Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
FUNDACIÓN MALLORCA TURISMO
Núm. 111430
Resolución del director de la Fundació Mallorca Turisme mediante la que se establecen las condiciones para la suscripción de convenios de colaboración en los mercados de Alemania, Suiza y Austria, mediante los productos siguientes: Familiar, Deportivo-clicloturismo, Deportivo-golf, Cultura-gastronomía, Citybreaks-premium, Deportivo-activo y Familiar durante el año 2021
Hechos
1. El artículo 6 de los estatutos de la Fundació Mallorca Turisme establece que la finalidad de la Fundación es la de fomentar la promoción turística de Mallorca en los mercados nacional e internacional, la creación de producto, la gestión de los servicios turísticos en general y cualquier otra actividad que tenga por objeto promover el turismo de la isla.
2. El Plan de actuación de la Fundació para el año 2021, establece, entre otros la realización de acciones de co-marketing con el fin de continuar con la colaboración público-privada, basada en diferentes inserciones publicitarias a distintas plataformas online, a televisión y a medios escritos.
3. En fecha 16 de noviembre de 2020 el Patronato de la Fundació Mallorca Turisme aprobó el mencionado Plan de actuación y el presupuesto de la Fundación para la anualidad 2021 donde incluye una partida para realizar co-marketing.
4. La voluntad de la Fundació Mallorca Turisme es la realización de una convocatoria para formalizar convenios de colaboración con el sector, a través de comercializadores e intermediarios turísticos con el fin de obtener una mayor promoción de Mallorca en los diferentes mercados emisores y para promocionar a uno productos determinados mediante acciones de co-marketing turístico.
5. La situación actual provocada por la pandemia de la COVID-19 y atendida la incertidumbre que ésta ha provocado, se hace necesaria una fuerte inversión conjunta entre el sector público y el sector privado para conseguir la recuperación de turismo en la isla de Mallorca.
6. La voluntad de la Fundación, a través de esta convocatoria, es la de que se den cumplimiento a los principios de publicidad, transparencia, cooperación y eficiencia en la utilización de los recursos públicos. La participación en esta convocatoria supone la aceptación de los términos y condiciones establecidas en esta Resolución.
Por todo esto, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Aprobar las condiciones generales que regirán los requisitos para suscribirse convenios de colaboración con los comercializadores e intermediarios turísticos con el fin de realizar campañas de co-marketing en los mercados de Alemania, Suiza y Austria, mediante los productos siguientes: Deportivo-clicloturismo, Deportivo-golf, Cultura-gastronomía, Citybreaks-premium, Deportivo-activo y Familiar durante el año 2021.
2. Aprobar las condiciones necesarias para la correcta justificación de la campaña (anexo II)
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el presidente del Patronato de la Fundació Mallorca Turisme en el plazo de un mes contador a partir del día siguiente de publicarse esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo que establece el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y del artículo 12 de los estatutos de la Fundación.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del recurso de alzada.
Contra la desestimación del recurso por silencio del recurso de alzada, se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente de la desestimación presunta, que se produce tres meses después de interponer el recurso de alzada sin que se haya notificado la resolución.
No obstante lo anterior, se puede interponer, si se considerara, cualquier recurso que se considere oportuno. Todo eso de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, 14 de abril de 2021
El director de la Fundació Mallorca Turisme Miquel Pastor Jordá
ANEXO I Bases de la convocatoria que tienen que regir la tramitación de los expedientes de convenios de colaboración en los mercados de Alemania, Suiza y Austria, mediante los productos siguientes: Familiar, Deportivo-clicloturismo, Deportivo-golf, Cultura-gastronomía, Citybreaks-premium, Deportivo-activo y Familiar durante el año 2021
Objeto
El objeto de la convocatoria, pública y abierta, servirá para la selección de empresas colaboradoras y la realización de campañas de co-marketing, a través de comercializadores e intermediarios turísticos, para la promoción de Mallorca en los mercados en los mercados de Alemania, Suiza y Austria, mediante los productos siguientes: Deportivo-clicloturismo, Deportivo-golf, Cultura-gastronomía, Citybreaks-premium, Deportivo-activo y Familiar durante el año 2021.
