Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Núm. 109835
Resolución del director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores de 12 de abril de 2021 por la que se convoca la prueba específica de acceso a los estudios superiores de Arte Dramático y se concreta el proceso de admisión y matrícula a estas enseñanzas para el curso 2021-2022
La Resolución del director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores de 12 de abril de 2021 aprueba las instrucciones para regular las pruebas de acceso y el proceso de admisión y matrícula a las enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático, de Diseño y de Música.
El punto 13.1 del anexo 1 de la citada Resolución especifica que la dirección general competente en materia de enseñanzas artísticas superiores debe convocar, al menos una vez al año, una prueba específica de acceso a estos estudios, la cual debe ser diferente para cada una de las enseñanzas artísticas superiores que se ofrecen en las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Aprobar las instrucciones de acuerdo con las que se deben organizar y desarrollar la prueba específica de acceso a los estudios superiores de Arte Dramático y el proceso de admisión y matrícula a estas enseñanzas para el curso 2021-2022 (anexos 1, 2, 3 y 4).
2. Convocar la prueba específica de acceso a los estudios superiores de Arte Dramático en los términos que figuran en las instrucciones que se incluyen en el anexo 1 de esta Resolución.
3. Disponer que esta Resolución entre en vigor el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la fecha en que se publique, de acuerdo con el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Palma, 12 de abril de 2021
El director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores Antonio Baos Relucio
ANEXO 1 Instrucciones
I. Instrucciones relativas a la prueba específica de acceso a los estudios superiores de Arte Dramático
Primero Objeto y ámbito de aplicación
Estas instrucciones regulan los aspectos necesarios para desarrollar la prueba específica de acceso a los estudios superiores de Arte Dramático que se debe llevar a cabo en las Illes Balears en esta convocatoria.
Segundo Requisitos de los aspirantes
1. Se pueden inscribir las personas que cumplen alguno de los requisitos académicos que permiten acceder a las enseñanzas artísticos superiores:
2. Se pueden inscribir quienes no cumplen los requisitos académicos de acceso a las enseñanzas artísticas superiores pero se pueden inscribir las personas que no cumplen los requisitos académicos de acceso a las enseñanzas artísticas superiores, pero se encuentran en los supuestos siguientes:
- El acceso por esta vía tiene carácter excepcional y se ajusta a lo que dispone el artículo 69.5 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, según la cual las administraciones educativas pueden establecer el acceso directo de mayores de dieciocho años de edad a las enseñanzas artísticas superiores en general mediante la superación de una prueba específica, regulada y organizada por las administraciones educativas que acredite que el aspirante posee los conocimientos habilidades y aptitudes necesarias para cursar con aprovechamiento las correspondientes enseñanzas , así como el acceso directo a los estudios de música o de danza de mayores de dieciséis años en las mismas
- El alumno ha de adjuntar a la solicitud de inscripción la documentación acreditativa que justifique esta excepcionalidad
- La dirección del centro resolverá es a estos efectos podrá solicitar los informes pertinente. La notificación se realizara mediante los procedimientos ordinarios
Tercero Plazo de inscripción a la prueba
La inscripción a la prueba específica de acceso a los estudios superiores de Arte Dramático se debe hacer del 19 de mayo al 22 de junio de 2021, ambos incluidos.
Cuarto Centro que debe hacer la prueba
1. La prueba específica de acceso a los estudios superiores de Arte Dramático se debe hacer en la Escuela Superior de Arte Dramático de las Illes Balears (ESADIB), ubicada en Palma, que es el único centro que puede hacer la prueba en esta convocatoria.
2. La inscripción se debe formalizar por vía telemática a través de la página web de la Escuela Superior de Arte Dramático de las Illes Balears (ESADIB).
3. La tasa de inscripción a la prueba es de 32,00 €, de acuerdo con la Publicación de los precios de los servicios académicos de la Escuela Superior de Arte Dramático de las Illes Balears (ESADIB) y del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears y las exenciones y las reducciones de estos precios (BOIB núm. 163, de 3 de diciembre de 2019).
