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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TERRITORIO

Núm. 146823
Acuerdo de aprobación definitiva con prescripciones de la modificación número 14 de las Normas Subsidiarias de Alcúdia, relativa a la ordenación del sistema general público La Victòria

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en sesión de dia 30 de abril de 2021, ha tomado el acuerdo siguiente:

«Visto el expediente relativo a la modificación puntual núm. 14 de las Normas Subsidiarias de planeamiento del término municipal de Alcúdia, relativa a la ordenación del sistema general público “La Victòria”, en el trámite previsto en el artículo 55.7 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, y en el artículo 164 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo para la isla de Mallorca, y de acuerdo con el dictamen de la Ponencia Técnica de Ordenación del Territorio y Urbanismo, esta Comisión Insular acuerda aprobar definitivamente la modificación puntual expresada, sujetándose  a la siguiente prescripción:

  • En el apartado 7 de la Norma 4.3.01, en lo relativo a la limpieza de las franjas longitudinales del vial de  acceso se tiene que añadir lo siguiente: Se tiene que mantener un mínimo de un metro de limpieza, a contar desde cada uno de los límites exteriores de la vía»

Asimismo, se hacen públicas las normes urbanísticas

Norma 4.3.01

Régimen y desarrollo de los sistemas generales

7.- Sistema general de espacios libres públicos de La Victoria.

En el sistema general de espacios libres públicos de La Victoria, calificado como ANEI e incluido mayoritariamente en zona LIC y ZEPA, sólo se permitirá el mantenimiento de las construcciones e instalaciones ya existentes o aquellas destinadas a la evitación de riesgos naturales.

En el sistema general de equipamiento comunitario cultural y recreativo (CR) existente (albergue La Victoria) serán autorizables las obras de higiene, seguridad, salubridad, reforma y consolidación rehabilitación, modernización o mejora de las condiciones estéticas y de funcionalidad, así como las necesarias para el cumplimiento de las normas de prevención de incendios, accesibilidad, código técnico de la edificación y las instalaciones de infraestructuras propias de la edificación, siempre que las ampliaciones no superen un 10% de la superficie construida y de la ocupación ya existentes y siempre que formen parte del volumen principal de la edificación.

En cualquier caso, previamente a la licencia, se requerirá la autorización de Costas y de la Dirección General de Recursos Hídricos. Además, de acuerdo con la LECO, los proyectos incluirán un anexo justificativo de integración en el entorno y, en su caso, de repercusiones medio ambientales. Además, cada actuación requerirá el informe favorable de la Direcció General d'Espais Naturals i Biodiversitat.

Así mismo, para desarrollar la actividad será necesario disponer actualizado un plan de autoprotección e implantar las medidas previstas en su desarrollo. Además, antes del inicio de las obras se deberán adoptar las siguientes medidas:

- Realizar una franja de protección perimetral de 30 m de ancho desde las edificaciones donde no existirá acumulación de combustible vegetal con un desbroce selectivo y poda de la masa arbórea que permite romper la continuidad vertical y horizontal de la vegetación.

- Limpiar las franjas longitudinales del vial de acceso para dejar una franja de 5 m de ancho mínimo sin acumulación de combustible vegetal con un desbroce selectivo y poda de la masa arbórea que permite romper la continuidad vertical y horizontal de la vegetación. Se tiene que mantener un mínimo de un metro de limpieza, a contar desde cada uno de los límites exteriores de la vía.

- El plan de seguridad y salud a redactar por el constructor de las obras deberá tener en cuenta el posible riesgo de incendio forestal durante la ejecución de las obras y éstas se ejecutarán fuera de la época de mayor riesgo de incendio.

La publicación de este acuerdo se hace en reserva de la aprobación del acta.

Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente a la publicación del presente acuerdo. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente.

 

Palma, 3 de mayo de 2021

El secretario Jaume Munar Fullana