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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 92537
Notificación de Resolución de cambio de titularidad a los beneficiarios de las ayudas, RCT1 de fecha 17 de marzo de 2021, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias, para los años 2015-2019

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Texto

El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan, subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias, correspondientes a los años 2015-2019,  especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre, y del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 17 de marzo de 2021, firmó la siguiente resolución,

"INFORME PROPUESTA DE RESOLUCIÓN / RESOLUCIÓN DE CAMBIO DE TITULARIDAD

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Medida 4.1- Inversiones a las explotaciones agrarias

CONVOCATORIAS: INEA2015_1, 2016_1, 2016_2, 2017_1 2018_1

Código DIR3: A04026954

Código SIA: 208246

Hechos

1.Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias. La Resolución mencionada se modificó en fecha 17 de diciembre de 2015 (BOIB núm.185), en fecha 22 de junio de 2016, (BOIB núm.81) y en fecha 26 de junio de 2018 (BOIB núm.80).

2. Se notificaron concesiones de ayudas al titular Corporación Rosselló Castillo SA, con NIF A07406325, mediante publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de los siguientes expedientes: INEA2015_1/226 el 09/08/2016 (BOIB núm. 101) por un importe de 39.374,11€, INEA2016_1/173 el 09/06/2018 (BOIB núm.71) por un importe de 73.356,50€, INEA2016_2/194 el 01/08/2019 (BOIB núm.105) por un importe de 146.413,77€, INEA2017_1/322 el 18/01/2020 (BOIB núm.8) por un importe de 219.804,06€ y el expediente INEA2018_1/265 comunicada denegación por concurrencia el 17/09/2020 (BOIB núm.161), por un importe de 26.963,66€, pendiente actualmente de si se libera suficiente crédito para su concesión.

 3. Con fecha 24 de mayo de 2017 se dictó Resolución de pago, en la que se incluye el expediente INEA2015_1/226, por un importe de 37.232,13€ y una revocación parcial de fecha 3 de mayo de 2017, por un importe de 2.141,98€. Con fecha 30 de enero de 2019 se dictó Resolución de pago, en la que se incluye el expediente INEA2016_1/173, por un importe de 73.356,50€. Con fecha 18 de julio de 2020 se dictó Resolución de pago, en la que se incluye el expediente INEA2016_2/194, por un importe de 131.730,72€ y una revocación parcial de fecha 30 de junio de 2020, por un importe de 14.683,05€. Con fecha 9 de septiembre de 2020 se dictó Resolución de pago, en la que se incluye el pago parcial del expediente INEA2017_1/322, por un importe de 169.310,57€, quedando pendiente un importe de 50.493,49€, solicitado el pago en fecha 12 de enero de 2021.

4. Con fecha 15 de febrero de 2021, Cristóbal Roselló Perelló, con DNI***9152**, en representación de Corporación Rosselló Castell SA, con NIFA07406325, así como de Son Mesquidassa SA, con NIFA07319932, presentó en registro electrónico número L95E2290/2021 una solicitud de subrogación, por parte de Son Mesquidassa SA, de las ayudas, entre las que están los expedientes de INEA antes mencionados y manifestando que cumple todos los requisitos y asume todos los compromisos contraídos por corporación Rosselló Castell SA en relación a las ayudas concedidas.

5. El gestor del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural, de acuerdo con la normativa reguladora y la documentación aportada por el solicitante ha comprobado que este cumple todos los requisitos exigidos en el apartado tercero de la Resolución de la convocatoria para poder ser beneficiario de las ayudas y que se puede aceptar la subrogación en todos los derechos y obligaciones con respecto a los expedientes de INEA mencionados.

6.Conforme con lo dispuesto en el artículo 47.2 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, cuando durante el periodo de ejecución de un compromiso contraído como condición para la concesión de una ayuda, se transfiera total o parcialmente la explotación afectada a otra persona, el compromiso, o la parte del mismo que corresponda a la tierra transferida podrá ser asumido por esta persona durante la parte restante de este período o caducar, sin que se exija ningún reembolso por el período durante el cual el compromiso fuera efectivo.

7. Por todo ello, se propone la aceptación del cambio de titularidad, con el compromiso de mantener las obligaciones y compromisos restantes respecto de los expedientes de ayuda Inversiones en las explotaciones agrarias, INEA2015_1/226, INEA2016_1/173, INEA2016_2/194, INEA2017_1/322 y INEA2018_1/265.

Fundamentos de derecho

1.Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias.

2. Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020 .

3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Propuesta de Resolución de cambio de titular

Por todo ello, se informa favorablemente del cambio de titular de los expedientes, y se propone al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:

1.Aceptar el cambio del titular, con el compromiso de mantener las obligaciones y compromisos restantes, de los expedientes de ayuda Inversiones en las explotaciones agrarias INEA2015_1/226, INEA2016_1/173, INEA2016_2/194, INEA2017_1/322 y INEA2018_1/265, pasando a ser el nuevo titular SON MESQUIDASSA SA, con NIFA07319932.

2. Notificar esta resolución mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consellera de Agricultura, Pesca y alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Palma, 17 de marzo de 2021

El Jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural

Isidro Cañellas Simonet

Conforme con la propuesta, dicto resolución

Palma, 17 de marzo de 2021

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA

Fernando Fenández Such”

Palma, 26 de marzo de 2021 ​​​​​​​El director gerente del FOGAIBA Mateu Morro Marcé