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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

PUERTOS DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 118390
Acuerdo de inicio del procedimiento de adjudicación de amarres de base de la lista 7ª en el puerto de Sant Antoni de Portmany (Ibiza)

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Texto

El Consejo de Administración de Puertos de las Illes Balears, reunido en la sesión del día 26 de noviembre de 2020, acordó lo siguiente:

Primero. Iniciar el procedimiento de adjudicación de amarres de base de la lista 7ª en el puerto de Sant Antoni de Portmany, disponibles según el anexo 2, a favor de las personas que figuran en la lista de espera actualizada del anexo 1, según su turno, teniendo en cuenta que las solicitudes no podrán ser modificadas a partir del presente acuerdo y que a los interesados que hayan presentado solicitudes genéricas se les ofrecerán todos los amarres disponibles a su vez.

Segundo. Facultar al vicepresidente de Puertos de las Illes Balears para continuar con la tramitación del presente procedimiento y realizar las adjudicaciones individuales de los amarres.

Tercero. Ordenar la publicación del presente Acuerdo en la página web de Puertos de las Illes Balears y en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).

Cuarto. Determinar que contra el presente Acuerdo, que agota la vía administrativa, podrá interponerse un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Administración de Puertos de las Illes Balears, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su recepción, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares o directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso–Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la recepción, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa.

 

Palma, 25 de febrero de 2021

El vicepresidente ejecutivo de Puertos de las Illes Balears

Xavier Ramis Otazua

Documentos adjuntos