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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 112922
Resolución de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio por la que se autoriza la desadscripción expresa a la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción de las Illes Balears de una parte del inmueble ubicado en el entresuelo de la calle Palau Reial, 14A, de Palma (Exp. SP 77/2021)

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Texto

Antecedentes

1. El 11 de febrero de 2019, la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción de las Illes Balears, solicitó a la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas la adscripción expresa de una parte del inmueble ubicado en el entresuelo de la calle Palau Reial, 14A, de Palma.

2. Las referencias del inmueble son las siguientes:

- Parte del entresuelo de la calle Palau Reial, 14A, de Palma:

Activo fijo terrenos: 100000012641-0

Activo fijo construcciones: 100000012640-0

Referencia catastral: 9801508DD6890B0003GT

Registro de Palma Nº3, sección I, tomo 5976, folio 224, finca 23577

IDUFIR 07025000954439

3. El 15 de enero de 2020 la Oficina se trasladó a otras dependencias, concretamente a un inmueble alquilado ubicado en calle Alfons el Magnànim, 29, 2º-1ª.

4. Con la intención de regularizar el traslado, el 12 de abril de 2021 el director de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción de las Illes Balears envió un correo electrónico a la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio solicitando la desadscripción del inmueble ubicado en calle Palau Reial, 14A, de Palma.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 24 y 88 c de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 49, de 24 de abril).

2. Los artículos 28, 29, 154 y 156 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 192, de 24 de diciembre).

3. El Decreto 8/2021, de 13 de febrero, de modificación del Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 20, de 14 de febrero).

4. El Decreto 9/2021, de 13 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 20, de 14 de febrero).

5. El Decreto 25/2021, de 8 de marzo, por el que se modifica el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 33, de 9 de marzo).

6. El Decreto 14/2021, de 15 de marzo, por el que se dispone el cese y el nombramiento de un alto cargo de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores (BOIB núm. 36, de 16 de marzo).

En virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 88 de la Ley 6/2001, de 11 de abril, dicto la siguiente:

Resolución

1. Autorizar la desadscripción expresa a la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción de las Illes Balears de una parte del inmueble ubicado (tres habitáculos y un aseo con una superficie aproximada de 40m²) en el entresuelo de la calle Palau Reial, 14A, de Palma. Los datos registrales se detallan a continuación:

- Parte del entresuelo de la calle Palau Reial, 14A de Palma:

Activo fijo terrenos: 100000012641-0

Activo fijo construcciones: 100000012640-0

Referencia catastral: 9801508DD6890B0003GT

Registro de Palma Nº3, sección I, tomo 5976, folio 224, finca 23577

IDUFIR 07025000954439

2. Notificar esta Resolución a las partes interesadas.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

4. Anotar el contenido de esta Resolución en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse notificado y publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo , de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haberse notificado y publicado la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en el día de la firma electrónica (15 de abril del 2021)

La directora general Catalina Ana Galmés Trueba