Para los mercados de Alemania, Suiza y Austria se establecen seis líneas de colaboración donde los interesados podrán optar a una, varias o todas las líneas, si bien sólo podrán ser adjudicatarios de una línea de colaboración.
El convenio de colaboración determinará toda la campaña a realizar incluyendo el calendario, la programación y la estructura de acuerdo con la oferta de colaboración.
El objeto de esta convocatoria es encontrar una mayor eficiencia del presupuesto destinado a la promoción de la isla de Mallorca y potenciar la actividad turística y comercial de Mallorca mediante la realización de acciones conjuntas que den un efecto multiplicativo y una coordinación más estrecha con el sector privado.
Serán objeto de esta convocatoria todas las acciones publicitarias con un enfoque comercial, de cualquier tipo, tanto en canales propios como externos, medios online y/o offline, dirigidos a la comercialización y promoción de estancias turísticas en Mallorca, con una aportación mínima del 50% del presupuesto total de la acción por parte de la empresa colaboradora.
Las líneas se distribuirán de la siguiente manera:
Línea 1: Comercializadores e intermediarios turísticos con contratación directa con establecimientos y servicios turísticos de Mallorca que promuevan y comercialicen el turismo Deportivo-cicloturismo.
Línea 2: Comercializadores e intermediarios turísticos con contratación directa con establecimientos y servicios turísticos de Mallorca que promuevan y comercialicen el turismo de Deportivo-golf.
Línea 3: Comercializadores e intermediarios turísticos con contratación directa con establecimientos y servicios turísticos de Mallorca que promuevan y comercialicen el turismo Cultura-gastronomía.
Línea 4: Comercializadores e intermediarios turísticos con contratación directa con establecimientos y servicios turísticos de Mallorca que promuevan y comercialicen el turismo City breaks-premium.
Línea 5: Comercializadores e intermediarios turísticos con contratación directa con establecimientos y servicios turísticos de Mallorca que promuevan y comercialicen el turismo Deportivo-activo.
Línea 6: Comercializadores e intermediarios turísticos con contratación directa con establecimientos y servicios turísticos de Mallorca que promuevan y comercialicen el turismo Familiar.
Presupuesto de la convocatoria
Esta convocatoria tiene un presupuesto máximo de 90.000,00 € (impuestos incluidos) provenientes del presupuesto de la Fundació Mallorca Turisme de la anualidad 2021.
Las cuantías máximas que solicitar para cada línea serán las siguientes:
Línea 1: 12.000,00 €
Línea 2: 12.000,00 €
Línea 3: 12.000,00 €
Línea 4: 12.000,00 €
Línea 5: 12.000,00 €
Línea 6: 30.000,00 €
Objetivos de la convocatoria
El objetivo principal es la generación y estímulo de flujos turísticos hacia Mallorca de los principales mercados de origen, a partir de la potenciación de los productos que más pretendemos potenciar como destino. Este objetivo se llevará a cabo en colaboración estrecha con las empresas de intermediación turística, que son las que tienen una relación más directa con el cliente final.
Por otra parte, la convocatoria pretende la implicación directa por parte de las empresas beneficiarias, las cuales tendrán que asumir parte del coste de la campaña. Lo que buscamos, en definitiva, es crear un efecto multiplicativo con respecto al alcance y capacidad de penetración de las campañas que finalmente se acuerden.
Tendrán preferencia aquellas campañas que se lleven a cabo en temporada media y baja, por encima de aquellas que se centren en la temporada alta.
Entidades colaboradoras
Para la realización de las campañas mencionadas, la convocatoria se dirige a la formalización de convenios de colaboración en materia de co-marketing con empresas de intermediación turística, Agencias de Viajes, Touroperadors y OTA's, reforzando la imagen de Mallorca dentro de los productos, referenciados.
Las entidades interesadas podrán presentar propuestas para cada línea, pero tan solo podrán resultar adjudicatarias de una de ellas. En el caso de ser adjudicataria de varias líneas, la entidad tendrá que escoger la línea que más les interese.
Servicios y productos objeto de colaboración
Los servicios a realizar que se valorarán son los siguientes:
La FMT proporcionará todos los logotipos que tendrán que aparecer en las campañas propuestas.
