Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 120303
Notificación de Resolución de cambio de titularidad a los beneficiarios de las ayudas, exp. 392 de fecha 13 de abril de 2021, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 13 de noviembre de 2015 por la que se convocan subvenciones para inversiones no productivas vinculadas a la realización de los compromisos agroambientales y clima, para los años 2015 a 2019
El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 13 de noviembre de 2015 por la que se convocan, subvenciones para las Inversiones no productivas vinculadas a la realización de los compromisos agroambientales y clima, correspondientes a los años 2015-2019, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente en materia agreria del FOGAIBA, con fecha 13 de abril de 2021, firmó la siguiente resolución,
"INFORME PROPUESTA DE RESOLUCIÓN / RESOLUCIÓN DE CAMBIO DE TITULARIDAD
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020 Medida 4.4- Inversiones no productivas vinculadas a la realización de los compromisos agroambientales y clima Convocatoria: IMIT 2015_1
Antecedentes
1.Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 13 de noviembre de 2015 por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambient y clima.
2.El 29 de agosto de 2016, el vicepresidente del FOGAIBA dictó Resolución de concesión de ayuda al beneficiario CORPORACIÓN ROSSELLO CASTELL SA, del expediente IMIT2015_1/392, por un importe de 11.999,91 euros, relativa a la línea de ayuda "Inversiones en las explotaciones agrarias". Comunicado el 10 de septiembre de 2016 en el BOIB nº115. Pagado el 25 de agosto del 2017.
3.Con fecha 15 de febrero de 2021, Cristóbal Roselló Perelló, con DNI***9152**, en representación de Corporación Rosselló Castell SA, con NIF A07406325, así como de Son Mesquidassa SA, con NIF A07319932, presentó en registro electrónico número L95E2290/2021 una solicitud de subrogación, por parte de Son Mesquidassa SA, de las ayudas, entre las que está el expediente de IMIT antes mencionado y manifestando que cumple todos los requisitos y asume todos los compromisos contraídos por Corporación Rosselló Castell SA en relación a las ayudas concedidas.
4.El gestor del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural, de acuerdo con la normativa reguladora y la documentación aportada por el solicitante ha comprobado que este cumple todos los requisitos exigidos en el apartado tercero de la Resolución de la convocatoria para poder ser beneficiario de las ayudas y que se puede aceptar la subrogación en todos los derechos y obligaciones con respecto al expediente de IMIT mencionado.
5.Conforme con lo dispuesto en el artículo 47.2 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 relativo a la ayuda al Desarrollo Rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, cuando durante el periodo de ejecución de un compromiso contraído como condición para la concesión de una ayuda, se transfiera total o parcialmente la explotación afectada a otra persona, el compromiso, o la parte del mismo que corresponda a la tierra transferida podrá ser asumido por esta persona durante la parte restante de este período o caducar, sin que se exija ningún reembolso por el período durante el cual el compromiso fuera efectivo.
6. Por todo ello, se propone la aceptación del cambio de titularidad, con el compromiso de mantener las obligaciones y compromisos restantes respecto del expediente de ayuda Inversiones no productivas, IMIT2015_1/392.
Fundamentos de derecho
1. La ayuda se ha solicitado al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 13 de noviembre de 2015 por la que se convocan, para los años 2015 2019, subvenciones para inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima. Esta Resolución, en su apartado tercero punto 1, dispone que podrán ser beneficiarios de las ayudas todas aquellas personas físicas o jurídicas o agrupaciones sin personalidad jurídica, que lleven a cabo las actuaciones mencionadas en el apartado cuarto de esta Resolución y, que en el momento de la propuesta de resolución, cumplan uno de los siguientes requisitos:
a) Que sean propietarios de la parcela donde se quieren llevar a cabo las inversiones.
b) Que sean titulares de una explotación agraria en la que se ubiquen las parcelas donde se quieren llevar a cabo las inversiones.
Las parcelas deberán formar parte de una explotación agraria inscrita en el Registro Interinsular Agrario (RIA), antes de dictarse la propuesta de resolución.
2. El apartado undécimo de la Resolución de convocatoria, de "cesión y traspaso de la explotación", permite la cesión de una explotación en los términos y condiciones detallados en el citado apartado.
3. La posibilidad de subrogación o sustitución del interesado en el procedimiento administrativo está prevista en el artículo 4.3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: "cuando la condición de Interesado derivase de alguna relación jurídica transmisible, el derecho-habiente sucederá en tal condición cualquiera que sea el estado del procedimiento". Por este motivo, a excepción de los casos de relaciones jurídicas de carácter personal, en derecho administrativo admite la sucesión tan por transmisión "inter vivos" como "mortis causa" siempre que se trate de una situación jurídica transmisible.
4. El Decreto 64/2005, de 10 de junio, de creación del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA). Vista la Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone que el FOGAIBA asume la ejecución de la política de la Consejería de Agricultura y Pesca referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero a partir del 1 de enero de 2006.
5.Ley 39/2015, de 1 de octubre , del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Propuesta de resolución de modificación
De acuerdo con la normativa reguladora y la documentación aportada por los solicitantes, se ha comprobado que cumplen con los requisitos exigidos para poder ser beneficiarios de esta ayuda y que se pueden aceptar las subrogaciones en todos los derechos y obligaciones.
Por todo ello, se informa FAVORABLEMENTE del cambio de titular, y se propone al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:
1.Aprobar el cambio de titular del expediente de la línea de ayudas de Inversiones no productivas siguientes a favor de:
IMIT 2015_1/392 SON MESQUIDASSA S.A. con CIF A07319932., que asumen formalmente los compromisos adquiridos por los anteriores beneficiarios de la ayuda.
2. Notificar la resolución al interesado.
3. Contra esta Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con lo establece en el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de
Palma, 26 de marzo de 2021
La Jefa de la Sección I María Ángeles Pérez Ribas |
El Jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural Isidro Cañellas Simonet |
Conforme con la propuesta, dicto resolución
Palma, 13 de abril de 2021 |
El vicepresidente del FOGAIBA |
Fernando Fernández Such” |
ANEXO. RELACIÓN DE SOLICITUD DE CAMBIO DE TITULARIDAD ACEPTADA
Tabla 1
Solicitante |
NIF |
Fecha comunicación cambio titular |
Nuevo titular del expediente |
NIF |
CORPORACION ROSSELLO CASTELLS SA |
A07406325 |
15/02/2021 |
SON MESQUIDASSA SA |
A07319932 |
Tabla 2
Expediente |
Fecha concesión |
Nº BOIB |
Fecha BOIB |
Importe concedido |
Fecha pago |
IMIT2015_1/392 |
29/08/2016 |
115 |
10/9/2016 |
11.999,91 € |
25/08/2017 |
Palma, 14 de abril de 2021
El director gerente del FOGAIBA
Mateu Morro Marcé