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AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 140523
Departamento de Planeamiento y Gestión urbanística.
Servicio jurídico-administrativo de Planeamiento
Exp. PB2012/0001.
Citación al recurso contencioso-administrativo 100/21, contra el acuerdo del Ayuntamiento de Palma de aprobación del Plan Especial de protección del Jonquet
La Regidora del Área Modelo de ciudad, Vivienda digna y Sostenibilidad, en fecha 14/04/2021, ha resuelto lo siguiente:
“Ha tenido entrada en el Ayuntamiento de Palma un escrito de la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, Sección 001, que comunica que se ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador RAFAEL AMENGUAL VAQUER, en nombre y representación de BARBARA SEGUI BOSCH, contra el acuerdo de fecha 26 de noviembre de 2020, dictado por el AYUNTAMIENTO DE PALMA aprobando el PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN DEL JONQUET. Este recurso contencioso-administrativo se sigue con el n.º de actuaciones 100/2021.
Por eso y vistos los artículos 48, 49 y 50 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, dicto la siguiente
Resolución:
Enviar en el plazo improrrogable de 20 días el expediente administrativo correspondiente a la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, con índice de documentos y debidamente foliado, lo cual supone la personación del Ayuntamiento ante la Sala de lo contencioso administrativo que conoce del recurso.
Notificar a quienes aparezcan como interesados en el mencionado expediente administrativo PB2012/0001, del Servicio jurídico-administrativo de Planeamiento, la interposición del recurso contencioso-administrativo por parte de RAFAEL AMENGUAL VAQUER, en nombre y representación de BARBARA SEGUI BOSCH, contra el acuerdo de fecha 26 de noviembre de 2020, dictado por el AYUNTAMIENTO DE PALMA aprobando el PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN DEL JONQUET, y que se sigue con el n.º 100/2021, así como esta resolución mediante la cual se acuerda enviar el expediente a la Sala de lo contencioso administrativo; y citarlos para que se puedan personar como demandados en este recurso ante la Sección 001 de la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, que se sigue con el nº 100/2021, en el plazo de 9 días, haciéndolos saber que si se personan después del plazo mencionado los tendrán como parte para los trámites no precluídos y si no se personan oportunamente continuarán los trámites del procedimiento, sin que se tengan que practicar, en estrados o de cualquier otra forma, notificaciones de ninguna clase, de acuerdo con los artículos 49 y 50 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.”
Se publica esta resolución de conformidad con el art. 45.1 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, firmado mediante firma electrónica (22 de abril de 2021)
El jefe del Departamento p.d. Decreto de Alcaldía nº 3000/2014, de 26/02/2014 (BOIB nº 30 de 4-03-2014) Jaume Horrach Font