Los gastos relacionados con la elaboración del contenido de la campaña, elaboración de folletos o compra de bienes para hacer las campañas irán a cargo de la empresa colaboradora, y no podrán ser tenidas en consideración a la propuesta.
La propuesta deberá incluir el compromiso de un informe que incluya el control de la inversión y el impacto de la campaña. Este informe tendrá que ser entregado 15 días después de la finalización de la campaña que resulte objeto de colaboración.
Características técnicas generales
Creatividad:
La creatividad de las distintas acciones que conforman la campaña de co-marketing irá a cargo de la empresa adjudicataria, la cual, tendrá que contar con el visto bueno de la FMT antes de su publicación.
Todas las creatividades tendrán que contar con los logotipos que la FMT habrá proporcionado a la empresa colaboradora y su ubicación dentro de la campaña estará consensuada con la persona que la FMT designe.
Gestión e inserción de las campañas:
Las creatividades serán realizadas por la empresa colaboradora y tendrán que ser aprobadas por parte de la FMT con antelación en su publicación.
Los logotipos, así como los eslóganes y textos que se consideren, estarán presentes en todas las acciones de la campaña.
La inserción de las campañas tendrá que guardar relación estrecha con la propuesta inicialmente aprobada. Cualquier cambio respecto de la propuesta inicialmente aprobada tendrá que haber sido consensuada con la FMT.
Las campañas a los diferentes medios que se tendrán en cuenta para las propuestas son:
Temporalización:
La temporalización de cada campaña quedará definida a la propuesta, y no podrá ser modificada salvo causa mayor y/o consenso por ambas partes. La propuesta deberá tener como fecha límite de ejecución el 15 de noviembre.
Las posibles modificaciones acordadas respecto de la propuesta inicial no podrán alargarse en ningún caso más allá del 15 de diciembre.
Seguimiento y justificación:
Las empresas colaboradoras irán remitiendo periódicamente informes de seguimiento de la campaña a la persona que designe la FMT para hacer el seguimiento de las campañas.
Una vez realizada la campaña, las empresas adjudicatarias deberán presentar preceptivamente un informe final donde se refleje el cumplimiento de la campaña propuesta, con una memoria descriptiva de todas las accionas incluidas en las campañas, documentos gráficos, e informe del impacto de la campaña, tanto en número de visitas como la posible conversión en ventas.
Plazo y lugar de presentación de la documentación
La convocatoria para presentar propuestas permanecerá abierta desde el día siguiente de publicarse esta Resolución de convocatoria en el BOIB hasta el 3 de mayo de 2021 a las 14.00 h.
Toda la tramitación se hará en línea. No hay que imprimir ningún documento de la convocatoria.
Las personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos y quieran presentarse a la convocatoria, tienen que formalizar la solicitud de adhesión a través de la web (https://fundaciomallorcaturisme.sedelectronica.es/info.0).
El modelo de solicitud es obligatorio y no se admite ningún otro. Presentar la solicitud de colaboración fuera del plazo establecido y no utilizar los formularios normalizados de uso obligatorio, son causas para no admitirla.
Este trámite SÓLO se puede realizar en línea, cumplimentando la solicitud del catálogo de trámites «Comarketing mercados de Alemania, Suiza y Austria». Es obligatorio hacerla en línea utilizando el trámite creado a tal efecto. No es válida ninguna otra forma de presentarla.
La presentación electrónica de las solicitudes se tiene que hacer con el certificado digital de la persona interesada o la tiene que presentar un representante de la entidad que se acreditará con su certificado digital como representante.
En general se admite el DNI electrónico y todos los certificados que se reconocen en la lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos a España, publicada en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
Formalización de la solicitud y documentación
Las solicitudes, acompañadas del proyecto técnico, la autobaremación y la documentación administrativa, se han de formalizar mediante el modelo de solicitud y los anexos que se adjuntan a esta convocatoria (anexo II y, si procede, también anexo III). El modelo de solicitud es obligatorio y cumplimentará en línea el trámite correspondiente, no admitiéndose otros modelos de presentación. Deberán contener los datos necesarios para identificar correctamente la entidad o la persona que solicita la colaboración y la persona representante.
El escrito de solicitud de colaboración servirá de autorización para que el personal del Consell Insular de Mallorca y el personal de la FMT comprueben de oficio que la entidad o la persona solicitante está al corriente de obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de la Seguridad Social o del Consell Insular de Mallorca.
