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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 145645
Modificación dedicaciones exclusivas y parciales, y las cantidades corresponendientes de dos regidores de la Corporación Municipal

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Texto

Por el Pleno de la Corporación Municipal, reunido en sesión ordinaria día 29 de abril se aprobó el acuerdo siguiente:

«El Alcalde Presidente del excelentísimo Ayuntamiento de Andratx, por acuerdo del Pleno de la Corporación Municipal reunido en sesión extraordinaria día 15 de junio de 2019, en relación a los cargos con dedicaciones exclusivas y parciales, y las cuantías correspondientes (modificación de la base 47 del presupuesto vigente); tengo a bien a proponer al Pleno de la Corporación Municipal para su aprobación la moción siguiente:

PRIMERO.- Determinar la dedicación del dos regidores, según el cuadro siguiente:

REGIDOR

DEDICACIÓN

Área de Urbanismo y licencias de actividades

Regidor delegado del área y segundo teniente de alcalde, Sr. Antoni Mir Salvà

 

EXCLUSIVA

Área de Deportes y Fiestas

Regidor delegado del área, Sr. Abilio García Sánchez

 

PARCIAL

SEGUNDO.- Modificar la base 47 de las de ejecución del presupuesto, para fijar las retribuciones correspondientes a dedicación exclusiva, dedicación parcial y la base 48, retribuciones meritadas por asistencias, quedando este con la redacción siguiente:

BASE 47.- Gastos de personal

Las dietas y las gratificaciones que reciben los miembros de la Corporación, quedarán establecidas en la misma cuantía que en el ejercicio 2020.

Las retribuciones de los miembros de la Corporación con dedicación serán las siguientes:

REGIDOR

DEDICACIÓN

RETRIBUCIÓN

Segundo teniente de alcalde

EXCLUSIVA

39.000,00 euros

Regidor delegado de área

PARCIAL

37.000,00 euros

Los haberes y jornales correspondientes se librarán en doce partes y meses vencidos, excepto en los meses de junio y diciembre, que se librarán antes del comienzo de las Fiestas Patronales y de Navidad, respectivamente. El Jefe de la unidad de Personal acreditará que las personas comprendidas en las nóminas han prestado los servicios que se señalan y retribuyen y que todas las retribuciones se han calculado en conformidad con la normativa de aplicación y se han aplicado las retenciones correspondientes.

Corresponde a la Alcaldia la asignación individual del complemento de productividad y de las gratificaciones. Las gratificaciones se abonarán previa acreditación de las horas realizadas fuera de la jornada por el responsable administrativo del Servicio con el visto bueno del regidor-delegado del área correspondiente. Previamente se tendrá que solicitar la RC de la previsión de las horas a realizar.

TERCERO. - Que se publique el presente acuerdo de forma íntegra en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, desprendido de su aprobación inicial por el Pleno del Ayuntamiento, concediendo un plazo de 15 días hábiles para la presentación de alegaciones por los interesados.

CUARTO. - En caso de que no se presente ninguna alegación en el plazo mencionado anteriormente, el acuerdo se entenderá definitivamente aprobado. En caso contrario, el Pleno dispondrá de un mes para resolver las alegaciones presentadas

 

 

QUINTO. - Que el presente acuerdo definitivamente aprobado sea publicado íntegramente en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, a los efectos de sus conocimiento general, dada su trascendencia.»

 

Andratx, en el día de la firma electrónica (30 de abril de 2021)

El alcalde

Joan Manera Jaume