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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

FUNDACIÓN MALLORCA TURISMO

Núm. 89957
Resolución del director de la Fundació Mallorca Turisme con relación al concurso de ideas para la selección de guiones y posterior producción de cortometrajes para potenciar la imagen de Mallorca

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Texto

Antecedentes

1. El día 27 de febrero de 2021, BOIB núm. 28, se publica el concurso de ideas (pitching) para la selección y posterior producción de cortometrajes para potenciar la imagen de Mallorca.

2. El punto 5 de la convocatoria del concurso publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears establece que “el plazo de presentación de solicitudes es de 10 días hábiles, a partir del día 9 de marzo incluido hasta el día 22 de marzo incluido, a las 23.59 h”.

3. En la rueda de prensa e información vinculada al concurso difundida por la Fundació Mallorca Turisme para publicitar, informar y atraer a cualquier interesado en el concurso de ideas se informó erróneamente que el plazo de presentación de solicitudes finalizaba el día 23 de marzo y, además, la plataforma de presentación de solicitudes se mantuvo abierta hasta ese día incluido.

4. Esa información ha causado una confusión en los interesados en el concurso que se acogieron al día 23 de marzo como último día de presentación de solicitudes por ello se entiende que no se les puede causar un perjuicio derivado de la propia información difundida por la Fundación.

Por todo ello,

Resuelvo

Primero. Aceptar las solicitudes presentadas el día 23 de marzo en la plataforma habilitada para el concurso de ideas.

Segundo. Modificar el punto 5 de la convocatoria del concurso de ideas, con la siguiente redacción:

Punto 5. Plazo y lugar de presentación de las solicitudes

Donde dice:

El plazo de presentación de las solicitudes es de 10 días hábiles, a partir del día 9 de marzo incluido hasta el día 22 de marzo incluido, a las 23.59 h.

Debe decir:

El plazo de presentación de las solicitudes es de 11 días hábiles, a partir del día 9 de marzo incluido hasta el día 23 de marzo incluido, a las 23.59 h.

Tercero. Publicar esta Resolución en el Boletín oficial de las Islas Baleares.

Cuarto. Acordar que esta modificación es aplicable con carácter retroactivo desde la publicación del concurso de ideas en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada ante<A[ante|delante de]> el presidente de la Fundació Mallorca Turisme en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer un recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda o la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda o la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente de la desestimación presunta.

No obstante, se puede interponer<A[pega|ocurre]>, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  

Palma, 31 de marzo de 2021

El director de la Fundación Mallorca Turisme

Miguel Pastor Jordá