Quinto Formalización de la solicitud de inscripción
1. La solicitud de inscripción se debe formalizar por vía telemática a través de la página web de la ESADIB (http://www.esadib.com). El enlace para acceder también debe estar disponible en la página web de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores (http://dgfpieas.caib.es).
2. A la solicitud se deben adjuntar los documentos que hagan falta de los que figuran en el punto sexto de este anexo.
3. Quienes necesiten una adaptación de las condiciones en que vaya a hacer la prueba deben presentar la solicitud disponible en el anexo 4.
Sexto Documentación para acreditar los requisitos para inscribirse a la prueba
1. Los documentos que se deben adjuntar a la solicitud son los siguientes:
2. Los aspirantes con necesidades educativas específicas derivadas de discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales u otros trastornos graves que tengan reconocimiento oficial pueden solicitar los recursos adicionales o las adaptaciones necesarios para participar en las pruebas de acceso específicas. A estos efectos, las personas interesadas deben presentar la solicitud junto con el anexo 4 y adjuntar la documentación que consta a continuación:
3. Los centros de enseñanzas artísticas superiores deben revisar la documentación presentada y la deben poner en conocimiento del servicio de orientación para determinar las medidas o recursos adicionales, de los cuales se debe informar la comisión evaluadora correspondiente.
Séptimo Actuación con la documentación necesaria para inscribirse a la prueba
1. Una vez rellenada la inscripción en línea, la aplicación generará un resguardo, que se debe presentar en la Escuela en el momento de presentar la documentación. La secretaría del centro se debe quedar, una vez compulsadas, las copias del documento oficial de identificación (DNI, pasaporte, etc.) y del resto de documentación presentada y debe sellar una copia del resguardo, que debe devolver a la persona interesada.
2. Una vez haya recibido la solicitud de inscripción por vía telemática, la Secretaría de la ESADIB debe comprobar que se haya formalizado de forma correcta. En caso de que el aspirante sea adjudicatario de una plaza y se matricule a la ESADIB, cuando sea posible y como máximo durante la primera semana de clases presenciales, tendrá que verificar con el alumno que el documento oficial de identificación (DOI), el documento acreditativo de los requisitos de acceso y, si procede, el documento de solicitud de adaptación de la prueba presentados son copias fidedignas.
Octavo Admisión a la prueba
El ESADIB debe comprobar, con la documentación recibida, que las personas que solicitan hacer la prueba cumplen los requisitos establecidos en el punto segundo de este anexo.
Noveno Lista provisional de personas admitidas y excluidas para hacer la prueba
La lista provisional de personas admitidas y excluidas para hacer la prueba específica de acceso se debe publicar el día 25 de junio de 2021 en el tablón de anuncios y en la página web de la ESADIB.
Décimo Reclamaciones
Las reclamaciones contra la lista provisional de personas admitidas y excluidas para hacer la prueba específica de acceso se deben presentar ante el director del ESADIB del 28 al 30 de junio de 2021.
Undécimo Lista definitiva de personas admitidas para hacer la prueba
1. El día 1 de julio de 2021, como máximo, el ESADIB debe publicar la lista definitiva de personas admitidas y excluidas para hacer la prueba específica de acceso en su tablón de anuncios y en su página web.
2. Contra la lista definitiva se puede presentar un recurso de alzada ante el director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores en el plazo de un mes a contar desde el día de la publicación.
Duodécimo Comisión Evaluadora de la prueba específica de acceso
La composición de la Comisión Evaluadora se regula de acuerdo con lo que establece el punto decimosexto del anexo 1 de la Resolución del director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores de 12 de abril de 2021 por la que se aprueban las instrucciones para regular las pruebas de acceso y el proceso de admisión y matrícula a las enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático, de Diseño y de Música.
Decimotercero Fecha y horario en que se debe hacer la prueba específica de acceso
1. La prueba específica de acceso a los estudios superiores de Arte Dramático se debe hacer del 2 al 8 de julio de 2021. El ejercicio teórico se debe llevar a cabo el 2 de julio y los ejercicios prácticos, del 5 al 8 de julio.
