Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS
Núm. 127749
Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos de día 20 de abril de 2021 por la que se nombra al director del ente
El Instituto de Estudios Baleáricos (en adelante, IEB) es una entidad pública empresarial de las que prevé el artículo 2.1 b de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
El artículo 2 del Decreto 48/2018, de 21 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de Estudios Baleáricos (BOIB núm. 6, de 12 de enero de 2019) dispone que el IEB se adscribe a la Consejería de Cultura, Participación y Deportes, sin perjuicio de los cambios de adscripción que pueda determinar el presidente de las Illes Balears por medio de los decretos de estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
De acuerdo con el anexo 1 del Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el IEB se adscribe a la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura.
El artículo 10 h de los Estatutos establece que el presidente del IEB puede nombrar y separar a la persona titular del cargo de director, o realizar la propuesta prevista en el artículo 16.10 de los Estatutos y, en caso de que no haya un director, ejercer las funciones atribuidas al director.
El artículo 16.1 dispone que el nombramiento y el cese deben comunicarse al Consejo de Gobierno, en el plazo máximo de siete días, y publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el plazo máximo de diez días.
Por otro lado, el artículo 21.1 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, prevé que el nombramiento y el cese de las personas titulares de la gerencia y otros órganos unipersonales de dirección de los entes del sector público instrumental autonómico, cuando no corresponden al Consejo de Gobierno, tienen que comunicarse a dicho órgano.
El artículo 9 de los Estatutos del IEB establece que su presidente, órgano unipersonal superior de dirección, es el consejero de Cultura, Participación y Deportes, hoy el consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura, en virtud del Decreto 11/2021, de 15 de febrero, antes mencionado.
Por todo esto, dicto la siguiente.
Resolución
1. Nombrar al señor Mateu Alexandre Malondra Flaquer director del Instituto de Estudios Baleáricos.
2. Comunicar esta nombramiento al Consejo de Gobierno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.5 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de acuerdo con el artículo 16.1 de los Estatutos del IEB.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 20 de abril de 2021
El presidente Miquel Company i Pons