Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Núm. 109866
Resolución del director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superior de 12 de abril de 2021 por la que se convoca la prueba específica de acceso a los estudios superiores de Música y se concreta el proceso de admisión y matrícula a estas enseñanzas para el curso 2021-2022
La Resolución del director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores de 12 de abril de 2021 aprueba las instrucciones para regular las pruebas de acceso y el proceso de admisión y matrícula a las enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático, de Diseño y de Música.
El punto 13.1 del anexo 1 de esta Resolución especifica que la dirección general competente en materia de enseñanzas artísticas superiores debe convocar, al menos una vez al año, una prueba específica de acceso a estos estudios, la cual debe ser diferente para cada una de las enseñanzas artísticas superiores que se ofrecen en las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar las instrucciones de acuerdo con las que se deben organizar y desarrollar la prueba específica de acceso a los estudios superiores de Música y el proceso de admisión y matrícula a estas enseñanzas para el curso 2021-2022 (anexos 1, 2 3 y 4).
2. Convocar la prueba específica de acceso a los estudios superiores de Música en los términos que figuran en las instrucciones que se incluyen en el anexo 1 de esta Resolución.
3. Disponer que esta Resolución entre en vigor el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la fecha en que se publique, de acuerdo con el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Palma, 12 de abril de 2021
El director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores
Antonio Baos Relucio
ANEXO 1
BASES DE LA CONVOCATORIA
I. Instrucciones relativas a la prueba específica de acceso a los estudios superiores de Música
Primero
Objeto y ámbito de aplicación
Estas instrucciones regulan los aspectos necesarios para desarrollar la prueba específica de acceso a los estudios superiores de Música que se debe llevar a cabo en las Illes Balears en esta convocatoria.
Segundo
Requisitos de los aspirantes
Tercero
Plazo de inscripción a la prueba
La inscripción a la prueba específica de acceso a los estudios superiores de Música se debe hacer del 4 de mayo al 4 de junio de 2021, ambos incluidos.
Cuarto
Centro que debe hacer la prueba
Quinto
Formalización de la solicitud de inscripción
Sexto
Documentación para acreditar los requisitos para inscribirse a la prueba
Séptimo
Actuación con la documentación necesaria para inscribirse a la prueba
Una vez haya recibido la solicitud de inscripción vía telemática, la Secretaría del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears debe comprobar que se haya formalizado de forma correcta. En caso de que el aspirante sea adjudicatario de una plaza y se matricule al Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears, cuando sea posible y como máximo durante la primera semana de clases presenciales, tendrá que verificar con el alumno que el documento oficial de identificación (DOI), el documento acreditativo de los requisitos de acceso y, si procede, el documento de solicitud de adaptación de la prueba presentados son copias fidedignas.
Octavo
Admisión a la prueba específica de acceso
El Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears debe comprobar, con la documentación recibida, que las personas que solicitan hacer la prueba cumplen los requisitos establecidos en el punto segundo de este anexo.
Noveno
Lista provisional de personas admitidas y excluidas para hacer la prueba específica de acceso
La lista provisional de personas admitidas y excluidas para hacer la prueba específica de acceso se publicará el día 7 de junio de 2021 en el tablón de anuncios y/o en la página web del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears.
Décimo
Reclamaciones
Las reclamaciones contra la lista provisional de personas admitidas y excluidas para hacer la prueba específica de acceso se deben presentar ante el director del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears los días 8, 9 y 10 de junio de 2021.
Undécimo
Lista definitiva de personas admitidas para hacer la prueba específica de acceso
Duodécimo
Comisión Evaluadora de la prueba específica de acceso
La composición de la Comisión Evaluadora se regula de acuerdo con lo que establece el punto decimosexto del anexo 1 de la Resolución del director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores DE 12 de abril de 2021 por la que se aprueban las instrucciones para regular las pruebas de acceso y el proceso de admisión y matrícula a las enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático, de Diseño y de Música.
Decimotercero
Fecha y horario en que se debe hacer la prueba específica de acceso
Decimocuarto
Verificación de la identidad de los aspirantes
Los miembros de la Comisión Evaluadora deben verificar la identidad de los aspirantes antes de empezar la prueba.
Decimoquinto
Incidencias
Decimosexto
Expedientes de las personas inscritas
El Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears debe poner a disposición de la Comisión Evaluadora la documentación presentada por las personas inscritas para hacer la prueba de acceso.
Decimoséptimo
Corrección y calificación de las pruebas
Decimoctavo
Contenido del acta de evaluación
En el acta de evaluación se debe hacer constar la información siguiente:
Decimonoveno
Actuación con las actas de evaluación
Vigésimo
Resultados provisionales de la prueba
El día 21 de junio de 2021 el Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears debe publicar la lista con los resultados provisionales de la prueba específica de acceso en su tablón de anuncios y/o en su página.
