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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 149762
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 21 de abril de 2021 por la que se autoriza la modificación de la configuración del centro privado concertado de educación especial Princesa de Asturias, de Marratxí, con la transformación de dos unidades de educación especial infantil (EEI) en dos unidades de educación especial básica (EEB), una en el centro específico y el otro en el centro ordinario la Salle de Palma

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Texto

Hechos 

1. Mediante una resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 23 de octubre de 2020 (BOIB núm. 189, de 3 de noviembre) , se autorizó el traslado de dos aulas sustitutorias de centro específico (ASCE) del centro privado concertado de educación especial Princesa de Asturias, de Marratxí, ubicadas en los centros ordinarios Sant Vicenç de Paül, del Coll d'en Rabassa, y Sant Josep Obrer II, de Palma a los centros ordinarios Santa Mónica, de Palma, y La Salle de Es Pont d'Inca, de Marratxí. Como consecuencia de esta modificación, el centro quedó configurado de la siguiente manera: 

  • Educación especial infantil (EEI): 2 unidades

- 1 unidad en el centro específico     

- 1 unidad ASCE en el CC La Salle, de Palma (código 07004333)     

  • Educación especial básica (EEB): 16 unidades

9 unidades en el centro específico y 7 unidades ASCE:     

- 1 unidad en el CC Santa Mónica, de Palma (código 07003262)       

- 1 unidad en el CC La Salle, de Palma (código 07004333)     

- 1 unidad en el CC Corpus Christi, de Palma (código 07003171)     

- 1 unidad en el CC La Salle de Es Pont d'Inca, de Marratxí (código 07002440)     

- 2 unidades en el CC Sagrat Cor, de Palma (código 07003675)     

- 1 unidad en el CC Ramon Llull, de Andratx (código 07000212)     

  • Programas de formación para la transición a la vida adulta (TVA): 4 unidades

2 unidades en el centro específico y 2 unidades ASCE:    

- 1 unidad en el CC La Salle, de Palma (código 07004333)     

- 1 unidad en el CC Sagrat Cor, de Palma (código 07003675)      

2. El 11 de febrero de 2021, el director del centro presentó una solicitud de modificación de la configuración del centro privado concertado de educación especial Princesa de Asturias, de Marratxí, con la transformación de dos unidades de educación especial infantil (EEI) en dos unidades de educación especial básica (EEB), una en el centro específico y el otro en el centro ordinario la Salle de Palma, justificando su petición a la adaptación a las necesidades de su alumnado que actualmente finalizará la etapa de educación infantil el próximo curso escolar.

3. El 19 de abril de 2021, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la autorización de modificación de la configuración del centro privado concertado de educación especial Princesa de Asturias, de Marratxí, con la transformación de dos unidades de educación especial infantil (EEI) en dos unidades de educación especial básica (EEB), una en el centro específico y el otro en el centro ordinario la Salle de Palma.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. El Real Decreto 334/1985, de 6 de marzo, de ordenación de la educación especial (BOE núm. 65, de 16 de marzo).

5. El Decreto 39/2011, de 29 de abril, por el que se regula la atención a la diversidad y la orientación educativa en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos (BOIB núm. 78, de 28 mayo).

6. La Resolución del Consejero de Educación y Universidad de 2 de mayo de 2018 por la que se modifica la Resolución de la Consejera de Educación, Cultura y Universidades de día 25 de marzo de 2015 por la que se regulan las ratios en los centros específicos de educación especial y se establecen las ratios de los programas de formación para la transición de la vida adulta (TVA) para los alumnos escolarizados en los centros específicos de educación especial (CEE) y en las aulas ASCE (aulas sustitutorias de centro especial).

7. La Resolución del Consejero de Educación y Universidad de 5 de julio de 2018 por la que se modifica la Resolución de la Consejera de Educación, Cultura y Universidades de día 13 de mayo de 2015 por la que se establecen con carácter provisional los requisitos mínimos de espacio en los centros específicos de educación especial (CEE) y en las aulas sustitutorias de centro específico (ASCE) ubicadas en centros ordinarios.

8. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

9. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 21, de 15 de febrero).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros de fecha 20 de abril de 2021, dicto la siguiente

 Resolución

1. Autorizar, con efectos desde el inicio del curso 2021-2022, la modificación de la configuración del centro privado concertado de educación especial Princesa de Asturias, de Marratxí, con la transformación de dos unidades de educación especial infantil (EEI) en dos unidades de educación especial básica (EEB), una en el centro específico y el otro en el centro ordinario la Salle de Palma.

2. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la siguiente manera:

Código de centro: 07006469

Denominación genérica: centro de educación especial

Denominación específica: Princesa de Asturias

Titular: ASNIMO

Domicilio: ctra. de Palma a Alcúdia, km 7,5 (desviación del camino de Son Ametler)

Localidad: Pla de na Tesa

Municipio: Marratxí

CP: 07141

Enseñanzas autorizadas:

  • Educación especial básica (EEB): 18 unidades

10 unidades en el centro específico y 8 unidades ASCE:     

- 1 unidad en el CC Santa Mónica, de Palma (código 07003262)       

- 2 unidades en el CC La Salle, de Palma (código 07004333)     

- 1 unidad en el CC Corpus Christi, de Palma (código 07003171)     

- 1 unidad en el CC La Salle de Es Pont d'Inca, de Marratxí (código 07002440)     

- 2 unidades en el CC Sagrat Cor, de Palma (código 07003675)     

- 1 unidad en el CC Ramon Llull, de Andratx (código 07000212)      

 
  • Programas de formación para la transición a la vida adulta (TVA): 4 unidades

2 unidades en el centro específico y 2 unidades ASCE:     

- 1 unidad en el CC La Salle, de Palma (código 07004333)     

- 1 unidad en el CC Sagrat Cor, de Palma (código 07003675)     

3. Comunicar al centro mencionado que está obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando tenga de modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 , de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

  

 Palma, 21 de abril de 2021

 El consejero de Educación y Formación Profesional  

Martí X. March Cerdà