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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 100810
Nombramiento de Trabajadora social del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), como funcionaria interina

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Texto

La Alcaldía del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), mediante el Decreto núm: 2021-0500 de 8 de abril ha resuelto lo siguiente:

“Resolución de la Batlia del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears)

Expediente 2714/2019

El Decreto de la Batlia n.º 2019-1648, de 15 de noviembre, procede a la aprobación de la convocatoria, así como los bases (anexo I) por el sistema de concurso, de una bolsa de trabajo de TRABAJADORA Y TRABAJADOR SOCIAL, del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), para la cobertura, como personal funcionario con carácter de interinidad, de los necesidades que puedan subvenir por los necesidades del servicio, como  necesidades urgentes derivadas del aumento de la demanda, bajas laborales, vacantes, jubilaciones, licencias, excedencias, etc,, y publicado al Boletín Oficial de los Illes Balears (BOIB) n.º 158, de fecha 21 de noviembre de 2019.

Atendido el informe, en conformidad, de fiscalización y existencia de crédito emitido por la interventora en fecha de 7 de abril de 2021.

Así mismo, atendida la resolución de la Batlia n.º 2020-1122, de fecha 19 de octubre, de constitución de la bolsa de TRABAJADORA Y TRABAJADOR SOCIAL del Ajuntament de Son Servera, publicada al Boletín Oficial de los Illes Balears (BOIB) n.º 182, de fecha 24 de octubre de 2020.

Después de contactar, telefónicamente y por correo electrónico, por orden de prelación, con las personas que constituyen la bolsa de trabajo de trabajadora y trabajador social, de acuerdo con el decreto de la Batlia n.º 2019-1648, de 15 de noviembre, y dado que los ocho primeras han renunciado, por varios motivos que han reseñado mediante escritos presentados en este Ayuntamiento, a ser nombradas interinamente para la cobertura de la excedencia reseñada.

De acuerdo con la legislación vigente en materia de personal, y en uso de los atribuciones conferidas en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y el artículo 41.14 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de Organización y funcionamiento de régimen jurídico de los Entidades Locales

RESUELVO:

Primero.- Nombrar a Lorena Martínez Sánchez, con DNI n.º 41538008P, como TRABAJADORA SOCIAL del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), funcionaria con carácter interino hasta que dure la excedencia de la persona titular de la plaza, prevista inicialmente hasta el 30 de junio de 2021, de acuerdo también con las bases de la convocatoria (resolución de la Batlia n.º 2019-1648 de 15 de noviembre).

Segundo.- Que los efectos de la presente cuenten a partir de la fecha de 12 de abril de 2021.

Tercero.- Dar cuenta de la presente a la persona interesada, así como al departamento de Personal e Intervención, para su conocimiento y efectos.

Cuarto.- Publicar la presente, mediante edicto, en el Boletín Oficial de los Illes Balears (BOIB) y, al tablero municipal de anuncios y en la sede electrónica municipal, con el objeto de dar conocimiento público.

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde/ese de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar des del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, en conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de los Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso – administrativo, ante el Juzgado o la Sala que resulte competente, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, en conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso – Administrativa. Si se optara para interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso – administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo esto, sin perjuicio que es pueda interponer cualquier otro recurso estime más conveniente en su derecho.”

 

Son Servera, 9 de abril de 2021

La alcaldesa

Natalia Troya Isern