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AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA
Núm. 133236
Aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de ocupación de vía pública de Ciutadella de Menorca (expediente 2021/004508)
El Ple del Ajuntament, en sesión extraordinaria celebrada el día 22-04-2021, en su punto 11 del orden del día, acordó la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de ocupación de vía pública de Ciutadella de Menorca en el sentido siguiente:
“PRIMERO. Aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza no fiscal número 1 reguladora de ocupación de la vía pública de Ciutadella de Menorca, y añadir una disposición adicional, con el redactado siguiente:
Disposición adicional
En situación de estado de alarma, pandemia, catástrofes o situaciones análogas reguladas por normativa de ámbito estatal o autonómico que impliquen restricciones inferiores a un 75% en la capacidad para el uso de los interiores de los locales destinados a la actividad de bar, café, cafeterías y restaurantes, y con carácter extraordinario, se modifica el punto 6 del Anexo I de la manera siguiente:
Habrá cuatro espacios ocupables con mesas, sillas y sombrillas sobre el paseo de la plaza;
Dos de los espacios ocupables estarán junto a las zonas ajardinadas de las fuentes más próximas a la casa consistorial y al CEIP Joan Benejam. Estos espacios tendrán unas dimensiones de 12 metros de longitud por 2,50 metros de anchura y estarán separados 1,50 metros del vallado de la zona ajardinada.
Los otros dos espacios ocupables estarán junto a las zonas ajardinadas de las fuentes más próximas a la calle Major des Born. Estos espacios tendrán unas dimensiones de 12 metros de longitud por 5,00 metros de anchura y estarán separados 1,50 metros del vallado de la zona ajardinada.
El máximo de ocupación por local será de 30 m².
Las ocupaciones autorizadas quedarán condicionadas al hecho de tener que dejar libre el espacio ocupado necesario para los mercadillos ambulantes municipales los días en que estos se instalen.
La iluminación de las sombrillas que se instalen deberá ser autosuficiente.
En las aceras del lado de las fachadas se seguirán los criterios técnicos establecidos para estas.
SEGUNDO: Dar al expediente la tramitación y la publicidad preceptivas, y audiencia a las asociaciones vecinales y de defensa de personas consumidoras y usuarias establecidas en el municipio, mediante exposición de este en el tablón de anuncios de este ayuntamiento y en el BOIB, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas. Así mismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de este ayuntamiento [dirección www.ajciutadella.org].
TERCERO. Si durante el plazo otorgado no se hubieran presentado reclamaciones o sugerencias, el acuerdo inicialmente adoptado, se entendería definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo expresamente.”
La Ordenanza modificada correspondiente estará expuesta al público por un periodo de 30 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), a efectos de presentación de reclamaciones por parte de las personas interesadas; todo ello, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local y el artículo 102 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears.
En el supuesto de que no se presenten reclamaciones, la Ordenanza modificada mencionada quedará aprobada de forma definitiva automáticamente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 letra c) de la Ley 7/1985, y en el artículo 102.1 letra d) de la Ley 20/2006. La Ordenanza modificada se podrá consultar en el web del Ajuntament de Ciutadella de Menorca (www.ajciutadella.org)
Ciutadella de Menorca, 26 de abril de 2021
La alcaldesa Joana Gomila Lluch