2. El horario y el orden en que se desarrollarán las pruebas se deben hacer públicos en el tablón de anuncios y en la página web de la ESADIB con una antelación mínima de 24 horas.
Decimocuarto Verificación de la identidad de los aspirantes
Los miembros de la Comisión Evaluadora deben verificar la identidad de los aspirantes antes de empezar la prueba.
Decimoquinto Incidencias
1. Cuando haya causas justificadas que impidan a algún aspirante hacer la prueba o que alteren las condiciones en que la debe llevar a cabo, la Comisión Evaluadora lo debe comunicar a la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores, a la cual corresponde decidir qué hay que hacer de acuerdo con lo que considere procedente.
2. Estas incidencias se deben hacer constar en el acta de evaluación de la prueba.
Decimosexto Expedientes de las personas inscritas
El ESADIB debe poner a disposición de la Comisión Evaluadora la documentación presentada por las personas inscritas para hacer la prueba de acceso.
Decimoséptimo Corrección y calificación de las pruebas
1. Una vez acabada la prueba, la Comisión Evaluadora debe corregir cada uno de los ejercicios que la componen y debe calcular la nota media de conformidad con lo que se establece en el punto decimoséptimo del anexo 1 de la Resolución del director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores de 12 de abril de 2021 por la que se aprueban las instrucciones para regular las pruebas de acceso y el proceso de admisión y matrícula a las enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático, de Diseño y de Música.
2. El ESADIB debe custodiar los exámenes hechos por los aspirantes hasta que no empiece el proceso de admisión y matrícula del curso 2022-2023
Decimoctavo Contenido del acta de evaluación
En el acta de evaluación se debe hacer constar la información siguiente:
Decimonoveno Actuación con las actas de evaluación
1. Una vez extendida el acta de evaluación con los resultados de las pruebas, todos los miembros de la Comisión Evaluadora la deben firmar.
2. El acta original se debe archivar en la ESADIB y se debe conservar hasta que empiece el proceso de admisión y matrícula del curso 2022-2023
Vigésimo Resultados provisionales de la prueba
El día 9 de julio de 2021, el ESADIB debe publicar la lista de las personas aptas y no aptas, con los resultados provisionales de la prueba específica de acceso, en el tablón de anuncios y en la página web de la ESADIB.
Vigésimo primero Reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y no aptas
1. Los aspirantes que quieran reclamar contra la lista provisional ante la Comisión Evaluadora deben presentar el escrito de reclamación en la ESADIB del 12 al 14 de julio de 2021.
2. La Comisión Evaluadora debe estudiar el contenido de la reclamación y, si procede, debe convocar la persona interesada a una sesión de revisión del examen para comentarle los criterios de corrección y de calificación que ha aplicado.
3. La revisión de las reclamaciones se debe hacer el día 15 de julio de 2021.
Vigésimo segundo Lista definitiva de personas aptas
1. El mismo día 15 de julio de 2021, la Comisión Evaluadora debe extender y aprobar el acta de la sesión con la resolución de las reclamaciones presentadas.
2. Día 15 a partir de las 15 h se debe publicar la lista con los resultados definitivos de la prueba específica de acceso en el tablón de anuncios y en la página web de la ESADIB.
3. Quienes no estén conformes con el resultado de la revisión pueden interponer un recurso de alzada ante el director general Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de la publicación de la lista definitiva.
Vigésimo tercero Contenido del certificado de aptitud
En el certificado de aptitud para acreditar que se ha superado la prueba específica de acceso, debe constar la información siguiente:
Vigésimo cuarto Solicitud del certificado de aptitud
Las personas que han superado la prueba específica de acceso pueden solicitar al ESADIB el certificado de aptitud que lo acredita a partir del 20 julio de 2021.
