Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE FELANITX
Núm. 89902
Convocatoria de subvenciones para la concesión de cales de compra para la promoición y reactivación del comercio local del municipio de Felanitx
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/555588)
La Junta de Gobierno Local ha aprobado en fecha 30 de marzo de 2021 las bases de la convocatoria de esta subvención, que se publica para que los interesados puedan presentar solicitudes de acuerdo con las siguientes bases:
1. Objeto
El objeto de estas bases es regular el procedimiento y condiciones para el otorgamiento de subvenciones en régimen de concesión directa por razón de interés público, social y económico a los ciudadanos de Felanitx mayores de 18 años.
El objetivo consiste en fomentar el impulso de pequeñas y medianas empresas para que aumenten sus ventas y, al mismo tiempo, fomentar el desarrollo económico local del municipio de Felanitx, de acuerdo con las competencias atribuidas en el artículo 29.1 t) de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, con el fin de aumentar la productividad y competitividad de los comercios.
2. Personas beneficiarias
Se pueden beneficiar de estas ayudas los comercios y pequeñas empresas del municipio de Felanitx con establecimientos abiertos al público, y las personas físicas mayores de 18 años que realicen compras en estos establecimientos.
1. Las personas físicas mayores de 18 años son receptoras de dos vales de compra. Uno por un importe de 10 € para canjear en un establecimiento comercial y un vale de 5 € para canjear en un establecimiento de restauración adherido a la campaña.
2. Los comercios y las pequeñas empresas con local abierto al público en el municipio de Felanitx, encuadrados en los epígrafes que figuran en el anexo IV de las bases de esta convocatoria y que cumplan los requisitos establecidos en el apartado 3.2 de las bases de esta convocatoria.
3. Requisitos
3.1 Requisitos de las personas físicas:
1. Estar empadronado en el municipio de Felanitx.
2. Ser mayor de 18 años.
Estos dos requisitos deben cumplirse día 18 de marzo de 2021.
3.2 Requisitos de los establecimientos comerciales adheridos:
1. Debe tener el domicilio social y fiscal en el municipio de Felanitx.
2. Debe tener la consideración de autónomo o, en caso de empresas, estar dado de alta en el censo empresarial como microempresa y / o pequeña y mediana empresa (definida en esta convocatoria como aquella con una plantilla de 10 trabajadores o trabajadoras como máximo y con una facturación anual inferior a 1.000.000,00 €).
3. Su actividad debe estar incluida en alguno de los epígrafes del impuesto de actividades económicas (IAE) que se enumeran en el anexo IV.
4. La persona que representa legalmente la entidad debe presentar una declaración de no estar inhabilitada para contratar con las administraciones públicas o para obtener subvención, y de estar facultada para actuar en nombre de la entidad.
5. Debe presentar una declaración responsable de estar al corriente del pago de las obligaciones con la seguridad social, tributarias locales, autonómicas y estatales.
6. Debe haber justificado cualquier subvención que el Ayuntamiento de Felanitx le haya concedido con anterioridad, siempre que haya finalizado el correspondiente plazo de justificación.
4. Funcionamiento de los vales de compra y obtención por parte de los beneficiarios
Todas las personas empadronadas en el municipio de Felanitx mayores de 18 años pueden adquirir, mediante una plataforma y / o acudiendo al área de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Felanitx (de 9h a 14 h con cita previa), un vale de 10 euros por establecimientos comerciales y un vale de 5 euros por restauración.
Para registrarse, el usuario debe introducir su DNI y correo electrónico en la plataforma y aceptar los términos del servicio. Al hacerlo, está declarando, responsablemente, que es un vecino / vecina de Felanitx a día 18 de marzo de 2021 y, asimismo, que es mayor de 18 años. También declara que está al corriente de pagos de las obligaciones tributarias locales, autonómicas y estatales.
Para utilizar los vales de compra, se debe hacer una compra mínima de 20 € con el vale de establecimientos comerciales y de 10 € con el vale de restauración.
