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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA

Núm. 110972
Resolución por la que se modifica el artículo 3.2 del punto 16 de la convocatoria de subvenciones para 2021 para el desarrollo de festivales, ferias, exposiciones o certámenes profesionales de artes escénicas

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Texto

BDNS: 554550

La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística día 9 de abril de 2021 resolvió, entre otras, la resolución siguiente:

« Hechos

1. Mediante resolución de 22 de marzo de 2021, la convocatoria de subvenciones 2021 fue aprobada por las asociaciones para el desarrollo de festivales, ferias, exposiciones o certámenes profesionales de artes escénicas. El extracto de la convocatoria fue publicado en el BOIB núm. 10. 42, 27 de marzo de 2021.

2. En el texto de la convocatoria, se ha observado un error en la redacción del punto 3.2 del punto 16. Este error se destaca en la comparación entre los porcentajes previstos en el párrafo antes mencionado y también con la redacción del punto 12.5 de la convocatoria.

Fundamentos de la ley

Artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por lo tanto, dicto lo siguiente 

Resolución

1. Modificar el apartado 3.2 del punto 16 de la convocatoria de subvenciones 2021 para asociaciones para el desarrollo de festivales, ferias, exposiciones o certámenes profesionales de artes escénicas, en el siguiente sentido:

Donde dice

3.2 Si la subvención concedida es inferior al 50% del presupuesto subvencionable inicial, el importe de la subvención a pagar no sufrirá cambios siempre que esta cantidad sea igual o inferior al 70% del presupuesto ejecutado subvencionable.

Tiene que decir:

3.2 Si la subvención concedida es inferior al 50% del presupuesto subvencionable inicial, el importe de la subvención a pagar no sufrirá cambios siempre que esta cantidad sea igual o inferior al 50% del presupuesto ejecutado subvencionable.

2. Publicar esta resolución en BOIB. »

 

Palma, 13 de abril de 2021

El secretario técnico del Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística

(Por delegación de la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística.

Resolución de 23/07/2019. BOIB núm. 109 de 8/8/2019)

Josep Mallorl Vicens