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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE INNOVACIÓN EMPRESARIAL DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 94857
Extracto de la Resolución de 18 de marzo de 2021 del presidente del Institut d’Innovació Empresarial de les Illes Balears (IDI) por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas de cheques de consultoría para impulsar la industria de las Illes Balears en materia de digitalización, internacionalización y sostenibilidad

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 554774

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero

Beneficiarios

3.1. Pueden ser beneficiarias de esta convocatoria las personas físicas o jurídicas que tengan la condición de ser microempresas, pequeñas y medianas empresas de carácter industrial con los epígrafes del impuesto sobre actividades económicas (IAE) incluidos en las divisiones 2, 3, 4 y 691.2 de la sección primera correspondiente a actividades empresariales, y que estén inscritas en la división A correspondiente a establecimientos y actividades industriales del Registro Integrado Industrial, o en el Registro Minero de las Illes Balears de la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática. También pueden ser beneficiarias las empresas incluidas en el grupo 504 del IAE de la sección primera correspondiente a actividades empresariales, y que estén inscritas en la división B correspondiente a las empresas de servicios relativas a la actividad industrial del Registro Integrado Industrial. También pueden ser beneficiarias las inscritas en el grupo 162 del IAE.

3.2. Para los programas I y II, además del punto anterior 3.1 de la convocatoria, podrán ser beneficiarias de esta convocatoria las personas físicas o jurídicas que tengan la condición de ser micro, pequeñas y medianas empresas de carácter auxiliar a la industria con los epígrafes del impuesto sobre actividades económicas (IAE) incluidos en la sección primera correspondiente a actividades empresariales, y que estén inscritas en las divisiones 6, 8 y 9. Concretamente:

  • División 6: grupo 613. Comercio al por mayor de textiles, confección, calzado y artículos de cuero; grupo 614.2. Comercio al por mayor de productos de perfumería, droguería, higiene y belleza; 614.3. Comercio al por mayor de productos para el mantenimiento y funcionamiento del hogar; grupo 616. Comercio al por mayor interindustrial de la minería y química; grupo 617. Otro comercio al por mayor interindustrial.
  • División 8, agrupación 84: servicios prestados a empresas.
  • División 9, agrupación 92: servicios de saneamiento, limpieza y similares, y grupo 936. Búsqueda científica y técnica; grupo 971. Lavanderías, tintorerías y servicios similares.

3.4 También pueden ser beneficiarios de estas ayudas los clústeres industriales y los centros tecnológicos empresariales que estén establecidos físicamente en las Illes Balears, y que tengan el domicilio fiscal en el momento de presentar la solicitud de ayuda, y desarrollen sus acciones en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears, las actividades de los cuales coincidan con el objeto de esta convocatoria.

Segundo

Finalidad

 

1.1. La finalidad de esta convocatoria de ayudas es:

 

a) Programa I: ​​​​​​​impulsar la transformación digital de las empresas industriales de las Illes Balears a través del diseño y la elaboración de planes de transformación digital.

b) Programa II: impulsar la internacionalización de las empresas industriales de las Illes Balears a través del diseño y la elaboración de planes de internacionalización.

​​​​​​​​​​​​​​c) Programa III: impulsar la sostenibilidad de las empresas industriales de las Illes Balears mediante el cálculo de la huella de carbono y la identificación de las acciones de reducción de emisiones derivadas del plan.

 

Tercero

Bases reguladoras

1. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de promoción industrial (BOIB núm. 52, de 17 de abril de 2008).

Cuarto

Crédito

El importe destinado en esta convocatoria es de 266.450€, con cargo a los presupuestos del IDI.

​​​​​​​1.1. El importe destinado en cada programa es:

a) Programa I: 180.000 €

b) Programa II: 36.450 €

c) Programa III: 50.000 €

 

Quinto

Plazo presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes es de 30 dias naturales desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 25 de marzo de 2021

El presidente del Institut d'Innovació Empresarial de les Illes Balears (IDI) Juan Pedro Yllanes Suárez