Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

FUNDACIÓN MALLORCA TURISMO

Núm. 113694
Resolución de pago al primer grupo de beneficiarios de la II Convocatoria de ayudas para paliar los efectos de la Covid-19 al sector de los gimnasios y escuelas de danza de Mallorca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS: 553911

Antecedentes

1. El día 12 de febrero de 2021, el Consejo de Gobierno de las Islas Baleares adoptó un Acuerdo por<A[por|para]> el cual se establecen los niveles de alerta sanitaria por islas que estarán vigentes a la comunidad autónoma de las Islas Baleares, se modifican medidas del Plan<A[Plan|Plano]> de Medidas excepcionales de Prevención, Contención y Coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 y se prorroga la aplicación de medidas excepcionales de prevención del contagio de la Covid-19 aplicables temporalmente en Mallorca, Ibiza y Formentera (BOIB nº. 19 de 13 de febrero de 2021).

2. El día 17 de marzo de 2021 el director de la Fundación Mallorca Turismo dictó Resolución por<A[por|para]> la cual aprobó la II convocatoria extraordinaria de ayudas para paliar los efectos de la Covid-19 en el sector de los gimnasios y escuelas de danza de Mallorca, con un presupuesto de 750.000,00 €, (extracto publicado en el BOIB nº. 39 de 20 de marzo de 2021).

3. El día 15 de abril de 2021, la técnica jurídica de la Fundación Mallorca Turismo, como instructora del presente expediente, emitió informe sobre el resultado de la valoración de las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios establecidos a la convocatoria, y que cumplen todos los requisitos.

4. El día 15 de abril de 2021, el director de la Fundación Mallorca Turismo informa de que los beneficiarios propuestos cumplen los requisitos establecidos a la convocatoria para poder acceder a las subvenciones.

5. El día 15 de abril de 2021 se emite informe jurídico sobre la propuesta de resolución de concesión de las ayudas.

6. En el presupuesto de gastos de la Fundación Mallorca Turismo hay crédito adecuado y suficiente para atender el gasto que se deriva de la presente convocatoria, por un importe de 750.000,00 €.

Fundamentos<A[Fundamentos|Cimientos]> de derecho

1. De acuerdo con el artículo 6 de los Estatutos de la Fundación Mallorca Turismo son finalidades de la Fundación, entre otros, impulsar la reactivación de la economía de Mallorca mediante el otorgamiento de las ayudas o subvenciones en distintos sectores con el fin de conseguir la recuperación económica de la isla.

2.  De acuerdo con el artículo 16 de los Estatutos de la Fundación Mallorca Turismo son atribuciones de la dirección gestionar y ejecutar los planes<A[planes|planos]> y los programas que aprueba el Patronato y formalizar y aprobar toda clase de actos y contratos (BOIB nº. 24, de 23 de febrero de 2019).

3. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por<A[por|para]> el cual se aprueba el reglamento de la Ley general de subvenciones.

4. La Ordenanza general de subvenciones del Consejo insular de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017), modificada por el Pleno del Consejo de Mallorca en sesión de día 14 de junio de 2018 (BOIB nº. 96, de 4 de agosto).

5. El Plan Estratégico de Subvenciones del Consejo de Mallorca aprobado por Acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 30 de diciembre de 2020 y modificado, entre otros, por Acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 17 de marzo de 2021.

6. La Ley 2/2020, de 15 de octubre, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la Covid 19 (BOIB nº. 180, de 20 de octubre).

7. El Convenio de colaboración entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y el Consejo Insular de Mallorca para conceder ayudas dirigidas a paliar las consecuencias de las restricciones motivadas por la crisis sanitaria de la Covid-19 en los sectores económicos de la restauración y otros firmado en fecha 29 de enero de 2021, aprobado por el Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca en sesión celebrada en la misma fecha.

8. El artículo 10 del Decreto de la presidencia del Consejo Insular de Mallorca de 9 de julio de de 2019 , por<A[por|para]> el cual se determina la organización del Consejo Insular de Mallorca y las modificaciones posteriores, establece que la Fundación Mallorca Turismo queda adscrita en el Departamento de Turismo y Deportes (BOIB nº. 99, de 18 de julio).

