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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA

Núm. 116106
Aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de los horarios de los establecimientos de oferta turística complementaria, espectáculos públicos y actividades recreativas del municipio de Ciutadella de Menorca (expediente 2021/003143).

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Ple del Ajuntament, en sesión extraordinaria telemática celebrada el día 18-03-2021, en su punto 6 del orden del día, acordó la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de los horarios de los establecimientos de oferta turística complementaria, espectáculos públicos y actividades recreativas del municipio de Ciutadella de Menorca en el sentido siguiente:

«1. Añadir al artículo 3 el punto 3.7, que quedará redactado de la manera siguiente: se añade un nuevo punto en el artículo 3, con el redactado siguiente:

"3.7. En el supuesto que, por declaración de estado de alarma u otras circunstancias, la administración competente decrete el cierre de los interiores de los locales del grupo B que dispongan de autorización para avanzar su horario de apertura para servir desayunos y no realizan ninguna otra actividad no englobada dentro de este grupo, estos podrán avanzar el horario de apertura de las terrazas una hora, y se deberá realizar el servicio sin ningún tipo de actividad o ambientación musical."

2. Sustituir en todos los artículos el texto “Ley 16/2006, de 17 de octubre, de régimen jurídico de las licencias integradas de actividad de las Illes Balears” por “Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears”, concretamente en los artículos 6.4.1, 6.4.2 y 7.1.

3. Adaptar el procedimiento sancionador previsto en la Ordenanza conforme a lo estipulado en la “Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears”, de acuerdo con el redactado adjunto a la propuesta.

4. Sustituir en el artículo 8.4 de la Ordenanza la referencia a la "Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común" por "Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas".

La Ordenanza modificada correspondiente estará expuesta al público por un periodo de 30 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), a efectos de presentación de reclamaciones por parte de las personas interesadas; todo ello, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local y el artículo 102 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears.

En el supuesto de que no se presenten reclamaciones, la Ordenanza modificada mencionada quedará aprobada de forma definitiva automáticamente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 letra c) de la Ley 7/1985, y en el artículo 102.1 letra d) de la Ley 20/2006. La Ordenanza modificada se podrá consultar en el web del Ajuntament de Ciutadella de Menorca (www.ajciutadella.org)

 

Ciutadella de Menorca, 16 de abril de 2021

La alcaldesa

Joana Gomila Lluch