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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 114628
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 15 de abril de 2021 por la que se revoca la autorización del Centro de Educación Infantil Privado de primer ciclo Nit i Dia, de Palma

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Texto

Hechos

1. Mediante una resolución del consejero de Educación y Cultura de 13 de abril de 2010 (BOIB núm. 62 de 24 de abril) se autorizó la apertura y el funcionamiento del centro de educación infantil privado de primer ciclo Nit i Dia, de Palma .             

2. El 6 de septiembre de 2018 (NRE L13E 50871/2018), la señora Elena Rodríguez Bermejo, como representante del centro, solicitó el cambio de la denominación específica del centro, de Nit i Dia a Mar i Cel.

3. El 23 de octubre de 2018, desde la Sección de Autorizaciones y Registro de Centros se requirió a la señora Elena Rodríguez Bermejo como nueva titular del centro, que debía acreditar el cambio de titularidad para poder solicitar un cambio de denominación en el centro. También se le solicitó que presentara las titulaciones del profesorado que tenía en aquel momento.             

4. El 24 de octubre de 2018, la señora Elena Rodríguez Bermejo, presentó las copias simples del traspaso del centro Nit i Dia, donde aparece como administradora de la sociedad Mery s Escoleta SL

5. El 24 de enero de 2019, la señora Elena Rodríguez Bermejo presentó un escrito donde solicitaba el cese de la autorización como centro autorizar de educación infantil de primer ciclo, dado que no podía cumplir con el requerimiento de las titulaciones necesarias del profesorado .             

6. El 18 de marzo de 2019, se fijó un trámite de audiencia en el cual se daba un plazo de diez días hábiles a la entidad interesada para presentar las alegaciones que considerara oportunas. No consta que la entidad interesada en formulase ninguna alegación en el plazo de trámite de audiencia otorgado.             

7. El 9 de diciembre de 2020, el Departamento de Inspección educativa informa que el centro CEI Nit i Dia está cerrado y que en su lugar se encuentra un centro de formación que se dedica a refuerzo y informática.

8. El 12 de abril de 20 21 la jefe del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la revocación de la autorización del centro privado de educación infantil de primer ciclo Nit i Dia, de Palma, visto expediente.             

Fundamentos de derecho

1. El Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero, el cual establece, en el artículo 16.2, que la extinción de la autorización se puede declarar de oficio.

2. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, el cual hace referencia, en la disposición transitoria cuarta, a la normativa de materias transferidas.

3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha 13 de abril de 2021, dicto la siguiente

Resolución

1. Revocar la autorización de apertura y funcionamiento del centro privado de educación infantil de primer ciclo Nit i Dia, de Palma , con el código de centro 07014193 .             

2. Notificar esta Resolución a los interesados, de conformidad con lo establecido en los puntos 1 y 2 del artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.             

3. Comunicar esta Resolución al Departamento de Inspección Educativa y el Instituto para la Educación de la Primera Infancia (IEPI) de la Consejería de Educación, y Formación Profesional, para su conocimiento.             

4. Ordenar la inscripción de en la Resolución en el Registro de Centros  Docentes.             

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.          

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de su publicación en el BOIB, según lo establecido en los artículos 30.4 y 41.7 y de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se  puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Palma, 15 de abril de 2021

El consejero de Educación y Formación Profesional Martí X. March i Cerdà