Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Núm. 145786
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 30 de abril de 2021 por la que se modifica la Resolución del Consejero de Educación y Formación Profesional de 15 de abril de 2021 por la que se convocan ayudas económicas para el curso 2020- 2021 para contribuir al sostenimiento de las escuelas de música y danza públicas de las Illes Balears reconocidas por la Consejería de Educación y Formación Profesional los titulares de las cuales sean administraciones públicas territoriales, corporaciones locales o patronatos municipales
1. El día 17 de abril de 2021 se publicó en el BOIB núm.51 la Resolución del Consejero de Educación y Formación Profesional de 15 de abril de 2021 por la que se convocan ayudas económicas para el curso 2020-2021 para contribuir el sostenimiento de las escuelas de música y danza públicas de las Illes Balears reconocidas por la Consejería de Educación y Formación Profesional los titulares de las cuales sean administraciones públicas territoriales, corporaciones locales o patronatos municipales.
2. Desde el día siguiente a su publicación se han recibido varias consultas de ayuntamientos titulares de escuelas de música reconocidas por la Consejería de Educación y Formación Profesional relativas a la justificación de la subvención.
3. El artículo 15.5 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura establece que:
"La persona o entidad beneficiaria podrá subcontratar hasta un 100% de la ejecución de la actividad subvencionada, siempre que ello implique un valor añadido al contenido de la actividad y así se prevea en la convocatoria. "
4. Se considera oportuno modificar el contenido de esta convocatoria para prever la posibilidad de subcontratación por parte de los beneficiarios de acuerdo con el artículo 15.5 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura. Para favorecer la concurrencia de más posibles beneficiarios también se amplía el plazo de presentación de solicitudes.
Por todo ello, teniendo en cuenta la Propuesta de resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 29 de abril de 2021 por la que se propone modificar la convocatoria de ayudas económicas para el curso 2020-2021 para contribuir al sostenimiento de las escuelas de música y danza públicas de las Illes Balears reconocidas por la Consejería de Educación y Formación Profesional los titulares de las cuales sean administraciones públicas territoriales, corporaciones locales o patronatos municipales y de conformidad con el artículo 4 y 15.5 de la Orden de la consejera de educación y cultura, de 1 de julio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar el punto decimoquinto del anexo 1 "Normas generales y particulares de las ayudas económicas para el curso 2020-2021 para contribuir al sostenimiento de las escuelas de música y danza públicas de las Illes Balears reconocidas por la Consejería de Educación y formación Profesional los titulares de las cuales sean administraciones públicas territoriales, corporaciones locales o patronatos municipales" de la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 15 de abril de 2021 por la que se convocan ayudas económicas para el curso desde 2020-2021 para contribuir al sostenimiento de las escuelas de música y danza públicas de las Illes Balears reconocidas por la Consejería de Educación y Formación Profesional los titulares de las cuales sean administraciones públicas territoriales, corporaciones locales o patronatos municipales, añadiendo el siguiente punto:
"5. La entidad beneficiaria podrá subcontratar, hasta el 100%, la actividad y gestión de la escuela de música y / o danza. "
2. Modificar el plazo de presentación de solicitudes establecido en el punto octavo de las "Normas generales y particulares de las ayudas económicas para el curso 2020-2021 para contribuir al sostenimiento de las escuelas de música y danza públicas de las Illes Balears reconocidas por la Consejería de Educación y Formación Profesional los titulares de las cuales sean administraciones públicas territoriales, corporaciones locales o patronatos municipales" de la resolución citada en el punto anterior en los siguientes términos:
El plazo para presentar las solicitudes concluye el dia 14 de mayo de 2021.
3. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 30 de abril de 2021
El consejero de Educación y Formación Profesional
Martí Xavier March i Cerdà