II. Instrucciones para formalizar la solicitud de admisión y la matrícula a los estudios superiores de Arte Dramático
Vigésimo quinto Solicitud para participar en el proceso de admisión y matrícula
La solicitud de admisión se debe formalizar por vía telemática a través de la página web de la ESADIB (http://www.esadib.com). El enlace para acceder también debe estar disponible en la página web de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores (http://dgfpieas.caib.es).
Vigésimo sexto Plazo para presentar la solicitud
Los aspirantes a los estudios superiores de Arte Dramático deben formalizar la solicitud de admisión a las enseñanzas conjuntamente con la solicitud de inscripción a la prueba específica de acceso del 19 de mayo al 22 de junio de 2021, ambos incluidos.
Vigésimo séptimo Procedimiento de adjudicación de las plazas
Las plazas se deben adjudicar de acuerdo con el procedimiento descrito en el punto vigésimo sexto del anexo 1 de la Resolución del director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores de 12 de abril de 2021 por la que se aprueban las instrucciones para regular las pruebas de acceso y el proceso de admisión y matrícula a las enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático, de Diseño y de Música.
Vigésimo octavo Lista provisional de adjudicación de plazas
El día 15 de julio de 2021, el ESADIB debe publicar la lista con la adjudicación provisional de plazas en el tablón de anuncios y en la página web de la ESADIB.
Vigésimo noveno Reclamaciones
Las reclamaciones contra la lista provisional de adjudicación de plazas se deben presentar ante la dirección de la ESADIB del 16 al 20 de julio de 2021.
Trigésimo Lista definitiva de adjudicación de plazas
1. El día 21 de julio de 2021, como máximo, el ESADIB debe publicar la lista definitiva de adjudicación de plazas en su tablón de anuncios y en su página web.
2. Contra la lista definitiva, se puede presentar un recurso de alzada ante el director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores en el plazo de un mes a contar desde el día de la publicación.
Trigésimo primero Matriculación
1. Los días 26 y 27 de julio, los aspirantes a primer curso que tengan una plaza adjudicada deben formalizar la matrícula por vía telemática.
2. Si el aspirante no formaliza la matrícula en el periodo establecido, pierde la plaza.
3. Un alumno no puede estar matriculado simultáneamente de dos especialidades diferentes.
4. Cuando el centro tenga los datos de matriculación, los debe comunicar a la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores.
5. Los profesores del ESADIB no pueden matricularse de ninguna enseñanza impartida en el mismo centro.
Trigésimo segundo Asignación de vacantes
1. En caso de que haya más aspirantes que hayan superado la prueba específica de acceso que plazas ofrecidas, y siempre que haya plazas vacantes, el día 28 de julio de 2021 el ESADIB debe publicar la lista de los aspirantes a los que se ha adjudicado una plaza vacante.
2. El día 29 de julio de 2021, los aspirantes a los que se haya adjudicado una plaza vacante deben formalizar la matrícula por vía telemática.
3. En caso de que queden vacantes, durante el mes de septiembre de 2021 el ESADIB, una vez otorgada la autorización previa por parte de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores, puede convocar una prueba específica de acceso y un proceso de admisión extraordinarios para aspirantes con los requisitos mencionados en el punto segundo de este anexo.