En el momento del canje del vale de compra, el comprador debe mostrar su DNI al comerciante para que éste pueda asegurar que coincide con el DNI del vale de compra. El comerciante debe invalidar el vale a través de la plataforma. Los vales deben incluir de manera informativa la fecha límite para su consumo. A tal efecto se prevé que la primera convocatoria se inicia el 1 de mayo de 2021. En caso de que el día 15 de junio de 2021 de no se haya agotado todo el presupuesto, se habilitará para las próximas convocatorias.
El comercio, cuando un comprador haga uso del vale de compra, debe validar el vale mediante la plataforma con el código QR junto con una foto del ticket de compra. El comercio debe desactivar el vale en el mismo momento de la compra.
5. Establecimientos comerciales adheridos
5. 1 Pueden tener la consideración de establecimientos comerciales adheridos los establecimientos de atención al público ubicados en el municipio de Felanitx (se tiene en cuenta el domicilio de la licencia de actividades) y que se encuentren encuadrados en alguno de los epígrafes del IAE especificados en el anexo IV de estas bases.
Se excluyen del ámbito de esta convocatoria las filiales de grandes firmas o empresas de gran implantación nacional o internacional con domicilio fiscal fuera de Felanitx, así como las grandes superficies (400 m2.).
5.2 Son obligaciones de las entidades adheridas, las siguientes:
a) Verificar el cumplimiento de los requisitos de cada venta.
b) Comprometerse a la recepción y colocación de los materiales publicitarios o de información dados por el Ayuntamiento de Felanitx y relativos a la convocatoria en un lugar visible del establecimiento.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación efectuadas por el Ayuntamiento de Felanitx, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando la información requerida en el ejercicio de las actuaciones.
d) Seguir el procedimiento establecido por el Ayuntamiento de Felanitx para el reembolso del importe bonificado.
6. Forma y plazo de adhesión a la campaña por parte de los establecimientos comerciales
El plazo para adherirse a la campaña es a partir del día siguiente a la fecha de publicación de estas bases y convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Dada la especificidad de la subvención, se opta por aprobar conjuntamente las bases y la convocatoria.
Los modelos normalizados, así como las bases y demás documentación asociada al expediente, está disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Felanitx.
La simple presentación de la adhesión supone la aceptación de las bases que rigen la convocatoria y el compromiso de la persona solicitante de cumplir con las obligaciones y deberes que se derivan.
Se debe presentar una solicitud de adhesión por empresa y actividad económica afectada, independientemente de que se disponga de uno o más establecimientos o locales para el ejercicio de las actividades.
7. Documentación a aportar por las entidades que se quieran adherir
a) En caso de autónomos:
◦ Fotocopia del DNI / NIE
◦ Certificado de alta de autónomo
◦ Certificado del IAE de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
◦ Declaración responsable (anexo I)
◦ Certificado bancario de titularidad de la cuenta donde se quiere que se ingrese la subvención (anexo II)
◦ Autorización de consulta de datos (anexo III)
b) En caso de empresas:
• Fotocopia del CIF de la empresa
• Fotocopia del DNI / NIE de la persona firmante de la solicitud
• Certificado del IAE de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
• Declaración responsable (anexo II)
• Certificado bancario de titularidad de la cuenta donde se quiere que se ingrese la subvención (anexo III)
• Autorización de consulta de datos (anexo IV)
• Fotocopia de la escritura de constitución
• Fotocopia del documento que acredita la representación de la persona que actúa en nombre de la empresa solicitante.
Esta documentación se presentará telemáticamente al darse de alta en la plataforma, excepto la fotocopia de la escritura de constitución y del documento que acredita la representación de la persona que actúa en nombre de la empresa solicitante ( en caso de ser una empresa), que se ha de llevar al Ayuntamiento de Felanitx - Área de Desarrollo Local.
Felanitx, 31 de marzo de 2021
El alcalde
Jaume Monserrat Vaquer