Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY
Núm. 101663
Aprobación Oferta de Empleo Público 2021
La Junta de Gobierno Local en sesión extraordinaria celebrada el 8 de abril de 2021, ha adoptado el siguiente acuerdo:
“PRIMERO. APROBAR la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2021 para la cobertura de diversas plazas de nueva incorporación y de promoción interna en el Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany según consta detallada en Anexo I, en base a los antecedentes y fundamentos de derechos expuestos en el informe técnico emitido.
SEGUNDO. PUBLICAR en el Boletín Oficial de les Illes Balears, en el tablón de anuncios de la Corporación, Portal de Transparencia, así como en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://santantoni.sedelectronica.es"
Anexo I |
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PERSONAL FUNCIONARIO |
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Denominación |
Subgrupo |
Vacantes |
Observaciones |
Escala Administración General: |
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Subescala Administrativa |
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Administrativo/a |
C1 |
1 |
Promoción Interna |
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Escala Administración Especial: |
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Subescala Técnica - Clase Técnica Media |
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Ingeniero/a Técnico |
A2 |
1 |
Turno Libre |
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Subescala Servicios Especiales - Clase Policía Local: |
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Escala Ejecutiva |
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Subinspector/a Policía Local |
A2 |
1 |
Promoción Interna |
Escala Básica |
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Oficial Policía |
C1 |
1 |
Promoción Interna |
Policía |
C1 |
8 |
2 Movilidad |
(3 plazas según D.A 149 LPGE 2021) |
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6 Turno Libre |
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PERSONAL LABORAL |
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Denominación |
Grupo/Subgrupo |
Vacantes |
Observaciones |
Trabajador/a Social |
A2 |
2 |
Turno Libre |
Coordinador Actividades Deportivas |
B/C1 |
1 |
Turno Libre |
Ayudante Brigada Obras |
AP |
2 |
Turno Libre |
Subalterno Colegios y Edificios Municipales |
AP |
1 |
Turno Libre |
Se expone al público en cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo deberá presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contencioso administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 123 antes mencionado y lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de esta notificación, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.
Sant Antoni de Portmany, 9 de abril de 2021
El alcalde
Marcos Serra Colomar