Por todo eso,

Dicto la siguiente Resolución:

1. CONCEDER las ayudas a los beneficiarios y por los importes que se especifican en el anexo 1.

2. DENEGAR las ayudas a los solicitantes y por los motivos que se especifican en el anexo 2.

3. PUBLICAR esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y que se comunique en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

4. INFORMAR a los interesados de que contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante<A[ante|delante de]> el presidente del Patronato de la Fundación Mallorca Turismo, en el plazo de un mes,  a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de concesión en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra la desestimación presunta, por silencio, del recurso de alzada se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo que corresponda en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente de la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, se puede interponer, si considera, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contenciosa administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

  

Palma, 15 de abril de 2021

El director de la Fundación Mallorca Turismo

Miguel Pastor Jordà

  

ANEXO 1

Relación de beneficiarios:

NIF

 IMPORTE

43142074P

     1.500,00 €

18232904E

     1.500,00 €

B07838808

     1.500,00 €

B07452410

     1.500,00 €

46687994H

     1.500,00 €

43088678H

     1.500,00 €

B57741258

     1.500,00 €

B16587255

     1.500,00 €

G07743198

     1.500,00 €

G57875288

     1.500,00 €

G57673717

     1.500,00 €

B57561615

     3.000,00 €

B57862385

     1.500,00 €

29205278Q

     3.000,00 €

B07802838

     1.500,00 €

43110575L

     1.500,00 €

G57966038

     1.500,00 €

G16613853

     3.000,00 €

43088319G

     1.500,00 €

B16611576

     1.500,00 €

B57581407

     1.500,00 €

43113068M

     1.500,00 €

G57685232

     1.500,00 €

B57004640

     3.000,00 €

B57975914

     1.500,00 €

18234552Z

     1.500,00 €

47250277C

     1.500,00 €

B57915829

     1.500,00 €

42999732J

     1.500,00 €

G07436751

     1.500,00 €

41522112M

     1.500,00 €

B16658353

     1.500,00 €

41538885B

     1.500,00 €

B57685604

     1.500,00 €

43166245Y

     1.500,00 €

43065919Y

     1.500,00 €

B07613334

     1.500,00 €

08986100T

     1.500,00 €

B57713067

     1.500,00 €

B16541641

     1.500,00 €

TOTAL

   66.000,00 €

 

ANEXO 2

Solicitudes desestimadas y motivos

Registro de entrada

Nif

Motivo

2021-E-RE-14848

34069983Z

A

2021-E-RE-14850

44983500P

A

2021-E-RE-14863

43161102S

H

2021-E-RE-14870

43150192F

I

2021-E-RE-14877

39711560J

A

2021-E-RE-14873

43141219G

A

2021-E-RE-14881

47382957J

H

2021-E-RE-14936

78208665V

A

2021-E-RE-14950

G07539950

A

2021-E-RE-14955

G57834459

A

2021-E-RE-14994

43156265P

A

2021-E-RE-15026

43134174C

A

2021-E-RE-15062

18233978S

A

2021-E-RE-15075

V57376741

A

2021-E-RE-15106

43134174C

A-I

2021-E-RE-15152

B57251860

A

2021-E-RE-15244

54628354L

A

2021-E-RE-15266

G07467285

A

2021-E-RE-14362

02201682F

C

  

Motivos

 

IAE incorrecto;  certificado censal incorrecto o sin actividad o carencia

A

Datos interesado con diferente firmante/interesado incorrecto/carencia comuners

B

No ha visto reducida su facturación en un 50% dentro del periodo de la convocatoria

C

Domicilio fiscal o social incorrecto

D

Tener deuda pendiente o no presenta certificado

E

Tener local o empresa de baja o no describir los datos del local o establecimiento

F

Falta CIF/DNI/NIE/ o integrantes de la ESPJ

G

Carencia cumplimentación solicitud (casillas declaración) o documentación ilegible

H

Solicitud duplicada

I