Se deberá adjuntar la documentación administrativa siguiente:
Además, también deberá presentar la documentación siguiente actualizada:
Todas las declaraciones responsables tendrán que ir firmadas mediante certificado digital.
Personas jurídicas o físicas no españolas:
Documentación técnica
Junto con la solicitud (anexo I), la documentación administrativa, la autobaremación (anexo II) y documentación de la campaña que tiene que estar formado por la documentación siguiente:
Toda la documentación tendrá que estar firmada de forma digital por el responsable de la entidad.
Prescripciones técnicas según las líneas.
1.1. Línea 1: Operadores turísticos con contratación directa con establecimientos y servicios turísticos en Mallorca que fomenten y comercialicen turismo DEPORTIVO-CICLOTURISMO.
1.2. Línea 2: Operadores turísticos con contratación directa con establecimientos y servicios turísticos en Mallorca que fomenten y comercialicen turismo DEPORTIVO-GOLF.
1.3. Línea 3: Operadores turísticos con contratación directa con establecimientos y servicios turísticos en Mallorca que fomenten y comercialicen turismo CULTURAL-GASTRONÓMICO.
1.4. Línea 4: Operadores turísticos con contratación directa con establecimientos y servicios turísticos en Mallorca que fomenten y comercialicen turismo CITY BREACKS - PREMIUM.
1.5. Línea 5: Operadores turísticos con contratación directa con establecimientos y servicios turísticos en Mallorca que fomenten y comercialicen turismo DEPORTIVO - ACTIVO.
1.6. Línea 6: Operadores turísticos con contratación directa con establecimientos y servicios turísticos en Mallorca que fomenten y comercialicen turismo FAMILIAR.
Procedimiento administrativo para formalizar la colaboración
Fase administrativa
Las propuestas se revisarán a medida que entren las solicitudes y las revisará la asesoría jurídica de la Fundación.
En caso de que la solicitud necesite subsanación de deficiencias, la dirección de la Fundación requerirá a la entidad o persona interesada para que haga las enmiendas oportunas o aporte los documentos que fueran necesarios, con indicación que si no lo hace en un plazo de tres días hábiles a contar a partir del momento en que recibe el requerimiento, se considerará que desiste de la petición.
El requerimiento de mejora de la solicitud o de aportación de documentación se hace por medios electrónicos (es necesario el certificado digital de la persona representante de la empresa), de manera que queda constancia en el expediente.
Fase técnica: revisión de la documentación técnica
Una vez finalizada la revisión de la documentación administrativa, el órgano de contratación designará una comisión para revisar la propuesta técnica para determinar si se cumplen o no los requisitos técnicos exigidos de acuerdo con lo que se establece en estas bases y proponer a la entidad colaboradora para cada línea.
En caso de que en la documentación técnica se detecten deficiencias, se requerirá que se enmienden en el plazo de tres días hábiles. Si la enmienda no es correcta o no se enmienda la documentación requerida, la solicitud se excluirá del procedimiento de colaboración.
El requerimiento de la documentación se hará por medios electrónicos (es necesario el certificado digital de la persona representante de la empresa), de manera que queda constancia en el expediente.
Resolución y formalizaciones de los convenios de colaboración
La dirección de la Fundación resolverá la concesión y se formalizarán los convenios de colaboración para cada línea con la entidad ganadora en el cual constarán las obligaciones de ambas partes, las contraprestaciones que recibirá la Fundación y la forma de justificar el proyecto.
Este convenio se firmará en el plazo máximo de un mes desde el momento de la resolución y siempre antes del inicio de la campaña.
En caso de que la Fundación comunique a la entidad colaboradora alguna discrepancia, la entidad se compromete a hacer las actuaciones necesarias para rectificarla.
Criterios de valoración
Dentro de los criterios de valoración, puntualizar que para la baremació únicamente se tendrán en consideración dos decimales dentro de los valores numéricos aportados en los respectivos porcentajes obtenidos.
La propuesta tendrá que presentarse de acuerdo con lo establecido en el Anexo II, debiendo de cumplimentarse todas las casillas relativas a la autobaremación. Por este motivo, tendrán que llenarse todas las casillas dentro del anexo con la información solicitada.
