Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 103597
Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa para puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situadas en terrenos de uso público, el cual una vez sometido el acuerdo al trámite de información pública y no habiéndose presentado alegaciones en el plazo establecido, por Providencia de Alcaldía se ha procedido a elevar automáticamente a definitivo el acuerdo hasta ahora provisional
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 5 de febrero de 2021 aprobó provisionalmente la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora ordenanza fiscal reguladora de la tasa por puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terrenos de uso público.
Sometido el acuerdo al trámite de información pública y no habiéndose presentado alegaciones dentro del plazo, por Providencia de Alcaldía se ha procedido a elevar automáticamente a definitivo el acuerdo hasta entonces provisional.
De conformidad con lo establecido en los apartados 3 y 4 del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales -TRLRHL-, se inserta a continuación el texto íntegro de la modificación, que entrará en vigor al día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de les Illes Balears:
La disposición transitoria y disposición final queda de la siguiente manera:
Disposición transitoria
Con carácter excepcional, desde día 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021, y de forma temporal, queda suspendida la aplicación de los epígrafes 1, 2 y 3 del anexo de esta ordenanza fiscal, lo reanudará su vigencia una vez finalice el plazo de suspensión, a todos los efectos y para todos los obligados tributarios de la misma.
Disposición final
La presente modificación entrará en vigor el mismo día de su publicación y comenzará a aplicarse a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares con efectos desde el día 1 de enero de 2021 y tendrá una vigencia temporal limitada hasta el 31 de diciembre de 2.021, fecha en la que quedará sin efecto.
Alcudia, 9 de abril de 2021
La alcaldesa Bárbara Rebassa Bisbal