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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 120226
Resolución de aprobación de convocatoria de comisión de servicios

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

GERENCIA/DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS

RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DE CONVOCATORIA DE COMISIÓN DE SERVICIOS

CS1                                                                                          CONVOCATORIA: CS29/2021

1. DATOS DE LA PROPUESTA INICIAL

Fecha             Órgano                                                                                                                                      Expediente

17/04/21         IMAS/GERÉNCIA                                                                                                                     211077343046689

2. NORMATIVA REGULADORA DE LA COMISIÓN DE SERVICIOS

1.El artículo 82 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en el cual se regula la ocupación de puestos de trabajo en comisión de servicios.

2. La Instrucción 1/2021, del presidente del IMAS, de 29 de enero, de establecimiento de los criterios generales para la ocupación temporal de puestos de trabajo del IMAS por medio de comisiones de servicio.

Por ello, y al amparo de la competencia que me atribuye el artículo 7.17 de los Estatutos del Institut Mallorquí d'Afers Socials, aprobados por

Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca de día 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019).

3. RESOLUCIÓN

I.APROBAR LA CONVOCATÓRIA DE COMISIÓN DE SERVICIOS DE CARÁCTER VOLUNTARIO POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO SIGUIENTES:

PUESTO 1

IMAS/GERÉNCIA

SERVICIO JURÍDICO ADMINISTRATIVO

Puesto de trabajo              F005200006-1 JEFE DE SERVICIO

Destinación                      PALMA       NL: 1       TL: S      CD: 28      CE: 51      FP: L      Adm: A3        Gr.: A1       TH: 7

Escala                              AG-TÉCNICA-TÉCNICO-A SUPERIOR/--

                                        AE-TÉCNICA-TÉCNICO-A SUPERIOR/--

Requisitos                        LICENCIADO EN DERECHO

Catalán                            C1                                                                                       Observaciones

*Podeis consultar las características del puesto de trabajo en el Portal del Personal en el apartado de Relación de puestos de trabajo.

Funciones del puesto de trabajo

a) Dirigir el servicio y supervisar la planificación de la carga de trabajo.

b) Coordinar el servicio con otras unidades administrativas en todas las actuaciones que tengan un contenido jurídico.

c) Dirigir la coordinación del IMAS con otras administraciones y con el Consell de Mallorca.

d) Realizar el asesoramiento legal.

e) Supervisar la preparación de expedientes que deben ser tramitados y/o aprobados por los órganos del Consell de Mallorca.

f) Dirigir y coordinar la contratación administrativa de todas las unidades administrativas.

g) Dirigir y coordinar el registro General del IMAS.

h) Preparar la normativa propia y participar en la elaboración de normativa general.

i) Dirigir, organizar y evaluar de manera contínua los recursos del servicio, procurando la consecución de su misión y objetivos de manera eficaz en orden a los principios de legalidad, agilidad administrativa y transparencia.

j) Cualquier otra que le sea encomendada por el superior jerárquico de entre los que corresponden a la escala, subescala, clase, especialidad o categoría de adscripción.

II. APROBAR EL ANEXO 1 DE LA MENCIONADA CONVOCATORIA.

III. PUBLICAR ESTA RESOLUCIÓN Y SU ANEXO EN EL TABLÓN DE EDICTOS DEL IMAS, EN EL RESTO DE SUS CENTROS, EN EL PORTAL DEL PERSONAL DEL IMAS, EN LA SEDE ELECTRÓNICA DEL CONSELL INSULAR DE MALLORCA, EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES Y UN ANUNCIO EN EL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica del documento (19 de abril de 2021)

El consejero de Derechos Sociales y Presidente del IMAS Javier De Juan Martín

 

ANEXO 1                 CS-29/2021

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

A esta convocatoria se puede presentar el personal funcionario de carrera del IMAS, del Consell de Mallorca, de otras administraciones locales y administraciones autonómicas que reúna los requisitos exigidos referentes a grupo, Escala, Subescala, clase, especialidad, conocimientos de lengua catalana y otros requisitos del puesto de trabajo, especificados en la convocatoria.

2. EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

a) El plazo para presentar solicitudes empieza el día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y finaliza en el plazo de siete días hábiles a partir del día siguiente de haberse publicado el anuncio de la convocatoria en el BOE.

b) Las solicitudes se ajustarán al modelo que se recoge en el anexo de esta convocatoria.

c) La solicitud se presentará en el Registro General del IMAS y se acompañará el Curriculum-vitae y la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos, mediante los documentos originales o fotocopia compulsada, salvo que estén inscritos en el Registro de Personal del IMAS. También se puede presentar en cualquier de las formas previstas en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

d) No se tomarán en consideración las solicitudes de los aspirantes que no reúnan los requisitos exigidos para acceder al puesto de trabajo solicitado.

e) La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos alegados por los aspirantes será el día que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

3.FORMA DE ACREDITAR

Acreditación de requisito: A la solicitud se acompañarán originales o fotocopias compulsadas de los documentos acreditativos de la titulación o titulaciones y los demás requisitos que se exigen en las bases de la convocatoria.

4.DURACIÓN

La duración inicial de esta comisión es de doce meses, prorrogable a instancia del órgano correspondiente.

Documentos adjuntos