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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

FUNDACIÓN MALLORCA TURISMO

Núm. 151806
Resolución de desestimación de varias solicitudes de ayudas en el marco de la convocatoria extraordinaria de ayudas para paliar los efectos de la Covid-19 en el sector de los feriantes, organizadores de acontecimientos (bodas, MICE, deportes), balnearios y baños de Mallorca

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Texto

BDNS: 549842

Antecedentes

1. El día 11 de enero de 2021, el Consejo de Gobierno de las Islas Baleares adoptó un Acuerdo por el cual se establecen los niveles de alerta sanitaria por islas que tienen que regir la comunidad autónoma de las Islas Baleares, de conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de las Islas Baleares de 27 de noviembre de 2020, y se disponen medidas excepcionales aplicables a la isla de Mallorca (BOIB nº. 5, de 12 de enero 2021).

2. El día 15 de febrero de 2021 el Patronato de la Fundación Mallorca Turismo aprobó una modificación del Plan de Actuación para el ejercicio 2021 para llevar a cabo la tramitación y posterior concesión de una convocatoria extraordinaria de ayudas para paliar los efectos de la Covid-19 al sector de los feriantes, organización de acontecimientos (bodas, MICE, deportes), balnearios y baños, con un importe de 1.000.000€, con el objetivo de reactivar la actividad económica de la isla.

3. El Plan Estratégico de Subvenciones del Consejo de Mallorca para el ejercicio 2021, aprobado por el Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca en sesión de día 30 de diciembre de 2020, modificado por acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca en sesión de 17 de febrero de 2021, prevé que la Fundación Mallorca Turismo lleve a cabo la Convocatoria extraordinaria de ayudas para paliar los efectos de la COVID-19 en el sector de los feriantes, organizadores de acontecimientos (bodas, MICE, deportes), balnearios y baños de Mallorca.

4. El día 18 de febrero de 2021 el director de la Fundación Mallorca Turismo dictó Resolución por la cual aprobó la convocatoria extraordinaria de ayudas para paliar los efectos de la Covid-19 en el sector de los feriantes, organizadores de acontecimientos (bodas, MICE, deportes), balnearios y baños de Mallorca, con un presupuesto de 1.000.000,00 €, (extracto publicado en el BOIB nº. 25, de 20 de febrero de 2021).

5. En fecha 22 de febrero de 2021 y en fecha 11 de marzo de 2021 se modificó la mencionada convocatoria de subvenciones y se publicó en el BOIB nº. 26 de 23 de febrero de 2021 y al BOIB nº. 35 de 13 de marzo de 2021, respectivamente.

6. El día 29 de abril de 2021, la técnica jurídica de la Fundación Mallorca Turismo, como instructora del presente expediente, emitió informe sobre el resultado de la valoración de las solicitudes que se tienen que desestimar, de acuerdo con los criterios establecidos en la convocatoria.

7. El día 29 de abril de 2021, el director de la Fundación Mallorca Turismo informa que se desestiman varias solicitudes de subvención.

8. El día 29 de abril de 2021 se emite informe jurídico sobre la propuesta de resolución de desestimación de varias solicitudes.

Fundamentos de derecho

1. De acuerdo con el artículo 6 de los Estatutos de la Fundación Mallorca Turismo, la finalidad de la Fundación es fomentar la promoción turística de Mallorca en los mercados nacionales e internacionales, junto con la creación de producto turístico, la gestión de los servicios turísticos en general y cualquier otra actividad con el objetivo de promover el turismo en la isla. Para el desarrollo del objeto fundacional, la fundación lleva a cabo, entre otros, las actividades siguientes:

- Gestionar los servicios turísticos de Mallorca.

- Organizar las actividades promocionales en el ámbito de la isla, de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, del Estado o en el ámbito internacional.

- Coordinar las actuaciones de promoción turística con los otros organismos públicos de promoción turística.

- Contribuir a facilitar a profesionales del sector turístico mallorquín los medios necesarios para posibilitarles la competitividad en los mercados exteriores.

- Impulsar la reactivación económica de Mallorca mediante el otorgamiento de las ayudas o subvenciones en los distintos sectores con la finalidad de conseguir la recuperación económica de la isla.

2.  De acuerdo con el artículo 16 de los Estatutos de la Fundación Mallorca Turismo son atribuciones de la dirección gestionar y ejecutar los planes y los programas que aprueba el Patronato y formalizar y aprobar toda clase de actos y contratos (BOIB nº. 24, de 23 de febrero de 2019).

3. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el reglamento de la Ley general de subvenciones.

4. La Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017), modificada por el Pleno del Consejo de Mallorca en sesión de día 14 de junio de 2018 (BOIB nº. 96, de 4 de agosto de 2018).

5. La Ley 2/2020, de 15 de octubre, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la Covid 19 (BOIB nº. 180, de 20 de octubre de 2020).

6. El Convenio de colaboración entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y el Consejo Insular de Mallorca (y su adenda) para conceder ayudas dirigidas a paliar las consecuencias de las restricciones motivadas por la crisis sanitaria de la COVID-19 en los sectores económicos de la restauración y otros firmado en fecha 29 de enero de 2021, aprobado por el Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca en sesión celebrada en la misma fecha.