La no complementación de alguna de las casillas obligatorias supondrá la exclusión del proceso de elección de la empresa con la que se suscribirá el convenio de colaboración.
Para la valoración objetiva de la oferta se seguirán criterios de ponderación en función de las características valoradas, teniendo diferentes pesos específicos cada una de las características. Así, la valoración máxima que se podrá obtener será la siguiente:
Criterio |
Características |
Puntuación máxima para cada criterio |
1 |
Calendarización de la campaña |
20 puntos |
2 |
Especialización de la empresa en el producto específico de la línea |
50 puntos |
3 |
% de la campaña Online/offline |
20 puntos |
4 |
Peso de los canales propios en la campaña |
10 puntos |
5 |
Audiencia de la campaña |
10 puntos |
6 |
Acciones a considerar dentro de la propuesta de la campaña |
20 puntos |
- Criterio 1. Calendarización de la campaña. 20 puntos
Calendarización |
Puntos |
De abril a junio y/o de septiembre a noviembre |
20 puntos |
Julio y Agosto |
10 puntos |
Combinación de los dos periodos |
12 puntos |
Tan sólo se tendrá en consideración una de las tres posibilidades a efectos de puntuación. Esta calendarización tendrá que quedar reflejada a la propuesta de la campaña.
- Criterio 2. Especialización de la empresa licitadora en el producto del lote
Subcriterios a considerar |
Puntos |
Apartado específico sobre el producto a la web propia |
20 puntos |
Programa de paquetes del producto comercializando Mallorca. |
20 puntos |
Porcentaje de ventas del producto comercializado superior al 25% del total de ventas |
10 puntos |
En este caso, se tendrán en cuenta todos el criterios que la entidad cumpla, sumándose las puntuaciones hasta un máximo de 50 puntos. A la propuesta se tendrán que adjuntar los documentos probatorios que certifiquen el cumplimiento de cada uno de los subcriterios a los que se opte.
- Criterio 3. Porcentaje de la campaña online/offline. 20 puntos.
Criterios a considerar |
Puntos |
Campaña online igual o superior al 70% |
20 puntos |
Campaña online superior al 50% e inferior al 70% |
10 puntos |
Campaña online por debajo del 50% |
0 puntos |
Tan sólo se tendrá en consideración una de las tres posibilidades a efectos de puntuación. Esta calendarización deberá quedar reflejada a la propuesta de la campaña.
- Criterio 4. Peso de los canales propios en la campaña. 10 puntos.
Criterios a considerar |
Puntos |
Campaña fundamentada hasta un 49% en canales propios |
10 puntos |
Sin presencia en los canales propios |
0 puntos |
Campaña fundamentada en más de un 49% en canales propios |
5 puntos
|
Campaña fundamentada en más de un 49% en medios propios |
5 puntos |
A mayor porcentaje en canales propios, mayor puntuación. Se aplicará la fórmula:
P4=(% en canales propios × 10)/49
Tan sólo se tendrá en cuenta una de las tres posibilidades a efectos de puntuación. Esta calendarización deberá quedar reflejada en la propuesta de la campaña.
Para campañas fundamentadas en medios propios superiores al 49%, en todo caso, se aplicará una valoración de 5 puntos.
- Criterio 5. Audiencia de la campaña. 10 puntos.
Criterios a considerar |
Puntuación máxima |
Número de impresiones/impactos previstos en la campaña |
10 puntos |
Para este criterio se otorgará una puntuación para cada oferta en base al número máximo de impresiones/impactos de la campaña, y para el resto de ofertas se puntuará de manera proporcional. Se aplicará esta fórmula para puntuar cada propuesta:
P5=(Pmáxima × Número de impresiones propuesta)/N Impresiones máximas
En este caso, los valores de la fórmula hacen referencia a:
P5= Puntuación obtenida para el criterio 5.
P máxima= Puntuación máxima que la empresa colaboradora puede obtener para el criterio 5, relativo al número de impresiones/impactos.
Número de impresiones propuesta=Número de impresiones/impactos que se prevé obtener con la campaña propuesta.
N Impresiones máximas= corresponde al mejor número de impresiones de todas las campañas propuestas.
