Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES
Núm. 137851
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores, a propuesta de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, por la que se autoriza la revocación de la cesión de uso gratuita y temporal a favor de la Sociedad Balear de Educación Ambiental (SBEA) del despacho núm. 308 del Casal Ernest Lluch situado en la calle de Rosa, 3, de Palma (Exp. SP 51/2021)
En el día de la firma electrónica, la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio ha formulado la propuesta de resolución siguiente:
Hechos
1. En fecha 10 de mayo de 2020, se agotó la cesión de uso gratuita y temporal del despacho 308, ubicado en la tercera planta del Casal Ernest Lluch, otorgada mediante la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 21 de marzo de 2016 (BOIB núm. 42, de 2-4-2016) a la Sociedad Balear de Educación Ambiental (SBEA).
2. En conformidad con la modificación de la Orden del Reglamento de organización y funcionamiento del Casal Ernest Lluch, de 10 de marzo de 2020 (BOIB núm. 56, de 14-04-2020), la cesión de los locales queda limitada a entidades sin ánimo de lucro siempre que sus fines, de acuerdo con sus estatutos, sean sociales o culturales pero siempre directamente vinculados con las competencias de la Consejería de Salud y Consumo.
3. La disposición transitoria única de la Orden de 10 de marzo dispone que las entidades que no tienen fines sociales o culturales directamente relacionados con las competencias de la Consejería de Salud y Consumo que ocupan espacios en el Casal pueden continuar disfrutándolo hasta la fecha que acabe la cesión.
4. Dada la circunstancia especial del estado de alarma declarado por la situación provocada por la COVID-19, se retrasó el inicio de la revocación. En fecha 3 de julio de 2020, se comunicó a la entidad.
5. En fecha 23 de julio de 2020, la entidad presentó un escrito de alegaciones. Una vez revisado el escrito se hace manifiesto que, si bien sus fines estatutarios están indirectamente vinculados con las competencias de la Consejería de Salud y Consumo, no lo están directamente tal como exige el artículo dos de la Orden de la consejera de Salud y Consumo de 10 de marzo de 2020 de modificación de la Orden del consejero de Salud de 12 de junio de 2014 que rige el Reglamento de organización y funcionamiento del Casal Ernest Lluch para poder continuar con la cesión del local. El 28 de agosto de 2020 se comunica por correo electrónico a la entidad.
6. En fecha 1 de diciembre, se firmó el acta de entrega y recepción en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears del despacho 308 del Casal Ernest Lluch y se devolvieron las llaves.
7. En fecha 2 de febrero de 2021, la secretaria general de la Consejería de Salud y Consumo emitió informe favorable sobre la revocación.
8. El número del activo en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears es el 100000002338 – 0, con referencia catastral 9905710DD6890F0001QH, inscrito en el Registro de la Propiedad núm. 3 de Palma (folio 103, tomo 78, libro 2419, inscripción núm. 2189).
9. En fecha 11 de febrero de 2021, tuvo entrada en la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, un oficio de la secretaria general de la Consejería de Salud y Consumo, acompañado de la Resolución de la consejera de Salud y Consumo en la que se insta a la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores a iniciar el expediente de revocación de la cesión de uso gratuita y temporal del despacho 308 del Casal Ernest Lluch a la Sociedad Balear de Educación Ambiental.
10. En fecha 16 de abril de 2021, el jefe de Servicio de Patrimonio emitió informe favorable de la orden de inicio de la revocación mencionada.
11. En fecha 19 de abril de 2021, la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio dictó resolución de inicio del expediente para la revocación de la cesión de uso gratuita y temporal del despacho 308 del Casal Ernest Lluch, situado en la calle de Rosa, 3, de Palma, a la SBEA.
Fundamentos de derecho
1. Convenio firmado el 15 de mayo de 1995 de cesión por parte del Ayuntamiento de Palma en la Consejería de Salud y Consumo del inmueble situado en la calle de la Rosa 3, de Palma y del espacio situado a la calle de Can Campaner 4, de Palma.
2. Los artículos 63 y 64, por remisión de los artículos 72, 87.g), y el 88.f), incluidos en la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. Los artículos 128, 129 y 130, por remisión del artículo 142, incluidos en el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. El Decreto 8/2021, de 13 de febrero, de modificación del Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 20, de 14 de febrero).
5. El Decreto 9/2021, de 13 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el cese y el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 20, de 14 de febrero).
6. El Decreto 25/2021, de 8 de marzo, por el cual se modifica el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 33, de 9 de marzo).
7. El Decreto 14/2021, de 15 de marzo, por el cual se dispone el cese y el nombramiento de un alto cargo de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores (BOIB núm. 36, de 16 de marzo).
Propuesta de Resolución
Propongo a la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores que dicte resolución en los términos siguientes:
1. Autorizar la revocación de la cesión de uso gratuita y temporal a favor de la Sociedad Balear de Educación Ambiental del despacho núm. 308 del Casal Ernest Lluch situado en la calle de Rosa, 3, de Palma.
2. Notificar esta Resolución a las partes interesadas.
3. Anotar las características de la revocación en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse notificado y publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores a partir del día siguiente de haberse notificado y publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Palma, en el día de la firma electrónica (27 de abril de 2021)
La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores Rosario Sánchez Grau
La directora general proponente Catalina Ana Galmés Trueba