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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 113758
Resolución del presidente del IMAS del 8 de octubre de 2020 de rectificación de error material de la «Resolución del expediente de otorgamiento de las ayudas económicas individuales para personas mayores del Instituto mallorquín de Asuntos Sociales para el año 2018 » dictada por el presidente del IMAS el 27 de diciembre de 2019

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Texto

Antecedentes

1. El 27 de diciembre de 2019 el presidente del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) aprovechó el otorgamiento y denegación de las ayudas económicas individuales a personas mayores del IMAS para el año 2018.

Sin embargo, tanto en el título de la resolución, como después en el título correspondiente a su publicación en el BOIB (nº 1, de 2 de enero de 2020), es transcribía por error «Resolución del expediente de otorgamiento de las ayudas económicas individuales para personas mayores del Instituto mallorquín de Asuntos Sociales para el año 2018».

2. En el acta de la reunión de la Comisión Evaluadora de día 21 de noviembre de 2019 y al informe técnico en fecha 21 de diciembre de 2019 emitido por la jefa del Servicio de Mayores con el visto bueno de la directora insular de Gente gran de acuerdo es propone otorgar parcialmente las ayudas por los conceptos, personas e importaciones que se detallan en los anexos correspondientes.

4. En la resolución del presidente del IMAS de fecha 27 de diciembre de 2019 (con su rectificación del 9 de enero de 2020) se resolvió otorgar parcialmente las ayudas individuales a personas mayores. Sin embargo, y mediante la publicación de esta resolución en el BOIB número 1 de 2 de enero de 2020, el Área de Mayores anunciaron errores materiales en los expedientes:

- 0124M / 2018: para que se otorgó por el concepto de prótesis dental y por un importe de 875,00 €. Sin embargo, lo que correspondía era por el concepto de práctica auditiva y por un importe de 1.500,00 €.

- 0250M / 2018: se denegó la solicitud de audífono derecho, para no superar el baremo de renta per cápita de la unidad de convivencia, por importación de 6.192,00 €. Sin embargo, comprobado por el órgano instructor de los expediente, se verificó que el solicitante no superaba el baremo, y si le correspondía el otorgamiento de la ayuda para audífono derecho por un importe de 1.6192,0 €.

Fundamentos de derecho

1. Dado lo previsto sobre rectificación de errores materiales del arte. 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2. El órgano competente para resolver es la Presidencia del IMAS en virtud del artículo 7.2. apartado 7 de los Estatutos del IMAS (BOIB núm. 67 de 18 de mayo de 2019), y dado el Decreto de la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca por el que se nombra al consejero ejecutivo de Derechos Sociales (BOIB núm. 92 de 9 de julio de 2019), el cual de acuerdo con el artículo 7.1 de los Estatutos del IMAS, ejercerá también el cargo de presidente del IMAS.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. APROBAR la rectificación del error material observado en la resolución de fecha 27 de diciembre de 2019 (BOIB núm. 1 de 2 de enero de 2020) en virtud de la cual se aprueba el otorgamiento de las ayudas económicas individuales a personas mayores del IMAS para el año 2018, a fin de que:

donde dice:

«... Resolución del expediente de otorgamiento de las ayudas económicas individuales a personas a personas mayores del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales para el año 2019 ....»

debe decir:

«... Resolución del expediente de otorgamiento de las ayudas económicas individuales a personas a personas mayores del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales para el año 2018 ....»

donde dice:

« ...

Expedient

Nom i llinatges titular

Concessió

Concepte sol·licitat

Import inicial

Import definitiu

Import sol·licitat

0124M/2018

Barbara Arbona Colom

concedit

Pròtesi dental

875

875

1600

.... »

ha de dir:

« ...

Expedient

Nom i llinatges titular

Concessió

Concepte sol·licitat

Import inicial

Import definitiu

Import sol·licitat

0124M/2018

Barbara Arbona Colom

concedit

Pròtesi dental

875

875

1600

.... »

donde dice:

PROPUESTAS DE AYUDAS DENEGADAS

« ...

Expedient

Nom i llinatges titular

Concessió

Concepte sol·licitat

Motiu denegació

Import sol·licitat

0250M/2018

Jaime Arrom Llabrés

denegat

Audiòfon dret

Per superar el barem de renda per capita de la unitat de convivència

6192,96

.... »

debe decir:

PROPUESTAS DE AYUDAS CONCEDIDAS

« ...

Expedient

Nom i llinatges titular

Concessió

Concepte sol·licitat

Import inicial

Import definitiu

Import sol·licitat

0250M/2018

Jaime Arrom Llabrés

concedit

Audiòfon dret

1500

1500

6192,96

.... »

2. NOTIFICAR esta resolución a la Intervención Delegada, el Servicio de Gestión Económica, a la cabeza de Servicio de Mayores.

3. ORDENAR la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, 12 de abril de 2021

El consejero de Derechos Sociales y Presidente del IMAS ​​​​​​​Javier de Juan Martín