- Criterio 6. Acciones a considerar para la propuesta de la campaña. 20 puntos
Subcriterios a considerar |
Puntuación |
Inclusión de newsletters temáticas exclusivas de Mallorca |
4 puntos |
Inclusión de una estrategia de programática online específica de Mallorca, que incluya una estrategia de segmentación definida (Google Ads, Youtube, Linkbuilding, Branded Content, publicidad nativa, Facebook Ads, Instagram Ads...) |
4 puntos |
Banners en la página web propia con una duración mínima de 2 meses |
4 puntos |
Banners en páginas web especializadas externas |
3 puntos |
Workshops para call centers, agentes y vendedores específicos de Mallorca. |
3 puntos |
Inclusión de un microsite específico de Mallorca. |
2 puntos |
En este caso, se tendrán en cuenta todos el criterios que la empresa licitadora cumpla, sumándose las puntuaciones hasta un máximo de 20 puntos. A la propuesta se tendrán que adjuntar los documentos probatorios que certifiquen el cumplimiento de cada uno de los subcriterios a los que se opte. La propuesta presentada podrá incluir otras acciones que resulten interesante pero que no se hayan tenido en cuenta dentro de los criterios de puntuación.
En caso de empate de una o más solicitudes se resolverá a favor de la entidad que tenga mayor puntuación al criterio 2, en caso de continuar el empate se resolverá por riguroso orden de entrada al registro de la Fundación Mallorca Turisme.
Justificación de la colaboración
Una vez finalizada la campaña, la entidad colaboradora, presentará en el plazo máximo de diez días naturales, la justificación del objeto del convenio. Concretamente:
Penalizaciones
Respecto de las diferentes propuestas, y en relación con el número de impresiones/impactos previstos, se aplicarán las siguientes penalizaciones:
Pago
Una vez finalizada la campaña objeto de la colaboración, el titular del órgano de contratación dictará la Resolución correspondiente.
Lenguas de utilización en este procedimiento
Toda la documentación administrativa y técnica que se ha de presentar en esta convocatoria deberá ser en una de las dos lenguas oficiales de las Islas Baleares. En el caso que la documentación administrativa o de la justificación sea en un idioma diferente de los oficiales, se tiene que aportar una traducción jurada.
Protección de datos
De conformidad con lo que establece la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantizaba de los derechos digitales, las entidades solicitantes aceptan que se incorporen los datos facilitados en el fichero que cree la Fundación y quedan informados de esta incorporación.
Las entidades solicitantes están obligadas a cumplir lo que establecen la LOPD y el RD 1720/2007, de 21 de diciembre, de despliegue de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, en relación con los datos personales en los cuales puedan tener acceso durante la vigencia de los contratos que se hagan en el desarrollo y en la ejecución de esta convocatoria.
Confidencialidad
La entidad colaboradora tiene que mantener la confidencialidad de cualquier información que la Fundación le revele mientras dure la vigencia del convenio. Además, la entidad se compromete a utilizar esta información únicamente para la finalidad para la cual le ha sido revelada, excepto por imperativo legal.
La entidad colaboradora tiene que proteger la información confidencial que la Fundación le revele contra cualquier uso no autorizado o contra la revelación en terceros, de la misma manera que protege su información confidencial. El acceso a esta información tiene que quedar restringido sólo al personal de la entidad que lo tenga que conocer para cumplir el objeto que se ha de desarrollar.
Régimen jurídico aplicable
El orden jurisdiccional civil es el competente para resolver las controversias derivadas de la formalización de los convenios de colaboración, sin que se pueda interponer ninguna clase de recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial civil.
Las partes se someten de manera expresa a los tribunales y juzgados de Palma, y renuncian, en consecuencia, a su fuero y vecindad.
Lenguas que se tienen que utilizar en el procedimiento
Toda la documentación administrativa y técnica que se tiene que presentar en esta convocatoria tiene que estar en una de las dos lenguas oficiales de la comunidad autónoma de las Islas Baleares. El convenio que se redactará posteriormente, también se redactará en catalán o castellano a elección del colaborador.
En el caso de que se quiera traducir a otro idioma, la entidad colaboradora, se hará cargo de los gastos de la traducción que únicamente será a efectos informativos prevaleciendo el convenio firmado en catalán o castellano.