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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 127019
Notificación de Resolución de decaimiento en su derecho al tramite a los beneficiarios de la Ayuda asociada para las explotaciones de ovino, de 31 de marzo de 2021, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de convocatoria para el año 2020 de determinadas ayudes comunitarias directas a la agricultura y la ganadería
El apartado 36.3 de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de convocatoria, para el año 2020, de determinadas ayudas comunitarias directas a la agricultura y la ganadería, especifica que las fechas de gestión y pago de estas ayudas se deberán notificar mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas .
Por todo ello se publica la resolución de decaimiento en su derecho al tramite de la Ayuda asociada para la explotaciones de ovino, que tiene la siguiente redacción:
“AYUDA ASOCIADA EXPLOTACIONES DE OVINO
Ref. 2021 R/OV DECAÍDO DERECHO AL TRÁMITE
CAMPAÑA 2020
Informe técnico sobre el decaimiento en su derecho al trámite de 4 expedientes de la Ayuda asociada para las explotaciones de ovino - Campaña 2020
Antecedentes
De los expedientes tramitados en relación con la Ayuda asociada para las explotaciones de ovino - campaña 2020, 4 solicitantes han resultado desfavorables para el pago de la ayuda, por los motivos que figuran en la relación de productores que se adjunta.
Fundamentos de derecho
Reglamento (UE) 1306/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) 352/78, (CE) 165 / 94, (CE) 2799/98, (CE) 814/2000, (CE) 1290/2005 y (CE) 485/2008 del Consejo.
Reglamento (UE) 1307/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y por que se derogan los Reglamentos (CE) 637/2008 y (CE) 73/2009 del Consejo.
Reglamento Delegado (UE) 639/2014, de la Comisión, de 11 de marzo, que completa el Reglamento (UE) 1307/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y que modifica el anexo X de este Reglamento.
Reglamento Delegado (UE) 640/2014, de la Comisión, de 11 de marzo, por el que se completa el Reglamento (UE) 1306/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, con respecto al sistema integrado de gestión y control ya las condiciones sobre la denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural y a la condicionalidad.
Reglamento de Ejecución (UE) 641/2014, de la Comisión, de 16 de junio, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 1307/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común.
Reglamento de Ejecución (UE) 809/2014, de la Comisión, de 17 de julio, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 1306/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, con respecto al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.
Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas
Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura ya la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como también sobre la gestión y control de los pagos directos y los pagos el desarrollo rural.
Decreto 64/2005, de 10 de junio, de creación del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) modificado por el Decreto 7/2009, de 6 de febrero
Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone que la ejecución de la política de mejora y fomento de los sectores agrario y pesquero sea asumida por parte del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares.
Decreto 65/2007 de 25 de mayo, de constitución, organización y funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en la comunidad autónoma de las Islas Baleares.
Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de convocatoria, para el año 2020, de determinadas ayudas comunitarias directas a la agricultura y la ganadería.
Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Conclusión
Informo desfavorablemente sobre la concesión de la Ayuda asociada para las explotaciones de ovino - campaña 2020 a 4 solicitantes, por los motivos que figuran en la relación de productores que se adjunta.
Palma,
Informe técnico |
El Jefe de la Sección B (Ganadería) del Servicio de Ayudes Directas |
Miquel Rosselló Ledin |
Propuesta de Resolución que se convierte en Resolución de decaimiento en su derecho al trámite de 4 expedientes de la Ayuda asociada para las explotaciones de ovino - Campaña 2020
De acuerdo con el informe desfavorable de la Sección B (Ganadería) del Servicio de Ayudas Directas PAC.
Se propone
1. Que por parte del vicepresidente del FOGAIBA en materia de Agricultura se dicte Resolución de decaimiento en su derecho al trámite de la Ayuda asociada para las explotaciones de ovino - campaña 2020 a 4 solicitantes, por los motivos que figuran en la relación de productores que se adjunta.
2. Que se notifique la presente Resolución a los interesados mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución - que no agota la vía administrativa - se podrá interponerse recurso de alzada ante la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 , de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Palma,
Conforme con el informe, propongo resolución |
Conforme con la propuesta, dicto resolución |
El Jefe de Servicio de Ayudes Directas de la PAC |
El Vicepresidente del FOGAIBA en materia de Agricultura |
Juan Ramis Ripoll |
Fernando Fernández Such |
Relación de productores objecto de la resolución:
|
Productor |
Expediente |
DNI/CIF |
Municipio |
Motivo de resolución |
1 |
AGROCOLL PASTOR S.A.T. 9120 |
04005006 |
****2234* |
VALLDEMOSSA |
304 |
2 |
CANALS PRATS, DAMIAN ANTONIO SALV |
04005408 |
***8615** |
INCA |
304 |
3 |
ESTEVA LLITERES, BARTOLOME |
04004847 |
***7933** |
CAPDEPERA |
304 |
4 |
SERVERA BLANES, MIQUEL |
04002415 |
***9317** |
SON SERVERA |
304 |
Leyenda, Motivos de resolución:
304 No se ha podido comprobar el cumplimiento de la normativa de identificación i registro del ganado ovino i caprino.”
Contra esta resolución - que no agota la vía administrativa - se podrá interponerse recurso de alzada ante la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 , de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.”
Palma, 14 de abril de 2021
El vicepresidente del FOGAIBA en materia de agricultura
Fernando Fernández Such