Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE ESPORLES
Núm. 89760
Extracto de la convocatoria de subvenciones, del Ayuntamiento de Esporles, en materia de deportes
El decreto de alcaldía de fecha 16 de marzo del aprobó la convocatoria de subvenciones en materia de deportes para el año 2021, por el procedimiento de concurrencia competitiva.
De conformidad con el previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual puede consultarse a la página web del Ayuntamiento de Esporles (www.esporles.cat)
1. Finalidad y objeto de la convocatoria
El Ayuntamiento de Esporles, mediante la Concejalía de participación ciudadana, pretende apoyar a los clubes deportivos de Esporles con el fin de fomentar la práctica del deporte, impulsar hábitos de vida saludable y acercar el deporte en la población de Esporles, especialmente a los y las menores en edad escolar.
A tal efecto, se establecen dos líneas de subvenciones con un objetivo diferenciado:
Línea 1: El objeto de esta línea de subvenciones es el desarrollo de la actividad deportiva por parte de los clubes deportivos de Esporles.
Línea 2: El objeto de esta línea de subvenciones es el desarrollo de la actividad deportiva por parte de deportistas de Esporles federados a deportes individuales.
2. Crédito presupuestario
El crédito presupuestario disponible a la subvención será de 17.000€, con cargo a la partida 340.48000 del presupuesto del Ayuntamiento de Esporles para el 2020.
3. Plazo y lugar de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes es de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el BOIB. Si el último día es sábado o inhábil, se entiende como prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.
Las instancias se tienen que dirigir al Registro del Ayuntamiento de Esporles y junto con la solicitud se tiene que presentar la documentación detallada en las bases de la convocatoria.
4. Beneficiarios y requisitos
Pueden ser beneficiarios de las subvenciones que prevé esta convocatoria en la linea 1 las entidades deportivas debidamente inscritas al Registro de entidades del Ayuntamiento de Esporles y al Registro de Entidades deportivas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Las entidades de cultura, ocio y/o de tiempo libre no se podrán adherir a estas subvenciones puesto que tienen su propia línea de subvenciones.
En cuanto a la línea 2, pueden ser beneficiarios de subvención los deportistas federados a deportes individuales que acrediten estar empadronados y con residencia legal en Esporles en el momento de aprobación de estas bases.
Tienen que disponer de licencia federativa vigente, por la Federación Balear o nacional (si no hay federación deportiva de las Islas Baleares) de la modalidad deportiva correspondiente y no estar vinculado a ninguna entidad deportiva de Esporles que ya solicita subvención.
5. Documentación para entregar
Las solicitudes se tienen que formalizar mediante los modelos anexos a esta convocatoria y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquier de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se tiene que entregar la documentación siguiente:
1. Modelo de solicitud (anexo 1).
2. Proyecto de actividades o actuaciones para las cuales se solicita ayuda económica (anexo 2).
3. Declaraciones juradas (anexo 3).
Además, y para la linea 2, copia de la licencia federativa del deportista.
Esporles, 30 de marzo de 2021
La alcaldesa
Maria Ramon Salas