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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, FUNCIÓN PÚBLICA E IGUALDAD

Núm. 150618
Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la cual se dispone la publicación de la supresión del puesto de Vicesecretaría de clase tercera del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, reservado a personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional de la subescala de secretaría intervención

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Texto

Hechos

1. El 22 de febrero de 2021 se recibió en el Registro General de la Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad (reg. entrada núm. 5700/2021) un oficio del alcalde de San Antonio de Portmany, de 17 de febrero de 2021, en el que informa del Acuerdo adoptado por el Ayuntamiento en la sesión plenaria de 30 de julio de 2020 relativo a la aprobación definitiva de la modificación de la Plantilla de Personal consistente en la amortización de una plaza de vicesecretario o vicesecretaria de clase tercera, reservada a la escala de funcionarios con habilitación de carácter nacional, subescala de secretaría intervención.

Se adjunta al oficio un certificado de la secretaria accidental del Ayuntamiento de dicho Acuerdo adoptado en la sesión de 30 de julio de 2020.

2. El puesto de vicesecretario del Ayuntamiento de San Antonio de Portmany es un puesto de colaboración de aquellos a que se refiere el artículo 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional.

Este puesto está reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional de la subescala de secretaría intervención y, según consta en el Registro Integrado de Funcionarios con habilitación de carácter nacional, se encuentra vacante actualmente.

3. El Servicio de Corporaciones Locales ha emitido el informe jurídico correspondiente el 28 de abril de 2021.

4. El 28 de abril de 2021 el director general de Relaciones Institucionales y Cooperación Local ha dictado la propuesta de resolución correspondiente.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 15.1 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el cual se regula el régimen jurídico de los funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional, atribuye la competencia para la creación de los puestos de colaboración a las entidades locales.

2. El artículo 8 del Real Decreto 128/2018, atribuye a las comunidades autónomas la competencia para la clasificación de los puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional.

3. En cuanto a la supresión de dichos puestos, el artículo 15.2 del Real Decreto mencionado atribuye la competencia a las entidades locales.

4. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que los actos administrativos serán objeto de publicación, entre otros motivos, cuando tengan por destinatarios una pluralidad indeterminada de personas.

5. El artículo 23 del Real Decreto 128/2018, establece que corresponde a las comunidades autónomas la anotación en el Registro Integrado de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la clasificación de los puestos reservados, entre otras cuestiones.

6. El artículo 2.2 b del Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, atribuye el ejercicio de la competencia en materia de personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional que presta servicio en las corporaciones locales a la Consejería de Presidencia, Función Publica e Igualdad mediante la Dirección General de Relaciones Institucionales y Cooperación Local.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Disponer que se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears la supresión del puesto de trabajo de Vicesecretaría de clase 3ª del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, reservado a funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional de la subescala de secretaría intervención.

2. Disponer que se anote en el Registro Integrado de Personal Funcionario de la Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional la supresión de este puesto de trabajo.

3. Notificar esta Resolución al Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany y al Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de esta Comunidad Autónoma.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa.

 

Palma, 29 de abril de 2021

La consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad

Mercedes Garrido Rodriguez