ANEXO 2 Calendario del proceso de admisión y matrícula a la Escuela Superior de Arte Dramático de las Illes Balears (ESADIB) para el curso 2021-2022
Convocatoria ordinaria |
|
Mayo |
|
Del 19 de mayo al 22 de junio |
Inscripción al proceso de admisión y a la prueba específica de acceso |
Junio |
|
25 |
Publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos para hacer la prueba de acceso |
Del 28 al 30 |
Reclamaciones contra la lista provisional de admitidos y excluidos para hacer la prueba de acceso |
Julio |
|
1 |
Publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos para hacer la prueba de acceso |
2 |
Prueba: ejercicio teórico |
Del 5 al 8 |
Prueba: ejercicios prácticos |
9 |
Publicación de la lista provisional de personas aptas y de personas no aptas |
Del 12 al 14 |
Reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y de personas no aptas |
15 |
Revisiones de las reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y de personas no aptas |
15 |
Publicación de la lista definitiva de personas aptas y de personas no aptas y publicación de la lista provisional de adjudicación de plazas |
A partir del 20 de julio |
Solicitud de los certificados que acreditan haber superado la prueba |
Del 16 al 20 |
Reclamaciones contra la lista provisional de adjudicación de plazas |
21 |
Publicación de la lista definitiva de adjudicación de plazas |
26 y 27 |
Formalización de la matrícula de primer curso por vía telemática |
28 |
Publicación de las plazas vacantes y contacto con la secretaría del centro para formalizar la matrícula por vía telemática |
29 |
Formalización de la matrícula por vía telemática de las plazas vacantes de primer curso |
Convocatoria extraordinaria de septiembre |
||
Julio |
||
Del 1 al 28 |
Inscripción al proceso de admisión y a la prueba específica de acceso |
|
30 |
Publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos para hacer la prueba de acceso |
|
Agosto |
||
Del 2 al 4 |
Reclamaciones contra la lista provisional de admitidos y excluidos para hacer la prueba de acceso |
|
5 |
Publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos para hacer la prueba de acceso |
|
31 |
Prueba: ejercicio teórico |
|
Septiembre |
||
Del 1 al 3 |
Prueba: ejercicios prácticos |
|
3 |
Publicación de la lista provisional de personas aptas y de personas no aptas |
|
Del 6 al 8 |
Reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y de personas no aptas |
|
9 |
Revisiones de las reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y de personas no aptas |
|
9 |
Publicación de la lista definitiva de personas aptas y de personas no aptas y publicación de la lista provisional de adjudicación de plazas |
|
A partir de día 14 |
Solicitud de los certificados que acreditan haber superado la prueba |
|
Del 10 al 14 |
Reclamaciones contra la lista provisional de adjudicación de plazas |
|
14 |
Publicación de la lista definitiva de adjudicación de plazas |
|
15 |
Formalización de la matrícula de primer curso por vía telemática |
|
16 |
Publicación de las plazas vacantes y contacto con la secretaría del centro para formalizar la matrícula por vía telemática |
|
17 |
Formalización de la matrícula por vía telemática de las plazas vacantes de primer curso |
ANEXO 3 Prueba específica de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático
La prueba de acceso al curso 2021-2022 será previsto que sean presenciales, en las instalaciones del centro. En caso de que la situación sanitaria por la COVID-19 no lo permita, las pruebas se harán en línea. Se informará a los aspirantes atreves de la pág. web del centro.
I. Estructura de la prueba específica
La prueba consta de los apartados siguientes: un ejercicio teórico, unos ejercicios técnicos y la preparación y presentación de una representación individual de teatro de texto.
Los ejercicios técnicos son de carácter práctico. Se valoran las aptitudes específicas en las áreas de movimiento, voz, dicción y música. Se debe proponer a los aspirantes que ejecuten ejercicios individuales para valorar sus capacidades en estas áreas.
Ejercicio teórico
Se concertará una cita en línea con cada aspirante. La prueba será individual en forma oral y tendrá una duración de media hora.
Los aspirantes deben haber leído previamente cuatro obras teatrales del repertorio clásico y contemporáneo, que se habrán determinado con antelación. El ejercicio consiste en un cuestionario con preguntas sobre las cuatro obras.
La comisión evaluadora debe valorar la madurez y los conocimientos del aspirante en cuanto a la comprensión de conceptos, la utilización del lenguaje y la capacidad para relacionar y sintetizar, mediante el análisis del texto, desde la perspectiva del género teatral en el cual se inserte, la descripción de las características más importantes que definen este género y la identificación de los aspectos históricos, sociales y artísticos relacionados con la obra.
Ejercicio de movimiento
Los aspirantes deben demostrar sus aptitudes corporales mediante la presentación de un ejercicio de creación corporal propuesto por la comisión evaluadora, con que se debe valorar la disponibilidad corporal, el sentido rítmico, la capacidad de coordinación y disociación y el control del cuerpo.
