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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA

Núm. 135583
Convocatoria de las subvenciones municipales para el plan de fomento de rehabilitación de fachadas en el ámbito del conjunto histórico e inmuebles incluidos en el catálogo municipal de la ciudad de Alcúdia del año 2021

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DE CONVOCATORIA

De acuerdo con lo que se prevé en las Bases Reguladoras de las Subvenciones Municipales para el Plan de Fomento de Rehabilitación de Fachadas en el ámbito del Conjunto Histórico e inmuebles incluidos en el catálogo municipal de la Ciudad de Alcúdia del año 2021, aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento el día 06 de abril de 2021 y publicadas en el BOIB núm. 50 de día 15 de abril de 2021.

Visto que existe crédito presupuestario y que figura el documento P de Reserva de Crédito (con RC 3411), con un importe de 20.000,00 euros.

Visto el informe de fiscalización redactado por el TAE de Intervención en fecha 21 de abril de 2021 donde se informa favorablemente con observaciones.

RESUELVO:

Primero.- Aprobar la convocatoria de las Subvenciones Municipales para el Plan de Fomento de Rehabilitación de Fachadas en el ámbito del Conjunto Histórico e Inmuebles incluidos en el catálogo municipal de la Ciudad de Alcúdia del año 2021.

Segundo.- Publicar en el BOIB el extracto de la convocatoria cuyo texto se transcribe a continuación:

 

Alcúdia, en fecha de la firma (23 de abril de 2021)

La alcaldesa

Bàrbara Rebassa Bisbal

 

El secretario

Joan Seguí Serra

 

“CONVOCATORIA DE LAS SUBVENCIONES MUNICIPALES PARA EL PLAN DE FOMENTO DE REHABILITACIÓN DE FACHADAS EN EL ÁMBITO DEL CONJUNTO HISTÓRICO E INMUEBLES INCLUIDOS EN EL CATÁLOGO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALCÚDIA DEL AÑO 2021

BDNS (Identif.): 557864

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la página web del Ayuntamiento de Alcúdia.

Primero. Beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios de éstas subvenciones las personas físicas o comunidades de propietarios que sean promotores de obras de rehabilitación, que se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención y que cumplen con los requisitos y las obligaciones previstas en los art. 13 i 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones  y las previstas en las bases décima y undécima de las Bases que regulan la presente subvención.

Pueden optar a esta convocatoria las obras de rehabilitación que se lleven a cabo en los inmuebles comprendidos dentro del Conjunto histórico de la Ciudad de Alcúdia (intra-muros), los inmuebles comprendidos en el entorno de protección (nueva delimitación del Conjunto histórico de la Ciudad de Alcúdia), los edificios o edificaciones incluidas en el catálogo del patrimonio histórico y artístico del medio rural y suelo urbano de Alcúdia aprobado, y los “marges” de pared que delimitan los caminos rurales incluidos en el catálogo del patrimonio histórico y artístico del medio rural y suelo urbano de Alcúdia aprobado. Todo esto con las condiciones que regulan las Bases.

Segundo. Finalidad:

Fomento de actuaciones de adecuación, mejora, rehabilitación o conservación de las fachadas de los inmuebles emplazados en el ámbito del Conjunto Histórico de la Ciudad de Alcúdia, así como los incluidos en el Catálogo Municipal; todo con la finalidad de garantizar la colaboración entre la administración pública y los particulares para la recuperación del Patrimonio Arquitectónico de Alcúdia.

Tercero. Criterios de valoración:

Serán objeto de estas ayudas las actuaciones que se lleven a cabo dentro de los siguientes ámbitos:

  • Ámbito 1 (A1): Incluye los inmuebles comprendidos dentro del Conjunto histórico de la Ciudad de Alcúdia (intra-muros).
  • Ámbito 2 (A2): Incluye los inmuebles comprendidos en el entorno de protección, nueva delimitación del Conjunto histórico de la Ciudad de Alcúdia.
  • Ámbito 3 (A3): Los edificios incluidos en el catálogo del patrimonio histórico y artístico del medio rural y suelo urbano de Alcúdia aprobado definitivamente en fecha 29 de septiembre de 2017.
  • Ámbito 4 (A4): Los “marges” de pared que delimitan los caminos rurales incluidos en el catálogo del patrimonio histórico y artístico del medio rural y suelo urbano de Alcúdia aprobado definitivamente en fecha 29 de septiembre de 2017.

Los elementos de la fachada que podrán ser objeto de subvención son:

  • El propio paramento de la fachada
  • Las puertas, persianas y ventadas (incluso las destinadas a instalaciones de contadores o similares)
  • Cornisas y aleros
  • Canales y bajantes de aguas pluviales.
  • Fiolas, dinteles, umbrales, jambas y zócalos.
  • Eliminación del cableado de fachada.

Los “marges” que delimitan los caminos rurales que podrán ser objeto de subvención son:

  • “Marges” de pared seca

  • “Marges” de pared verda

    Quedan excluidas del ámbito de la subvención regulada por las siguientes bases:

  1. Fachadas de edificios en situación de fuera de ordenación.

  2. Las obras que impliquen la demolición de fachadas o muros.

  3. Las actuaciones que representen el vaciado estructural o derribo general del inmueble en que se pretende actuar.

  4. Fachadas de edificios en los cuales se haya iniciado, resuelto o no, un expediente de infracción urbanística.  

Además de todo esto, los inmuebles y edificaciones no podrán haber sido construidos, ni haber sufrido una rehabilitación sustancial en los últimos 30 años excepto en los casos en que se especifique otra cosa.

Cuarto. Bases reguladoras:

Bases reguladoras de las subvenciones municipales para el Plan de Fomento de Rehabilitación de Fachadas en el ámbito del conjunto histórico e inmuebles incluidos en el catálogo Municipal de la ciudad de Alcúdia del año 2021, aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento el día 06 de abril de 2021, las cuales fueron publicadas en el Boib nº50 de día 15 de abril de 2021.

https://www.caib.es/eboibfront/es/2021/11368/647606/bases-reguladoras-de-las-subvenciones-municipales-

Quinto. Consignación presupuestaria:

La subvención va a cargo de la partida núm. PA 336.781.000 de los Presupuestos Generales del Ayuntamiento de Alcúdia del ejercicio del año 2021, aprobados definitivamente el día 10 de marzo de 2021 (Boib nº39 de día 20 de marzo de 2021), con una dotación económica total de 20.000 €.

La subvención que puede conseguir cada solicitante es la cantidad equivalente al 40% del coste de la obra, excluidos impuestos, multiplicado por el coeficiente de corrección determinado en la base 13ª de las Bases, con un máximo de 8.000 €.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de las solicitudes de inclusión al Plan comienza a partir del día siguiente a la publicación de ésta convocatoria en el BOIB y finaliza el día 15 de octubre de año 2021.

Séptimo. Publicación de la convocatoria:

La convocatoria se registrará mediante el sistema general de registro o sistema intermediado. El extracto de la convocatoria se publicará en el BOIB. Una vez publicado, se incorporará a la BDNS (Base de Datos Nacional de Subvenciones) y se actualizará la información de la presente subvención.