Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 109701
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 24 de marzo de 2021 por la que se modifica el anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 y prorrogado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de enero de 2021

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 (BOIB núm. 31, de 10 de marzo) se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, el cual ha sido prorrogado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de enero de 2021 (BOIB núm. 11, de 26 de enero).

2. El tiempo transcurrido desde la aprobación del Plan Estratégico hace necesario añadir una nueva línea para incluir una serie de ayudas que tiene que gestionar la Dirección General de Infancia, Juventud y Familias (Consejería de Asuntos Sociales y Deportes) dentro del objetivo IV, relativo a convivencia e instituciones sólidas, consistentes en ayudas a la contratación de personal monitor cualificado para atender a personas con un grado de discapacidad reconocido superior al 75% o con un grado III reconocido de gran dependencia que participen en actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que se desarrollen en las Illes Balears durante el verano del año de la convocatoria.

3. En el apartado 3 del Acuerdo del Consejo de Gobierno mencionado, la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones se delegan a la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Corresponde, por lo tanto, a la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores aprobar o modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

3. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, en que se nombra la señora Rosario Sánchez Grau consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores.

Por todo esto, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Aprobar la modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 y prorrogado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de enero de 2021, en el sentido de añadir una nueva línea al objetivo IV sobre convivencia y instituciones sólidas, y más concretamente al punto 3, relativo a programas de integración y inclusión social, con el siguiente contenido:

IV.3.16

- Dirección general o entidad: Dirección General de Infancia, Juventud y Familias

- Fuente de financiación: capítulo IV

- Descripción: ayudas a la contratación de personal monitor cualificado para atender a personas con un grado de discapacidad reconocido superior al 75% o con un grado III reconocido de gran dependencia que participen en actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que se desarrollen en las Illes Balears durante el verano del año de la convocatoria

- Objetivos y efectos: contribuir a que niños, niñas y jóvenes con diversidad funcional o cognitiva puedan disfrutar de un ocio de calidad en igualdad de oportunidades en todas las islas y facilitar a las personas organizadoras de estas actividades el cumplimiento del apartado 9 del artículo 48 del Decreto 23/2018, de 6 de julio, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud.

- Coste: 15.000,00€

- Convocatoria: anual

- Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado

2. Disponer que los efectos de esta Resolución se produzcan desde la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 24 de marzo de 2021

 

La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores

Rosario Sánchez Grau