Vigésimo primero
Reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y no aptas
Vigésimo segundo
Lista definitiva de personas aptas
Vigésimo tercero
Contenido del certificado de aptitud
En el certificado de aptitud para acreditar que se ha superado la prueba específica de acceso, debe constar la información siguiente:
Vigésimo cuarto
Solicitud del certificado de aptitud
Las personas que han superado la prueba específica de acceso pueden solicitar al Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears el certificado de aptitud que lo acredita a partir de día 29 de junio de 2021.
II. Adjudicación de plazas
Vigésimo quinto
Procedimiento de adjudicación de las plazas
Las plazas se deben adjudicar de acuerdo con el procedimiento descrito en el punto vigésimo sexto del anexo 1 de la Resolución del director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores de 12 de abril de 2021 por la que se aprueban las instrucciones para regular las pruebas de acceso y el proceso de admisión y matrícula a las enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático, de Diseño y de Música.
Vigésimo sexto
Lista provisional de adjudicación de plazas
El día 29 de junio de 2021 el Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears debe publicar la lista con la adjudicación provisional de las plazas en su tablón de anuncios y/o en su página web.
Vigésimo séptimo
Reclamaciones
Las reclamaciones contra la lista provisional de adjudicación de plazas se deben presentar ante el director del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears los días 30 de junio, 1 y 2 de julio de 2021.
Vigésimo octavo
Lista definitiva de adjudicación de plazas
Vigésimo noveno
Matriculación
Trigésimo
Asignación de vacantes
En el supuesto de que haya vacantes, el Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears puede abrir un nuevo periodo de matrícula para asignarlas. El orden de prelación de asignación de vacantes debe ser el siguiente:
Trigésimo primero
Convocatoria extraordinaria
Por necesidades del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears, y una vez otorgada la autorización previa por parte de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores, se puede convocar una prueba específica de acceso y un proceso de admisión extraordinarios para aspirantes con los requisitos mencionados en el punto segundo de este anexo.
ANEXO 2
Calendario del proceso de admisión y de matriculación a las enseñanzas superiores de Música para el curso 2021-2022
Fechas |
Convocatoria ordinaria |
Mayo |
|
Del 4 de mayo al 4 de junio |
Inscripción telemática al proceso de admisión y a la prueba específica de acceso |
Junio |
|
7 |
Publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos para hacer la prueba de acceso |
8, 9 y 10 |
Reclamaciones contra la lista provisional de admitidos y excluidos para hacer la prueba de acceso |
11 |
Publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos para hacer la prueba de acceso |
Del 14 al 18 |
Pruebas de acceso |
21 |
Publicación de la lista provisional de personas aptas y de personas no aptas |
22, 23 y 24 |
Reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y de personas no aptas |
25 |
Revisiones de las reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y de personas no aptas |
28 |
Publicación de la lista definitiva de personas aptas y de personas no aptas |
A partir del día 29 |
Solicitud de los certificados que acreditan haber superado la prueba |
29 |
Publicación de la lista provisional de adjudicación de plazas |
30 junio, 1 y 2 de julio |
Reclamaciones contra la lista provisional de adjudicación de plazas |
Julio |
|
5 |
Publicación de la lista definitiva de adjudicación de plazas |
Del 14 al 21 |
Formalización de la matrícula a través de la página web del Conservatorio |
Fechas |
Convocatoria extraordinaria (si hay) |
Septiembre |
|
Del 1 de agosto al 1 de septiembre |
Inscripción telemática al proceso de admisión y a la prueba específica de acceso |
2 |
Publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos para hacer la prueba de acceso |
Del 3 al 6 |
Reclamaciones contra la lista provisional de admitidos y excluidos para hacer la prueba de acceso |
7 |
Publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos para hacer la prueba de acceso y de personas excluidas |
8 |
Pruebas de acceso |
9 |
Publicación de la lista provisional de personas aptas y de personas no aptas |
10 al 12 |
Reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y de personas no aptas |
13 |
Resolución de las reclamaciones presentadas por parte del tribunal |
14 |
Publicación de la lista definitiva de personas aptas y de personas no aptas |
14 al 16 |
Publicación provisional de adjudicación de plazas |
17 |
Revisión de las reclamaciones |
17 |
Publicación definitiva de adjudicación de plazas |
20 |
Formalización de la matrícula a través de la página web del Conservatorio |
ANEXO 3
Prueba específica de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Música
Está previsto que las pruebas de acceso para el curso 2021-2022 se hagan de manera no presencial.
