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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 139856
Extracto de la Resolución de 20 de abril de 2021 del consejero de Medio Ambiente y Territorio de convocatoria de ayudas, mediante subvenciones públicas, para impulsar la economía social y circular, gestionar de manera sostenible los residuos turísticos y crear puestos de trabajo

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 559856

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index):

1. Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas y jurídicas, de naturaleza privada, que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de las Islas Baleares, las agrupaciones de empresas que cumplan los requisitos establecidos en el apartado 5.3 de la convocatoria y las entidades y asociaciones sin ánimo de lucro de carácter privado, con personalidad jurídica, que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de las Islas Baleares, que realicen alguna de las actuaciones previstas en el apartado 6 de la convocatoria y que cumplan los requisitos de esta convocatoria y de las bases reguladoras correspondientes.

2. Actividades subvencionables:

Se podrán subvencionar las actividades y los proyectos de gestión de residuos basados en los principios de la economía circular orientados a conseguir alguno de los objetivos indicados a continuación y que sean ejecutados en el plazo comprendido entre el 15 de mayo de 2020 y el 15 de junio de 2023:

• Favorecer modelos de economía circular- es decir, modelos que tengan como objetivo reducir tanto la entrada de materiales como la producción de residuos-, que cierren el ciclo.

• Implementar, ampliar o mejorar instalaciones, incluyendo la compra de maquinaria, para la prevención, la reparación y la preparación para la reutilización de residuos.    

• Implementar o mejorar nuevos sistemas de gestión de residuos.

Las actuaciones y proyectos subvencionables deberán incluirse dentro de alguna de las siguientes líneas de actuación: Reutilización de productos, preparación para la reutilización de residuos, compostaje y otros procesos de transformación biológica, reciclaje de residuos o proyectos de I + D + i en materia de residuos en el marco de la economía circular.

3. Bases reguladoras:

Las subvenciones objeto de esta convocatoria se rigen por la Orden de 3 de octubre del consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, de 3 de octubre de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la financiación de inversiones relativas a la prevención, la reducción y la gestión de residuos (BOIB núm. 123, de 7 de octubre de 2017).

4. Cuantía:

La cuantía destinada a esta convocatoria es de un millón trescientos mil euros (1.300.000 €). Se financiarán los tres proyectos de cada categoría que hayan obtenido una mayor puntuación atendiendo a los criterios de valoración fijados previamente en las bases reguladoras y en el apartado 12 de la convocatoria. En caso de que quede algún remanente de presupuesto a alguna línea de actuación se podrán financiar un mayor número de proyectos atendiendo al orden de prelación establecido por la puntuación obtenida.

Se financiará un máximo del 80% del coste de los gastos contemplados en el apartado 8 de la convocatoria necesarios para la ejecución del proyecto o actividad subvencionada. La financiación otorgada a cada proyecto o actuación subvencionada no podrá superar el límite máximo establecido para cada línea de actuación en el apartado 7 de la convocatoria.

5. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo para presentar las solicitudes es de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse publicado la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

6. Otros datos:

La obligación de pago se debe reconocer una vez se haya justificado la ejecución de la actividad subvencionada mediante la presentación de la cuenta justificativa y demás documentación indicada en el apartado 15 de la convocatoria y, en caso necesario después de las inspecciones correspondientes.

Se prevén hasta tres pagos parciales de la subvención antes de finalizar el plazo de ejecución establecido, con un importe máximo cada uno del 25% de la subvención total concedida para cada tipo de gastos y después de haber presentado la documentación justificativa que establece la convocatoria. Los plazos de justificación y pago parcial serán los meses de enero de 2022, junio de 2022 y enero de 2023.

 

Palma, 20 de abril de 2021

El consejero de Medio Ambiente y Territorio

Miquel Mir Gua