7. El artículo 10 del Decreto de la presidencia del Consejo Insular de Mallorca de 9 de julio de 2019, por el cual se determina la organización del Consejo Insular de Mallorca y las modificaciones posteriores, establece que la Fundación Mallorca Turismo  queda adscrita en el Departamento de Turismo y Deportes (BOIB nº. 99, de 18 de julio de 2019).

Por todo eso,

Dicto la siguiente Resolución:

1. DESESTIMAR las solicitudes de ayudas y por los motivos que se especifican en el anexo.

2. PUBLICAR esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

3. INFORMAR a los interesados que contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante<A[ante|delante de]> el presidente del Patronato de la Fundación Mallorca Turismo, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de concesión en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra la desestimación presunta, por silencio, del recurso de alzada se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo que corresponda en el plazo de seis meses, a partir del día siguiente de la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, se puede interponer, si considera, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contenciosa administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, 29 de abril de 2021

El director de la Fundación Mallorca Turismo Miguel Pastor Jordà

 

 

ANEXO

Relación de solicitudes desestimadas y motivos:

Registro de entrada

CIF-DNI-NIE

Motivo

2021-E-RE-13214

43124541R

A-C

2021-E-RE-13531

B57574105

A-F-H

2021-E-RE-13813

79025952E

A-H

2021-E-RE-13922

B07670144

A-N

2021-E-RE-13989

E16641615

A

2021-E-RE-13995

X0512621C

K-L

2021-E-RE-14034

19000247Q

A-J-L

2021-E-RE-14109

43030834L

A

2021-E-RE-14156

B16552523

A

2021-E-RE-14195

B57630543

A-H

2021-E-RE-14203

B07656465

A-C-J

2021-E-RE-14207

43151104E

D

2021-E-RE-14299

B16617102

A-N

2021-E-RE-14433

B57776833

A-LL

2021-E-RE-14450

78199978R

I-LL-N

2021-E-RE-14459

78201724E

I-LL-N

2021-E-RE-14460

78199377K

I-LL-N

2021-E-RE-14477

B07139595

A

2021-E-RE-14481

72482846W

H

2021-E-RE-14490

B57742454

A-LL

2021-E-RE-14502

34068077V

A

2021-E-RE-14516

B57103319

A

2021-E-RE-14559

B07458490

A-L-LL-N

2021-E-RE-14631

43141214E

A-J

2021-E-RE-14031

43129838P

I

2021-E-RE-14554

43129838P

A

2021-E-RE-14660

41539343D

A-N

2021-E-RE-14762

B57829277

A-K-L

2021-E-RE-14809

41517812Y

A-LL

2021-E-RE-14886

B07849151

A-LL

2021-E-RE-14937

43010090K

A-LL

2021-E-RE-14987

B57402679

A-C

2021-E-RE-14992

B16529737

A

2021-E-RE-15036

45685656C

A-H

2021-E-RE-15097

B57602328

A

2021-E-RE-15137

43132694N

A

2021-E-RE-15138

43188806G

C

2021-E-RE-15200

43079113K

A

2021-E-RE-15217

B16507071

A-LL

2021-E-RE-15272

B57329351

A-J

2021-E-RE-15308

41708356H

C

2021-E-RE-15323

30833655Q

A-C-K-L

2021-E-RE-15348

43058648A

A-H

2021-E-RE-15356

43063418N

A

2021-E-RE-15391

42977572W

K

2021-E-RE-15393

39345951N

LL

2021-E-RE-15443

B57608085

A

2021-E-RE-15447

B07608516

A

2021-E-RE-15592

A07222508

LL-A

2021-E-RE-15593

41459124Z

C

2021-E-RE-15599

B57016339

A-LL

2021-E-RE-15719

B57617888

A-N

2021-E-RE-15980

B16659153

A-H

2021-E-RE-16055

Y5911524D

A

2021-E-RE-16200

G07467285

A-LL

2021-E-RE-16201

42997996W

A-LL-N

2021-E-RE-16379

E16649709

A

2021-E-RE-16421

43144852A

H

2021-E-RE-16620

B57406373

A

 

Motivos

 

IAE incorrecto;  certificado censal incorrecto o sin actividad o carencia

A

Datos interesado con diferente firmante/interesado incorrecto/carencia comuneros

B

No ha visto reducida su facturación en un 50% dentro del periodo de la convocatoria

C

Domicilio fiscal o social incorrecto

D

Tener deuda pendiente o no presenta certificado

E

Tener local o empresa de baja o no describir los datos del local o establecimiento

F

Falta CIF/DNI/NIE/ o integrantes de la ESPJ

G

Carencia cumplimentación solicitud (o casillas declaración) o documentación ilegible

H

Solicitud duplicada

I

No está afectado por normativa Covid19 o no llena la casilla

J

Sanción por incumplimiento normativa Covid-19 o no llena casilla

K

Despido<A[Despido|Despedida]> trabajadores en ERTE o no llena casilla

L

No ha subsanado la documentación requerida

LL

No marca casilla de compromiso de no disolver CB o ESPJ

M

Incompatibilidad. beneficiario de otra subvención de la FMT

N