I. Estructura de la prueba específica
La estructura y el contenido de la prueba de cada especialidad son los siguientes:
1. Para la especialidad de interpretación, itinerarios de cuerda, viento de madera, viento de metal, percusión, piano, guitarra y saxófono:
Parte A (33,3 % de la nota)
Parte B (66,7 % de la nota)
Interpretación de un programa de libre elección compuesto por un mínimo de tres obras de diferentes estilos con una duración mínima de 15 minutos. Se deben tener en cuenta los aspectos siguientes:
2. Para la especialidad de interpretación, itinerario de voz:
Parte A (33,3 % de la nota)
Parte B (66,7 % de la nota)
Interpretación de un programa de libre elección de como mínimo 10 minutos de duración, compuesto por un mínimo de tres canciones de diferentes estilos e idiomas, una aria de ópera o zarzuela y una aria de oratorio. Se deben tener en cuenta los aspectos siguientes:
3. Para la especialidad de interpretación, itinerario de jazz y música moderna:
Parte A (33,3 % de la nota)
Parte B (66,7 % de la nota)
Prueba de interpretación. Al empezar esta parte, el aspirante debe presentar al tribunal una copia de las partituras de las obras que interpretará, correspondientes a estilos y periodos diferentes. El número mínimo de obras que se deben presentar es de cuatro. La duración mínima de este repertorio debe ser de quince minutos. Una de las obras de esta parte debe ser a solo o con acompañamiento de un instrumento polifónico. Las otras pueden ser a solo, con acompañamiento de un instrumento polifónico o en pequeño grupo. Así mismo, al menos una de estas obras se debe interpretar de memoria. Si son necesarios otros intérpretes para estas obras, el aspirante se los debe procurar por su cuenta. El tribunal evaluador puede reducir el número de obras que se deben interpretar o pedir que se hagan interpretaciones fragmentarias. Esta prueba tiene como objetivo comprobar el dominio técnico del instrumento, el planteamiento estilístico y la complicidad entre los músicos. Esta prueba representa el 50 % de la nota de la parte B.
4. Para la especialidad de pedagogía del lenguaje y de la educación musical en secundaria:
Parte A (33,3 % de la nota)
Parte B (66,7 % de la nota)
5. Para la especialidad de composición:
6. Para la especialidad de musicología:
Parte A (33,3 % de la nota)
Parte B (66,7 % de la nota)
Ejercicio historicofilosófico:
II. Calificación final de la prueba específica de acceso
Todos los ejercicios de cualquier especialidad se valoran conjuntamente con una nota de entre 0 y 10 puntos.
La nota media del expediente del grado profesional constituye el 50 % de la nota final de la prueba de acceso, siempre que esta haya sido superada y en el supuesto de que la nota media del grado profesional sea igual o superior a la nota de la prueba de acceso.
La calificación final se debe expresar en términos numéricos del 0 al 10 con dos decimales.
ANEXO 4
SOLICITUD DE ADAPTACIÓN DE LA PRUEBA DE ACCESO A LAS ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES DE LA ESCUELA DE ARTE DRAMÁTICO DE LAS ILLES BALEARS
Destino |
Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores |
Código DIR3 |
A04026924 |
Solicitante
DNI/NIE |
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Nombre |
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Apellido 1 |
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Apellido 2 |
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Dirección electrónica |
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Teléfono |
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Estudios que solicita |
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Centro de procedencia |
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EXPONGO: |
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SOLICITO: |
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Documentación justificativa presentada
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Información sobre protección de datos personales |
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En conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el cual se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), y con la legislación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de datos personales que contiene esta solicitud. Tratamiento de datos. Los datos personales que contiene esta solicitud serán tratados por la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores. Ejercicio de derechos y reclamaciones. La persona afectada por el tratamiento de datos personales puede ejercer sus derechos de información, de acceso, de rectificación, de supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados (e, incluso, de retirada del consentimiento, si procede, en los términos que establece el RGPD) ante el responsable del tratamiento, mediante el procedimiento «Solicitud de ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales», previsto en la Sede Electrónica de la CAIB (seuelectronica.caib.es). Una vez recibida la respuesta del responsable o en el supuesto de que no haya respuesta en el plazo de un mes, la persona afectada por el tratamiento de los datos personales puede presentar la «Reclamación de tutela de derechos» ante la Agencia Española de Protección de Datos. Delegación de Protección de Datos. La Delegación de Protección de Datos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene la sede en la Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad (p. de Sagrera, 2, 07012 Palma; a/e: protecciodades@dpd.caib.es). |
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