológico.
8. Asociaciones relacionadas con la cultura popular ibicenca, collas de baile payés y otras entidades dedicadas a la tradición de la isla.
9. Archivo municipal.
10. Normalización lingüística del catalán
F. Concejalía delegada de Turismo y Fiestas.
Engloba las áreas siguientes:
1. Turismo, en toda su amplitud, incluyendo la promoción turística del municipio.
2. Fiestas patronales.
3. Eventos.
G. Concejalía delegada de Vía Pública, Mantenimiento y Limpieza de edificios públicos.
Engloba las áreas siguientes:
1. Conservación, mantenimiento y reparación de la vía pública.
2. Mantenimiento de edificios e instalaciones municipales.
3. Gestión de personal de limpieza y bedeles.
4. Mantenimiento de centros cívicos del municipio.
5. Brigada de obras, junto con la Concejalía delegada de Obras Públicas, Movilidad, Transportes, Comercio, Plan Estratégico.
6. Cementerios y servicios funerarios.
H. Concejalía delegada de Servicios Generales, Contratación, y Relaciones Institucionales.
Engloba las áreas siguientes:
1. Gestión de la contratación municipal.
2. Secretaría y Servicios Jurídicos.
3. Protocolo, honores, distinciones y ceremonias municipales.
4. Expediente sancionadores, menos las derivadas de la legalidad urbanística y de actividades.
5. Expedientes de responsabilidad patrimonial, excepto la resolución definitiva cuya atribución corresponde a la Junta de Gobierno Local.
6. Empresa pública municipal OBRES I SERVEIS SANT ANTONI 2005, S.A. (OSSAN).
I.- Concejalía delegada de Obras Públicas, Movilidad, Transportes, Comercio y Plan Estratégico.
Engloba las áreas siguientes:
1. Equipamientos municipales.
2. Gestión y ejecución de proyectos y obras municipales.
3. Sistemas municipales de agua, alcantarillado y alumbrado público.
4. Infraestructuras.
5. Regulación del aparcamiento.
6. Movilidad
7. Transporte público, incluido todo aquello relacionado con los taxis.
8. Promoción y fomento del comercio local, mercados y ferias.
9. Impulso y evaluación del cumplimiento de las directrices y objetivos establecidos en el Plan Estratégico de Sant Antoni de Portmany 2016-2030.
10. Brigada de obras, junto con la Concejalía delegada de Vía Pública, Mantenimiento y limpieza de edificios públicos.
J. Concejalía delegada de Deportes, Juventud y Transparencia
Engloba las áreas siguientes:
1. Deportes.
2. Instalaciones deportivas.
3. Clubs y asociaciones deportivas.
4. Juventud, actividades de tiempo libre para jóvenes y gestión del Espai Jove.
5. Centro de información juvenil.
6. Escuelas de verano.
7. Transparencia.
SEGUNDO. Publicar la presente resolución en Boletín Oficial de las Islas Baleares, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la fecha del Decreto.
TERCERO. Publicar texto consolidado de la resolución de Alcaldía sobre creación de concejalías delegadas, nombramiento de concejales delegados, y delegación de competencias en los concejales delegados para el mandato 2019-2023, en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento.
Sant Antoni de Portmany, 4 de mayo de 2021
El alcalde Marcos Serra Colomar