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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA

Núm. 103597
Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa para puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situadas en terrenos de uso público, el cual una vez sometido el acuerdo al trámite de información pública y no habiéndose presentado alegaciones en el plazo establecido, por Providencia de Alcaldía se ha procedido a elevar automáticamente a definitivo el acuerdo hasta ahora provisional

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Texto

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 5 de febrero de 2021 aprobó provisionalmente la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora ordenanza fiscal reguladora de la tasa por puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terrenos de uso público.

Sometido el acuerdo al trámite de información pública y no habiéndose presentado alegaciones dentro del plazo, por Providencia de Alcaldía se ha procedido a elevar automáticamente a definitivo el acuerdo hasta entonces provisional.

De conformidad con lo establecido en los apartados 3 y 4 del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales -TRLRHL-, se inserta a continuación el texto íntegro de la modificación, que entrará en vigor al día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de les Illes Balears:

La disposición transitoria y disposición final queda de la siguiente manera:

Disposición transitoria

Con carácter excepcional, desde día 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021, y de forma temporal, queda suspendida la aplicación de los epígrafes 1, 2 y 3 del anexo de esta ordenanza fiscal, lo reanudará su vigencia una vez finalice el plazo de suspensión, a todos los efectos y para todos los obligados tributarios de la misma.

Disposición final

La presente modificación entrará en vigor el mismo día de su publicación y comenzará a aplicarse a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares con efectos desde el día 1 de enero de 2021 y tendrá una vigencia temporal limitada hasta el 31 de diciembre de 2.021, fecha en la que quedará sin efecto.

 

Alcudia, 9 de abril de 2021

La alcaldesa Bárbara Rebassa Bisbal