Ejercicio de voz, dicción y música
Para comprobar las aptitudes de voz y de dicción, los aspirantes deben leer dos textos en lengua catalana propuestos por la comisión evaluadora, uno en prosa y uno poético, con que se debe valorar la dicción, el ritmo y la entonación.
Para comprobar las aptitudes de voz y de música, los aspirantes deben interpretar una canción melódica de libre elección, que se puede acompañar con un instrumento o con una grabación, mediante la cual se deben valorar las aptitudes musicales y las condiciones de la voz. Si hay alguna irregularidad vocal, la comisión evaluadora puede exigir un certificado médico o una prueba de foniatría para verificar si el aspirante sufre alguna patología.
Ejercicio de interpretación
El aspirante debe preparar y presentar un ejercicio interpretativo de un texto en lengua catalana propuesto por la comisión evaluadora. El aspirante debe memorizar el texto para hacer este ejercicio. Puede utilizar vestuario y utillaje, que, en cualquier caso, deben ser muy simples. La comisión evaluadora debe valorar:
II. Calificación final de la prueba específica de acceso
Cada ejercicio se debe calificar con una valoración de entre 0 y 10 puntos, con dos decimales. Para superarlos se debe obtener una puntuación igual a 5 puntos o superior. La calificación final de la prueba de acceso resulta de la media aritmética de las calificaciones obtenidas en los cuatro ejercicios (a, b, c y d) expresada en términos numéricos del 0 al 10 con dos decimales. Para superar la prueba de acceso se requiere que la calificación de los cuatro ejercicios (a , b, c y d) sea igual a 5 puntos o superior.
Los textos propuestos para los ejercicios se deben publicar durante el periodo de inscripción en el tablón de anuncios y en la página web de la ESADIB (http://www.esadib.com).
ANEXO 4 SOLICITUD DE ADAPTACIÓN DE LA PRUEBA DE ACCESO A LAS ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES DE LA ESCUELA DE ARTE DRAMÁTICO DE LAS ILLES BALEARS
Destino |
Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores |
Código DIR3 |
A04026924 |
Solicitante
DNI/NIE |
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Nombre |
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Apellido 1 |
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Apellido 2 |
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Dirección electrónica |
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Teléfono |
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Estudios que solicita |
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Centro de procedencia |
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EXPONGO: |
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SOLICITO: |
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Documentación justificativa presentada
( ) Certificado de reconocimiento de discapacidad emitido por el equipo de valoración y orientación correspondiente del organismo competente o certificado médico oficial. |
( ) Certificado emitido por el organismo acreditado correspondiente que informe de las características de la discapacidad o trastorno que sufre el aspirante. |
( ) Dictamen de escolarización de la Consejería de Educación y Formación Profesional. |
( ) Informe emitido por el departamento de orientación del centro educativo con el detalle de las adaptaciones autorizadas durante los últimos estudios cursados en el sistema educativo. |
( ) Otros: (especifique la documentación)
|
Información sobre protección de datos personales |
En conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el cual se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), y con la legislación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de datos personales que contiene esta solicitud. Tratamiento de datos. Los datos personales que contiene esta solicitud serán tratados por la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores. Ejercicio de derechos y reclamaciones. La persona afectada por el tratamiento de datos personales puede ejercer sus derechos de información, de acceso, de rectificación, de supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados (e, incluso, de retirada del consentimiento, si procede, en los términos que establece el RGPD) ante el responsable del tratamiento, mediante el procedimiento «Solicitud de ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales», previsto en la Sede Electrónica de la CAIB (seuelectronica.caib.es). Una vez recibida la respuesta del responsable o en el supuesto de que no haya respuesta en el plazo de un mes, la persona afectada por el tratamiento de los datos personales puede presentar la «Reclamación de tutela de derechos» ante la Agencia Española de Protección de Datos. Delegación de Protección de Datos. La Delegación de Protección de Datos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene la sede en la Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad (p. de Sagrera, 2, 07012 Palma; a/e: protecciodades@dpd.caib.es). |
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