Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 140901
Publicación del Decreto n.º 2021000331, de fecha 23-04-2021, dictado por el presidente del Consell Insular d'Eivissa, en relación con la actividad de la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Historicoartístico (CIOTUPHA)
Conforme a lo establecido en el artículo 136.2 del Reglamento orgánico del Consell Insular, aprobado definitivamente por el Pleno de la corporación en fecha 25 de septiembre de 2009 (BOIB núm. 136, de 18-09-2010, corrección en BOIB núm. 148, de 14-10-2010, modificación en BOIB núm. 48, de 16-4-2016), seguidamente se hace público el decreto núm. 2021000331 de fecha 23 de abril de 2021, dictado por el presidente del Consell Insular d'Eivissa, en relación con la actividad de la CIOTUPHA:
" 1. El artículo 79.3.e del Reglamento orgánico del Consell Insular d'Eivissa –ROCI– (BOIB núm. 136, de 18-09-2010, corrección de errores en el BOIB núm. 148, de 14-10-2010, y modificación en el BOIB número 48, de 16-04-2016), que regula la composición de la Comissió Insular d'Ordenació del Territori, Urbanisme i Patrimoni Historicoartístic (CIOTUPHA), dispone que serán vocales, entre otros: "e) Un/a secretario/aria nombrado/a por la Presidencia, de entre los/las letrados/as del Consell Insular, con voz y sin voto".
2. De acuerdo con el artículo 78 del ROCI, la Comissió Insular d'Ordenació del Territori, Urbanisme i Patrimoni Historicoartístic ejerce a todos los efectos las competencias atribuidas en el Consell Insular d'Eivissa en virtud de los apartados 1 (Urbanismo y habitabilidad), 6 (Patrimonio monumental, cultural, histórico, artístico, arquitectónico, arqueológico y paisajístico en su ámbito territorial, y depósito legal de libros) y 13 (Ordenación del territorio, incluyendo el litoral) del artículo 70 del Estatuto de autonomía de las Illes Balears, siempre que las competencias citadas no estén atribuidas, o se atribuyan, a otro órgano del Consell Insular d'Eivissa.
3. De acuerdo con el artículo 80 del mismo ROCI, la Ponència Tècnica d'Ordenació del Territori i Urbanisme es un órgano consultivo encargado de elaborar las propuestas de los expedientes que tengan que someterse a la Comisión en materia de ordenación del territorio y urbanismo y tiene también la función de elaborar los informes que solicite la Comisión sobre temas de su competencia. Los informes y las propuestas de la Ponència Técnica serán previos y preceptivos, salvo los casos de urgencia apreciados por la Comisión con el voto favorable de la mayoría de los presentes.
Así mismo, según el apartado 2 de este precepto, son miembros de la Ponència Tècnica d' Ordenació del Territori i Urbanisme, entre otros: ".../... h) Uno/a secretario/aria nombrado/ada por la Presidencia del Consell Insular, de entre los letrados o letradas de la Institución, con voz pero sin voto.../...".
4. De acuerdo con el artículo 81 del ROCI, la Ponència Tècnica de Patrimoni Historicoartístic es un órgano consultivo encargado de elaborar las propuestas de los expedientes que tengan que someterse a la comisión en materia de patrimonio histórico-artístico y tendrá también la función de elaborar los informes que solicite la comisión sobre temas de su competencia. Los informes y las propuestas de la Ponència Tècnica serán previos y preceptivos, excepto en los casos de urgencia apreciados por la comisión con el voto favorable de la mayoría de los presentes.
Así mismo, según el apartado 2 de este precepto son miembros de la Ponència Tècnica de Patrimoni Historicoartístic, entre otros, ".../... h) Uno/a secretario/aria, nombrado/ada por la Presidencia, de entre los/las letrados/as del Consell Insular, con voz y sin voto.../...".
5. Por Decreto de Presidencia núm. 2019000768, de fecha 23 de octubre de 2019 (BOIB núm. 147, de 29-10-19), se nombraron, entre otros, como miembros de la CIOTUPHA, la Sra. Maria Teresa Torres Torres, como secretaria titular, y el Sr. Fernando Gelabert González, como secretario suplente. Así mismo, en este Decreto se nombró las mismas personas como secretaria y secretario, titular y suplente, de la Ponència Tècnica d'Ordenació del Territori i Urbanisme.
6. Por Decreto de Presidencia núm. 2019000618, de fecha 18 de septiembre de 2019, se nombraron, como miembros de la Ponència Tècnica de Patrimoni Historicoartístic, la Sra. María Carmen Marín Carmona, como secretaria titular, y la Sra. Isabel Navas Rubio, como secretaria suplente (BOIB núm. 129, de 21-12-19).
7. Dado que la CIOTUPHA se puede convocar únicamente y exclusivamente para tratar sobre asuntos relativos a las competencias atribuidas al Consell Insular d'Eivissa en virtud del apartado 6 del artículo 70 del Estatuto de autonomía (Patrimonio monumental, cultural, histórico, artístico, arquitectónico, arqueológico y paisajístico en su ámbito territorial, y depósito legal de libros), cuando este hecho suceda, razones de eficacia y celeridad aconsejan que intervengan en calidad de secretario/aria, titular y suplente, de la CIOTUPHA las personas nombradas como secretarias de la correspondiente Ponència Tècnica de Patrimoni Historicoartístic, de forma preferente sobre las otras personas designadas para la secretaría de la CIOTUPHA.
Por todo el anterior, en uso de las atribuciones que tengo conferidas DECRETO
1. Establecer que, cuando la CIOTUPHA se convoque con un orden del día que incluya únicamente asuntos relativos en las competencias atribuidas al Consell Insular d'Eivissa en virtud del apartado 6 del artículo 70 del Estatuto de autonomía de las Islas Baleares (Patrimonio monumental, cultural, histórico, artístico, arquitectónico, arqueológico y paisajístico en su ámbito territorial, y depósito legal de libros), actúen en calidad de secretario/aria, titular y suplente, de la CIOTUPHA las personas nombradas como secretarias de la correspondiente Ponència Tècnica de Patrimoni Historicoartístic.
2. Nombrar, en consecuencia, las ya designadas secretarias de la Ponència Tècnica de Patrimoni Historicoartístic, la Sra. María Carmen Marín Carmona, como secretaria titular, y la Sra. Isabel Navas Rubio, como secretaria suplente, como secretarias también de la CIOTUPHA cuando esta se convoque únicamente con asuntos relacionados con las materias de patrimonio mencionadas, las cuales actuarán en estos casos de forma preferente sobre las otras personas designadas para la secretaría de la CIOTUPHA.
3. Comunicar este decreto a las personas interesadas y publicarlo en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB), en cumplimiento del artículo 136.2 del ROCI."
Eivissa, 29 de abril de 2021
El jefe de sección del Departament de Cultura, Educació i Patrimoni del Consell Insular d'Eivissa
José Vicente Garibo Redolat